viernes, 27 de abril de 2018

Publicaciones Aparecidas entre 1880 y 1884 Octava Entrega

Publicaciones Aparecidas entre 1880-1884 Octava Entrega 

12 de Septiembre 1880: El Extremeño: periódico de intereses materiales y noticias: Año II Número 47
ELECCIONES
Aunque hasta hoy carecemos de datos completos, acerca de las recientemente terminadas, cediendo con gusto a las instigaciones que un querido amigo nos dirige en carta particular desde la Villa del Campo, algo hemos de consignar acerca del escandaloso procedimiento seguido por los secuaces del Sr. Valle para elegirle diputado provincial por el distrito de Torrejoncillo, como lo han hecho.
De las diez mesas que en él hay, había ganado seis ó siete su contrincante el Sr. D. Francisco Serrano Baños, a pesar de lo que hubo de retirarse al primer día de elección teniendo conocimiento de que públicamente se pagaban por parte del Sr. Valle los votos desde el precio de 5 a 25 duros, cantidades con que el Sr. Serrano Baños no pensaba luchar y las cuales, como dejamos dicho le hubieron de decidir a ceder el campo al opulento ya que no popular adversario, después de haberle sacado solo 80 votos de mayoría el primer en que se retiró.

17 de Diciembre 1880: La Unión, Diario Democrático de la mañana
Necrología
La muerte es inexorable.
El (-) del pasado Mes de Diciembre arrebató al cariño de sus verdaderos amigos al siempre honrado, leal y desinteresado: demócrata D. Juan Núñez Amor, uno de los pocos acrisolados por la desgracia, y mejor que otros muchos para quienes por su posición ventajosa tiene la fama siempre dispuesta gran copia de voces lisonjeras.
La muerte ha llevado aun fiel amigo a un demócrata probado que sin alarde ni ostentación, militaba en el partido que regenerara la sociedad humana, víctima del orgullo y de la ambición que devora a muchos.
Acibarada su vida por las perdidas que le produjo un terrible incendio del que nunca pudo reponerse a pesar de su laboriosidad y de la más estrecha economía que tenia todas las condiciones de la miseria, en medio de la cual aparecía noble, tranquilo y sonriente como si estuviera rebosando de satisfacción y de abundancia; teniendo que vivir en una habitación insalubre en donde no penetraba un benéfico rayo de sol, poco a poco fue debilitándose, su corazón generoso, siempre indulgente para las faltas y debilidades de sus amigos políticos.
Cuando le vi la última vez que fue en Plasencia donde me llevaba principalmente el deseo de conversar con el, estaba en cama aquejado por una tenaz hinchazón que no desapareció por el uso de medicamentos apropiados administrados al interior y exteriormente:
Al instante sospeché una enfermedad del corazón fuente de no pocas enfermedades.
Al verme se quiso levantar y  la alegría se apareció por todo su ser.
Hablamos de algunos trabajos que le encargaba para proporcionarle medios de vivir, y de  marcha política, de los sucesos, ocupándose de ellos con la misma calma y serenidad que tiene el hombre lleno de salud y de comodidades.
¡Ah! El infeliz no presumía que tan pronto estaba el termino de su vida y que dejaría sin resolver un acto de gran trascendencia para la niña de deja en la mas desoladora orfandad, sobre la que y su demás familia llamo vivamente la atención de todos los correligionarios a fin de que contribuyan según la medida de sus fuerzas a hacerles menos penosa la desgracia irreparable que ha experimentado.
Todos tenemos deberes y obligaciones sagradas que cumplir si queremos que nos distingan y apliquen el epíteto de honrados, pero sabido es que más hace el que quiere que el que puede y algo podemos y debemos hacer en obsequio de los señores que formaron parte del corazón de Núñez Amor al cual ha sido preciso costearle el funeral, tan pobre era, entre los amigos que tenia en Plasencia.
Una dolorosa experiencia me ha hecho entender que hay pocos, muy pocos que merezcan dignamente el titulo de consecuentes como lo fue Núñez Amor, y debemos según nuestras facultades premiar en su familia la admirable constancia que desplegó en su conducta política para que sirva de ejemplo a los débiles y tornadizos que cambian y se pliegan a todo lo que favorece sus interesadas miras o a su disfrazado orgullo, con ridículas excusas y miserables pretextos.

                                       José Maria Gil de Roda.

16 de Enero 1883: (1) D. Francisco Manuel Fernández, Juez de primera instancia interino de Coria y su partido.
Por la presente ruego y encargo a todas las autoridades y dependientes de la policía judicial, procedan á la busca y ocupación de las alhajas que se expresarán y detención de las personas en cuyo poder se hallaren si no justifican su legítima adquisición, y las cuales fueron robadas la noche del 18 al 19 de Diciembre ultimo, de la casa habitación de María Fernández, vecina de Villa del Campo.
Dado en Coria á 8 de Enero de 1883 Francisco Manuel Fernández. Escribano, Pantaleón Zanca.
Señas de las alhajas robadas
Un hilo de oro de veinte sartas.
Dos pares de pendientes pequeños, faltando á uno de ellos un dije.
Dos ídem argollas bastante grandes, que le faltan dos picos.
Unos pendientes llamados de calabaza.
Tres cruces una de ellas quebrada Unas; argollas pequeñas de tres órdenes  quebradas.
Otro hilo pequeño.
Otros dos pares de argollas.
Un hilo de treinta sartas.
Otro hilo mas pequeño y unas argollas pequeñas; todo de oró, y todas las alhajas excepto una de las cruces que es lisa, son de trabajo filigrana.

23 de Enero 1883: (1) Administración de Propiedades e Impuestos de la Provincia de Cáceres.
Relación nominal de vencimientos de pagares por vienes desamortizados según resulta de los libros de cuentas corrientes que obran en esta oficina correspondientes al mes de Febrero de 1883.
Villa del Campo
Compradores        Vecindad     Plazos    Vencimientos             Importe
Juan Clemente      El Campo                   15 02/1877-83            11,25pts.

26 de Enero 1883: (1) Banco de España. Delegación de Cáceres.
Anuncio
La cobranza de la contribución Territorial, Industrial é Impuesto equivalente á los de sal, pertenecientes al tercer trimestre de 1882-83 y la de cédulas personales como también los atrasos de las mismas y Empréstito de 175 millones de pesetas se hallará abierta en los pueblos que se marcan á continuación y en los días que se expresan bajo iguales prevenciones que en trimestres anteriores.
Partido de Coria
Villa del Campo del 12 al 14 de Febrero.

27 de Enero 1883: (1) Diputación Provincial de Cáceres
Extracto de la sesión extraordinaria celebrada por la comisión provincial el 20 de Enero de 1882.
Entre otras cosas se acordó aprobar, la orden dictada por el Señor Vicepresidente respecto a la Comisión de apremio que desempeña cerca del Ayuntamiento de Campo (villa) don Timoteo Sogor, mandándole proceder contra aquel municipio con arreglo á la instrucción al embargo y venta de los bienes de los individuos del Ayuntamiento.

31 de Enero 1883: (1) Diputación de la Provincia de Cáceres
Repartimiento de los 966 soldados que han correspondido á esta provincia en el reemplazo del ejército decretado en 23 del mes actual entre los pueblos de la misma, formado por la Comisión provincial, con arreglo á lo preceptuado en Real orden circular de la misma fecha y artículos 32, 33, 34, 35 y 40 de la ley de reemplazos vigente, que se publica en el Boletín oficial cumpliendo con lo prevenido en los artículos 41 y 42 de dicha ley Ayuntamientos. Villa del Campo
Número de mozos sorteados….11
Enteros…………………………4
Décimas………………………..8
Fracción……………………..468
Décimas agregadas…………….0
                                  Total cupo.5

14 de Febrero 1883: (1) Villa del Campo. Pedido de relaciones.
Con el fin de que la Junta pericial de esta villa proceda en su día á la confección del amillaramiento que ha de servir de base para girar el repartimiento de la contribución territorial correspondiente al año próximo de 1883 á 84, se hace preciso que todos los contribuyentes de este término municipal tanto vecinos como forasteros, presenten en el preciso término de treinta días sus declaraciones, de riqueza, trascurrido el cual, los que no lo hubieren verificado, se les declarará de oficio.
Lo que se hace público por media del presente, en virtud de lo acordado por esta Corporación en sesión del día 4 de los corrientes.
Villa del Campo 7 de Febrero de 1883.—El Alcalde, Esteban Domínguez.—E1 Secretario, Antonio Castillo.

14 de Febrero 1883: Boletín Oficial de Zamora: Número 98
Universidad Literaria de Salamanca
Primera enseñanza
En virtud de lo prevenido en la Real orden de 20 de Mayo de 1881, se insertan á continuación las escuelas que deben proveerse por oposición en el próximo mes de Marzo.
Provincia de Cáceres
De niños
Entre los pueblos citados se encontraba la escuela Elemental de Campo, (villa) con 825 pesetas, casa y retribución.

El 15 de Febrero de dicho año, El Magisterio Español: Revista General de la Enseñanza: Año XVII Época 2ª Número 1021. También se hacia eco de la noticia.
Y el 21 del mismo lo hacia El Adalid: Revista de 1ª Enseñanza dedicada a los profesores de ambos sexos: Año I Número 1.

17 de Marzo 1883: (1) Gobierno de la Provincia
Circular 146
Sesión de Fomento

Los Ayuntamientos ó representantes de los mismos que han hecho el depósito correspondiente para la adquisición de las colecciones-tipos de pesas y medidas métrico-decimales se presentarán en este Gobierno civil y Sección: de Fomentó del mismo, en los días que se expresan á continuación, para hacerse entrega de las cajas que contienen las expresadas colecciones. Lo que he dispuesto se publique en este periódico oficial, para conocimiento de los Ayuntamientos y exacto cumplimiento. Cáceres 16 de Marzo de 1883. El Gobernador interino, Juan Sáenz Marquina.

24 de Abril 1883: (1) 

2 de Mayo 1883: (1) Relación que se cita en la circular de los extractos aprobados a cada uno de los Sres. Jueces municipales que los facilitaron, con expresión de las cantidades que les corresponde percibir y el Juzgado que tenían a su cargo.
Nombre: Juan Antonio Domínguez,
Juzgado que tenían a su cargo. Campo (Villa)
Numero de extractos admitidos. 77
Total. 3,8Pts.

19 de Mayo 1883: (1) Administración de Propiedades e Impuestos de la Provincia de Cáceres.
Relación nominal de vencimientos de pagares por vienes desamortizados según resulta de los libros de cuentas corrientes que obran en esta oficina correspondientes al mes de Junio de 1883.
Villa del Campo
Compradores           Vecindad        Plazos    Vencimientos             Importe
Nicanor Gutiérrez      El Campo      9            4 06/1875-83            104,67pts.

1 de Junio 1883: (1) Administración de Contribución y Rentas de la provincia de Cáceres. Contribución Territorial. Año Económico 1883-84
Repartimiento de la riqueza y cupos que deben satisfacer los pueblos de esta provincia al 16% de los resultados de las cédulas recaudatorias en el expresado año económico.
Riqueza imponible, Villa del Campo en Pesetas y Céntimos
Rustica………………………………….........54.522
Urbana………………………………………...4.507
Pecuaria………………………………………15.381
Total………………………………………….74.410
Cupo para el tesoro, al 15 %...........................11.161,50
1% para gastos de cobranza y comprobación..…744,10
Total………………………………………….11.905,60
Importe de las partidas fallidas aprobadas…………0
Total………………………………………….11.905,60

8 de junio 1883: (1) Circular Nº 200.
Encontrándose los Ayuntamientos incluidos en las relaciones que á continuación se insertan, en descubierto por las cantidades y conceptos que en la misma se expresan, he dispuesto á petición del Excmo. Sr. Brigadier Gobernador militar de esta provincia, hacerlo público por medio de esta circular, ordenando á los seño-res Alcaldes reintegren dichas cantidades en todo el presente mes. Cáceres 6 de Junio de 1883 Juan Rodríguez Sánchez.
Relaciones que se citan
Pueblo. Villa del Campo
A la Caja de Reclutas………………….....5pts.
A la Delegación de Hacienda Art. 7º- 1º…1,38pts.
A la Delegación de Hacienda Art. 7º - 4º...0

13 de Junio 1883: (1) Diputación de la Provincia de Cáceres.
Depositaria de fondos del presupuesto de la provincia de Cáceres.
Ejercicio del presupuesto de 1881 a 1882.
Periodo de ampliación desde 1º de Julio a 31 de Diciembre de 1882
Cuenta adicional (Continuación.)
Relación. núm. 14.
Resultas de presupuestos anteriores
Relación de cargo de las cantidades ingresadas en esta Depositaria en el referido período por el concepto expresado, á saber:
Fecha y Nº de los Cargarémes, 1º de Julio Nº 417 Recibo del Ayuntamiento de Campo (Villa) por contingente provincial del ejercicio 1876-77 a 1878-79= 3.000Pts.
15 de julio Nº 450 Ídem ejercicio 1878-79 1265,15Pts.

16 de Junio 1883: (1) Relación de los debitos en que se hallan los Ayuntamientos de los pueblos que a continuación se expresan por el importe del 5% sobre los presupuestos Municipales.
Villa del campo
Sectas partes correspondientes á los ejercicios de
1873-44     1874-75     1875-76   1876-77     
                   89,05pts.                                     Total 89,05Pts.

26 de Junio 1883: (1) Audiencia Territorial de Cáceres
Relación de los Jueces municipales nombrados para los pueblos de los partidos que á continuación se expresan, durante el bienio que dará principio en 1 de Agosto próximo venidero y terminará en 31 de Julio de 1885.
Villa del campo D. José Prieto Gordo.

19 de Junio 1883: (1) Galisteo. Pedido de relaciones.
Para que la Junta pericial de esta villa, proceda á la formación del apéndice al amillaramiento de la riqueza pública de la misma, que ha de servir de base para el repartimiento…
…Se ruega á los Sres. Alcaldes de los pueblos que á continuación se expresan, se sirvan dar al presente la mayor publicidad posible en sus respectivas localidades, para que llegando á conocimiento de sus vecinos y terratenientes en este distrito municipal, no puedan alegar ignorancia de clase alguna. Galisteo 13 de Junio de 1883.—E1 Alcalde, Matías de Matías Sánchez.
Pueblos en que hay contribuyentes. Entre los pueblos citados estaba el Campo.

26 de Junio 1883: (1) Villa del Campo.
Exposición del reparto de contribución y padrón de sal.
El repartimiento de la contribución territorial y padrón por igual concepto, equivalente á los de sal de esta villa, correspondientes al año económico de 1883 á 84, se encuentran expuestos al público para desagravio de los contribuyentes, en la Secretaría de este Ayuntamiento por término de ocho días contados desde el día 24 del corriente.
Y con el fin de que llegue á conocimiento de los contribuyentes, se publican á continuación los nombres de los pueblos donde residen los hacendados forasteros.
Villa del Campo 19 de Junio (le 1883.—El Alcalde, Esteban Domínguez.
Pueblos en que hay contribuyentes
Ahigal.
Alosno.
Acebo.
Bronco.
Calzadilla.
Coria.
Guijo de Coria.
Montehermoso.
Pozuelo.
Plasencia.
Santibáñez el Alto.
Santibáñez el Bajo.
Sierra de Fuentes.
Torrecilla de los Ángeles.
Villanueva de la Sierra.

27 de Julio 1883: (1) Diputación provincial de Cáceres
Repartimiento de gastos carcelarios
Año económico de 1883-84
REPARTIMIENTO de 6.588 pesetas 28 céntimos entre los pueblos del partido judicial de Corta para cubrir los gastos del presupuesto de la cárcel del mismo.
Villa del Campo
Nº de Almas 11.995 Cuota que le corresponde: 341,67Pts.
*Sin duda debe ser una errata de imprenta, como mucho serian 1.995 almas.
Gobierno Provincial: Circular núm. 21.
No habiendo dado cumplimiento los Sres. Alcaldes de los pueblos que a continuación se expresan, á lo que preceptúa la vigente ley municipal, dando conocimiento á este Gobierno de haberse constituido los Ayuntamientos nuevamente elegidos, designando las personas que los componen y cargos que ejercen; he dispuesto conceder el plazo de seis días para llenar cumplidamente este servicio en la inteligencia de que al que dejare de verificarlo le exigiré la responsabilidad que por su morosidad se haga acreedor.
Cáceres 27 de Julio de 1883. Juan Rodríguez Sánchez.
Entre los pueblos citados estaba el Campo.

3 de Agosto 1883: (1) Delegación del Banco de España.
Recaudación de contribuciones. Provincia de Cáceres.
Anuncio
La recaudación de contribuciones por el primer trimestre de 1883 á 84 y conceptos de territorial, subsidio y sal, atrasos de los mismos y Empréstito de 175 millones de pesetas, estará abierta en los distritos municipales que se expresan á continuación, en los días que á cada uno se le señala, sin recargo alguno; advirtiendo al contribuyente que trascurridos que sean sin verificar el pago, se procederá en su contra por la vía de apremio, debiendo exigir y conservar en todo caso el recibo impreso y sellado con el de la Administración de Contribuciones y Rentas, único documento que justificará la solvencia.
Al Campo por territorial y subsidio se le asignaron los días 11, 12y 13.

Administración de Propiedades é Impuestos de la provincia de Cáceres.
Consumos
Cupos para 1883-84
Resuelto por Real orden de 21 del actual que los cupos que fueron señalados para el año económico de 1882-83, sean los mismos en el corriente, y sin embargo de hallarse publicados en el Boletín oficial del día 22 de Septiembre anterior se reproducen á continuación para conocimiento de las Autoridades locales.
Partido de Plasencia
Cupo 1883-84. A Villa del Campo le correspondía pagar 6.262,18Pts.

7 de Agosto 1883: (1) Junta Provincial Instrucción Pública de Cáceres.
Circular
Los Sres. Alcaldes presidentes de las Juntas locales de primera enseñanza de los pueblos que á continuación se expresan, no han dado aun cumplimiento á la circular de esta provincial de 29 de Marzo último, publicada en el Boletín oficial de la provincia del día 30 del mismo.
Si en el término de ocho días no remiten los documentos pedidos, se les exigirá la multa de 25 pesetas
Cáceres 3 de Agosto de 1883.—E1 Presidente, Juan Rodríguez Sánchez. Nicasio Sánchez González, Secretario.
Relación nominal de las Juntas locales que todavía no han remitido a la provincia los padrones de niños y niñas comprendidos en la edad escolar.
Entre los pueblos citados estaba el Campo.

11 de Septiembre 1883: (1) Batallón reserva de Plasencia, número 124.
Anuncio
Los individuos licenciados de este Batallón que se expresan en la siguiente relación, se presentarán en las oficinas del cuerpo del 20 al 15 del presente mes para recibir sus alcances, trayendo consigo su licencia absoluta y cédula personal para identificar su persona, en la inteligencia de que el que no se presente en dicho plazo quedarán sin cobrar hasta nuevo turno, pues según está mandado se pagarán á los números siguientes.
Plasencia 8 de Septiembre de 1883. El Teniente Coronel primer Jefe, Ángel del Río y Vera.
Relación que se cita.
Relación nominal de los individuos del mismo que por rigurosa antigüedad les corresponde cobrar seis alcances con expresión de los cuerpos de que proceden; pueblos de donde son naturales y reemplazos á que pertenecen, según lo dispuesto por el C. 1. D. G. del arma en comunicación núm. 95.
28 de Agosto 1883
Al soldado Ezequiel Gil Gil, De Villa del Campo le correspondían 214,30pts.
Un mes más tarde, por el Batallón núm. 123 de Cáceres, aparece el soldado Pedro Gutiérrez Felipe, correspondiéndole 187,91pts.

19 de Septiembre 1883: (1) Gobierno de la Provincia
Circular núm. 64
A pesar de las continuas excitaciones dirigidas á los Ayuntamientos para que extingan sus descubiertos por contingente provincial y gastos carcelarios, y no obstante los plazos que se concedieron y los apremios expedidos, son muy pocos los pueblos que han satisfecho siquiera una pequeña parte de las crecidas cantidades que adeudan.
La resistencia que oponen al pago, priva á la Excma. Diputación provincial  de sus recursos propios para llenar los servicios vigentes que le están encomendados, y hace preciso que se adopten medidas de rigor para corregir tan censurable morosidad; pero antes de ponerlas en práctica, dirijo un nuevo y último Llamamiento al celo de los Sres. Alcaldes y Corporaciones que presiden, para que en el término de quince días ingresen en la Caja provincial las cantidades que adeudan según los estados que á continuación se insertan.
Confió en que han de responder á esta excitación que tiende, á la vez que á allegar recursos á la Diputación á normalizar la situación de los Ayuntamientos, pero si la desoyeren, me veré obligado á proceder con toda energía por la vía de apremio, y á imponer á las Corporaciones morosas la multa de 50 pesetas con que desde luego quedan conminadas.
Cáceres 18 de Septiembre de 1883. Juan Rodríguez Sánchez.
Relación de descubiertos por contingente provincial
Villa del campo
1879-80            1880-81          1881-82           1882-83             Total
3.059,56pts.    3.344,14pts.    2.851,31pts.     2.800,14pts.    12.024,15pts.
Relación de descubiertos por gastos carcelarios
Villa del campo
1876-77        1877-78        1880-81        1881-82        1882-83     Total
52,61pts.     420,19pts.     400,92pts.     278,75pts.    592,44pts.  1744,91pts.

6 de Octubre 1883: (1) Don Joaquín Serna Morales, juez de instrucción de esta capital, y su partido.
Por el presente se cita, llama emplaza para que en el término de días, se presenten en este Juzgado los parientes mas inmediatos del finado Juan Rodríguez Hernández, natural de Villa del Campo, provincia de Cáceres, de 36 años de edad, soltero, jornalero, con el fin de ofrecerles la causa que se sigue con motivo de la muerte casual de aquel; apercibidos que si no lo verifican en dicho plazo, les parará el perjuicio que haya lugar.
Dado en Huelva á 27 de Septiembre 1883, Joaquín Serna. Por su mandado, Fernando Bel.

23 de Octubre 1883: (1) Batallón reserva de Cáceres, número 123.
Relación nominal de los individuos que fueron de este Batallón y pueden pasar á realizar el cobro de sus alcances á las oficinas del mismo precisamente en los días 5 y 6 del próximo mes de Noviembre, de nueve á doce de la mañana, siendo indispensable la presentación de los mismos interesados, sin acompañamiento de personas oficiosas, puesto que por quien corresponde y á presencia de los Jefes se les entrega religiosamente lo que á cada uno le corresponde percibir; viniendo provistos de sus licencias absolutas, cédulas personales y en defecto de esta, oficio del Alcalde ó certificado en que acredite su personalidad.
Entre ellos estaba el soldado, Juan Martín Valerio a quien le correspondían 430, 67pts.

2 de Noviembre 1883: (1) Delegación del Banco de España
Recaudación de contribuciones. Provincia de Cáceres.
Anuncio
La cobranza de la contribución por los conceptos de territorial, subsidio y sal correspondientes al segundo trimestre del actual año económico y en algunas localidades primero segundo atrasos de los mismos, así como los descubiertos por el empréstito de 175.000.000 de pesetas, se hallará abierta en los distritos municipales que á continuación se expresan en las horas de costumbre y día que á cada uno se señala, con iguales prevenciones que en los trimestres anteriores, debiéndose advertir muy expresamente á los contribuyente que solo la posesión del recibo talonario sellado con el de la Administración de Contribuciones y Rentas esta provincia exime del pago del concepto á que se refiere, no siendo admisible ni de ningún valor ni efecto para el Banco los manuscritos ni aquellos en que consten cantidades entregadas a cuenta.
Partido de Coria
Villa del Campo días: del 10 al 12.

7 de Noviembre 1883: (1) Administración de Propiedades é Impuestos de ha provincia de Cáceres.
Débitos de Ayuntamientos
Recaudación
Sin embargo de las constantes ex-citaciones que esta Administración dirige á los Ayuntamientos de la provincia con objeto de que dentro de los plazos señalados por las instrucciones ingresen en arcas del Tesoro las cantidades que á este corresponden y además para evitar perjuicios á los municipios con el nombramiento de Comisionados ejecutores, es lo cierto que no todas las Autoridades locales responden cual debieran en vista de las consideraciones que en lo posible guarda esta oficina, causándose con aquel proceder un daño á la Hacienda por privarla de ingresos con los cuales cuenta para atender á las atenciones que sobre la misma pesan. Benévola aun la Administración de mi cargo con los que aparecen como morosos, avisa nuevamente á estos, fijándoles de plazo hasta el día 15 del mes actual, para que dentro del mismo hagan el pago de los débitos correspondientes al presupuestos de 1882-83 y primer trimestre del corriente, por el concepto de consumos.
Los pueblos que aparecen en descubierto son los siguientes:
Villa del Campo
Consumos primer trimestre 1883-84: 33pts.

28 de Noviembre 1883: (1) Diputación Provincial de Cáceres.
Extracte de la sesión celebrada por la Diputación Provincial el 5 de Noviembre de 1883.
Repartimiento girado entre los pueblos de la provincia en proporción de lo que por contribuciones directas y el impuesto de consumos satisfacen al Tesoro, de las 500.000 pesetas votadas para cubrir los gastos del presupuesto de 1883 á 1884:
Villa del Campo
Cuota base ejercicio 1883-84……………17.869,56pts.
Cantidad a satisfacer ejercicio 1883-84…..1.998,44pts.

30 de Noviembre 1883: (1) Diputación Provincial de Cáceres.
Extracte de la sesión celebrada por la Diputación Provincial el 5 de Noviembre de 1883.
Conclusión
Entre dichas conclusiones se aprobó el prohijamiento de expósito a Lorenzo Felipe de Campo (Villa).

14 de Diciembre  1883: (1) Gobierno de la Provincia
En la Gaceta de Madrid, número 344, correspondiente al día 10 del actual, se inserta la Exposición y Real decreto siguientes:
Ministerio de la gobernación.
Exposición
Circular núm. 129.
Por circular núm. 64, inserta en el Boletín oficial de esta provincia, número 46, correspondiente al Miércoles 19 de Septiembre del año actual, se excitó á los Ayuntamientos para que en el término de quince días ingresaran en la Caja provincial sus descubiertos por contingente y gastos carcelarios, y como á pesar del tiempo trascurrido no lo hayan verificado los que á continuación se determinan, con el fin de que no sean ilusorias las órdenes dictadas por este Gobierno de provincia y la recaudación se normalice, les prevengo que si en el término de quince días que nuevamente se le con ceden no cumplen con el servicio que se les tiene interesado, se hará efectiva la multa con que se les conmina que es el maximun de la que la ley autoriza, sin perjuicio de proceder con todo rigor contra los Ayuntamientos sordos á mi excitación.
Cáceres 11 de Diciembre de 1883. Demetrio Betegón.
Pueblos á que le refiere la anterior circular.
Entre ellos Villa del campo.

1 de Febrero 1884: (1) Banco de España
Delegación de Cáceres.
Anuncio
La Recaudación de Contribuciones correspondiente al tercer trimestre del actual año económico, por los conceptos de territorial, subsidio, sal, atrasos de los mismos y empréstito de 175 millones de pesetas, estará abierta en los distritos municipales que se expresan á continuación, en los días que á cada uno se les señala; advirtiendo al contribuyente que trascurridos que sean sin verificar el pago, se procederá en su contra por la vía de apremio, debiendo exigir y conservar en todo caso el recibo impreso y sellado con el de la Administración de Contribuciones y Rentas, único documento que justificará la solvencia.
Al Campo le correspondió del 13 al 15.

5 de Febrero 1884: (1) Diputación de la Provincia de Cáceres
Repartimiento de los 742 soldados que han correspondido á esta provincia en el reemplazo del ejército decretado el 31 de Enero, entre los pueblos de la misma, formado por la Comisión provincial, con arreglo á lo preceptuado en Real orden circular de la misma fecha y artículos 32, 33, 34, 35 y 40 de la ley de reemplazos vigente, que se publica en el Boletín oficial cumpliendo con lo prevenido en los artículos 41 y 42 de dicha ley Ayuntamientos
Villa del Campo
Número de mozos sorteados….10
Enteros…………………………2
Décimas………………………..9
Fracción……………………2468
Décimas agregadas…………….1
                                  Total cupo.3
Alcaldías Constitucionales
CAMPO (VILLA)
Vacante de Médico-cirujano. Por destitución del que la desempeñaba, se halla vacante la plaza de Médico-cirujano de esta villa, dotada con 750 pesetas anuales, pagadas de los fondos municipales y por trimestres vendidos, por la asistencia de 70 familias pobres que se designen. En su consecuencia, el Ayuntamiento que tengo el honor de presidir asociado de la Junta municipal, ha acordado, se anuncie la vacante por término de 30 días, que empezarán á. contarse desde el en que aparezca este anuncio en el Boletín oficial, y durante cuyo plazo se admitirán las solicitudes que se presenten.
Campo (villa) 28 de Enero de 1884. —El Alcalde, Esteban Domínguez.

8 de Febrero 1884: (1) D. Jacobo Lázaro Perales, Secretario del Juzgado municipal de este pueblo de Acebo.
Certifico que en este Juzgado municipal se ha seguido juicio verbal civil en rebeldía á instancia de Juliana Elena, vecina y domiciliada en este pueblo, mayor de edad, viuda y propietaria, contra Genara Cortés Pablos, vecina de la Villa del Campo, también mayor de edad, sobre reclamación de 22 pesetas 50 céntimos que le adeudaba, procedentes del rédito de cuatro años y medio vencidos del censo que gravita en una casa de la pertenencia de la demandada, sita en la calle del Puente en esta población; en cuyo juicio ha recaído sentencia que contiene la siguiente parte dispositiva:
Fallo
Que debía condenar y condeno en rebeldía Genara Cortés Pablos, vecina de la Villa del Campo, al pago de las 22 pesetas 50 céntimos que le reclama la demandante Juliana Elena, de esta vecindad, y en las costas y gastos de este juicio, y en atención á la rebeldía de la demandada, publíquese esta sentencia en el Boletín oficial de la provincia, haciéndose notoria por medio de edictos.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando lo pronunció, mandó y firma el Sr. Juez municipal suplente. D. Ricardo Vázquez, por de legación del propietario, en el Acebo a. 18 de Enero de 1884, de que certifico. Ricardo. Vázquez Ante mi Jacobo Lázaro.
La parte dispositiva insertada concuerda conforme al original de su referencia, el cual queda archivado en esta de su cargo y para su inserción en el Boletín oficial de la provincia, según lo prevenido, expido la presente con el V° B, del Sr. Juez y sello del Juzgado, en el Acebo á 22 de Enero de 1884.—Jacobo Lázaro.—V.° B.°—Ricardo Vázquez.

15 de Febrero 1884: (1) Campo (Villa).
Extravió de dos semovientes
En la noche del día 30 de Enero último, desaparecieron de los molinos llamados la Reina, del término de Santibáñez el Alto, los semovientes que se reseñan, los que se cree hayan sido robados de la propiedad de Juan Sánchez, de esta vecindad.
Lo que se hace público por medio del periódico oficial para que el señor Alcalde del término en que se encuentren expresados semovientes se sirvan participarlo á esta Alcaldía para los efectos que procedan.
Campo (villa) 5 de Febrero de 1884. El Alcalde, Esteban Domínguez.
Señas
Una yegua pelo rojo, estrellada, calzada de la pata izquierda, de seis cuartas y media de alzada, con una espuncia ó verruga en los pechos, de tres años y medio á cuatro, con espada romana calada.
Un potro pelo rojo, estrellado, calzado de la pata derecha, de nueve meses, también con espada romana calada.

19 de Febrero 1884: (1) Administración de Contribuciones y Rentas
de la provincia de Cáceres.
Impuesto del 5 por 100 sobre presupuestos municipales.
Circular
Desatendidas cómo han sido hasta ahora cuantas excitaciones amistosas se han dirigido á los Sres. Alcaldes de los pueblos que á continuación se expresan, para que ingresen en Tesorería los descubiertos en que respectivamente se hallan por: el impuesto del 5 por 100 sobre presupuestos municipales, y dispuesta esta Administración, a no consentir por más, tiempo la apatía, que en el cumplimiento de este servicio vienen demostrando los citados Ayuntamientos, privando de este modo al Tesoro de los recursos que tiene derecho a percibir para hacer frente á sus obligaciones, ha acordado prevenirles por última vez que si en lo que resta del presente mes no satisfacen los débitos que por dicho concepto les resulten; se propondrá al señor Delegado de Hacienda la expedición de los oportunos apremios contra los morosos.

Sextas partes correspondientes á los ejercicios de
1873-74      1874-75       1875-76         Total.
     0            13,36pts.          0              13,36pts.

8 de Marzo 1884: (1) Distrito electoral de Coria.
Fe de erratas de imprenta que forma la comisión Inspectora del censo Electoral de este distrito en virtud del cotejo verificado de las listas originales para Diputados á Cortes, con las Publicadas últimamente por suplemento en el Boletín
Nombres y apellidos con que constan los electores en las listas publicadas.
Sección de Villa del Campo
Amaro Fustes Simón
Alcon Pérez Manuel
Gómez Ogen Francisco
Gordo de Martín Juan
Hernández Izquierdo Bernardo
>                         >                 >
Corchero Perianes Eulogio
Nombres, y apellidos con quo deben figurar según aparece del censó.
Amores Fustes Simeón
Alonso Pérez Manuel
Gómez Ogea Francisco
Gordo de Matías Juan
Herrero Izquierdo Bernardo
Prieto Hernández José
Cordero Perianes Eulogio.

14 de Marzo 1884: (1) Hernán-Pérez.
Pedido de relaciones
Con el fin de que la Junta pericia' de esta villa pueda en su día proceder con oportunidad á la confección del apéndice al amillaramiento que ha de servir de base para la derrama de la contribución territorial del año económico de 1884 á 1885, se hace preciso que los contribuyentes de este distrito, así vecinos como forasteros, procuren presentar en la Secretaría del Ayuntamiento de mi presidencia y desde el día en que aparezca inserto este anuncio eh el Boletín oficial hasta el 25 del actual, relaciones de altas y bajas que haya sufrido su riqueza durante el corriente ejercicio; teniendo entendido que no se hará traslación alguna de dominio ínterin no se justifique la adquisición con documento legal.
Ruego á los Sres. Alcaldes dé los pueblos Ahigal, Casar de Palomero, Calzadilla, Aldehuela, Villar de Plasencia, Gata, Robledillo de Gata, Cadalso, Guijo de Coria, Pozuelo Campo (villa), Villanueva de la Sierra, Santa Cruz de Paniagua, Zarza de Granadilla, Aldeanueva del Camino y Torrecilla de los Ángeles, le den la debida: publicidad 4 lo anteriormente inserto; para que llegue á conocimiento dé quien corresponda. Hernán-Pérez.5 de Marzo de 1884. —El Alcalde, Ambrosio Pérez.

21 de Marzo 1884: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara: Número 114
Ministerio de la Guerra
Dirección general de la Caja y recluta para los Ejércitos de Ultramar Negociado de conversión
Relación nominal de los individuos del Ejército de Cuba, de quienes se recibido en este Centro sus ajustes rectificados y definitivos, y a virtud de lo dispuesto en la regla 5ª de las instrucciones publicadas en la Gaceta de 24 de Agosto de 1882, deben presentar los interesadas en esta Dirección con instancia los documentos que justifiquen su derecho al crédito que les resulta, si no hubieran solicitado la conversión en títulos de la deuda, pero los que ya la tuviesen, reclamada anteriormente, sólo remitirán, de oficio por conducto de la Autoridad local los abonares y documentos justificativos que señalan dichas instrucciones.
Regimiento de la, Reina, Segundo de Caballera.
Entre los afectados se encontraba el soldado de segunda Antonio Felipe Miguel, natural de Villa del Campo provincia de Cáceres, con un crédito, 127,21pts.
Lo mismo aparece en el Boletín de Segovia el 24 de Marzo del mismo año.
22 de Marzo 1884: (1) Diputación de la provincia de Cáceres
Depositaria de fondos del presupuesto de la provincia de Cáceres
Ejercicio de presupuesto 1882 á1883
Período ordinario desde 1º de Julio de 1882 á 30 de Junio de 1883
Cuenta General (Continuación)
Relación Nº 13 Resultas de presupuestos anteriores
Relación de cargos de las cantidades ingresadas en esta Diputación en el referido periodo ordinario por el concepto expresado a saber.
Fecha y Nº de los Cargaremes
6 de Febrero Nº 122. Recibido del Ayuntamiento de Villa del Campo por contingente provincial correspondiente al ejercicio económico de 1878-79. 433,66pts.
4 de Mayo Nº 266. Recibido del Ayuntamiento de Villa del Campo por contingente provincial correspondiente al ejercicio económico de 1878-79. 217,16pts.
10 de Mayo Nº 323. Recibido del Ayuntamiento de Villa del Campo por contingente provincial correspondiente al ejercicio económico de 1878-79. 300,18pts.
12 de Mayo Nº 353. Recibido del Ayuntamiento de Villa del Campo por contingente provincial correspondiente al ejercicio económico de 1879-80. 577,69pts.

23 de Marzo 1884: El estremeño: periódico de intereses materiales y noticias: Año VI Número 225
En la Gaceta del día 16 del Septiembre se publicó una Real Orden desestimando, en conformidad con él parecer del Consejo de Estado en pleno, la solicitud de rebaja de sus respectivos cupos de consumos, hecha entre otras provincias, por los pueblos de Trujillo, Villa del Campo y Casas del Castañar de la de Cáceres.
Esto demostrará á los pueblos que ciertas promesas hechas por aspirantes á candidatos no hay que creerlas, mientras no sean una verdad positiva, ó lo que es lo mismo, que no se hagan caso de promesas. Piden una cosa justa, pues ante de la elección que se les conceda, y sino que no le den los sufragios.

23 de Marzo 1884: Boletín Oficial de la provincia de Soria: Número 37
De Manera más extensa repite lo ya expresado en el periódico “El Estremeño.”

28 de Mayo 1884: (1) En la Gazeta de Madrid, número 138 pagina 453 correspondiente al 17 de Mayo, se halla inserto lo siguiente:
Ministerio de la Gobernación
Real Orden
Pasado á informe de la Sección de Gobernación del Consejo de Estado el expediente de suspensión del Ayuntamiento de Villa del Campo, con fecha 22 del mes anterior lo evacuó en los términos siguientes:
Excmo. Sr.: Esta Sección ha examinado el expediente de suspensión
del Ayuntamiento de Villa del Campo, decretada por el Gobernador de Cáceres.
De la visita de inspección girada á las oficinas municipales de la expresada localidad resultó que no se acordaba mensualmente la distribución de fondos, qué algunas actas no se hallaban extendidas en el papel sellado correspondiente; que practicado por el Delegado del Gobernador un arqueo de fondos se advirtió un déficit de 320 pesetas; que tampoco aparecía rectificado el padrón vecinal ni existe inventario de los bienes del pueblo, ni hay libros de actas de arqueo, ni de registro de multas, y por último, se hizo constar que varios Cargarémes estaban sin autorizar.
El Gobernador, en vista, de todo ello, decretó la suspensión del Ayuntamiento, medida que considera procedente la Sección, conforme á la jurisprudencia sentada en las Reales órdenes de 22 de Noviembre y 22 de Diciembre de 1877; pues las faltas denunciadas por el Delegado acusan la inobservancia de diversas prescripciones legales, y aun cuando esto por si solo fuera ya bastante motivo de responsabilidad el haber dejado de rectificar el padrón vecinal, que es la base de los derechos y obligaciones de los vecinos  en el orden político y administrativo, y la falta de fondos al practicarse el arqueo, son hechos que revisten mayor gravedad. Para atenuar este ultimo cargo alegaron los Concejales que era debido á haberse duplicado una partida en el arqueo anterior de 6 de Febrero; pero aun admitida tal explicación, no justificada de modo alguno, siempre, quedara demostrada la escasa formalidad con que se ejecutan actos tan importantes. Entiende, por lo tanto, la Sección que estuvo en su lugar la providencia del Gobernador, y qué en tal concepto procede confirmar la suspensión del Ayuntamiento de Villa del Campo.
Y conformándose S. M. el Rey (Q. D. G.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone De Real orden, con Inclusión del expediente, lo digo á V. S: para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 26 de Abril de 1884.—Romero y Robledo.—.Sr. Gobernador, de la provincia de Cáceres.
La noticia es recogida por los siguientes medios de comunicación.
La Correspondencia de España: diario universal de noticias: Año XXXV  Número 9552 - 1884 mayo 17
La Paz: periódico de noticias, avisos y fomento de la provincia de Murcia: Año XXVII Número 7923 - 1884 Mayo 18
La Palma: Diario de avisos, mercantil, industrial, agrícola y literario: Número 20519 - 1884 mayo 19
Crónica Meridional: diario liberal independiente y de intereses generales: Año XXV Número 7256 - 1884 mayo 21
La autonomía: diario republicano democrático federalista: Año I Número 274 - 1884 junio 3.

29 de Mayo 1884: (1) Diputación de la provincia de Cáceres
Depositaria de fondos del presupuesto de la provincia de Cáceres
Ejercicio de presupuesto 1882 á1883
Período de ampliación desde 1de Julio de 1882 á 30 de Diciembre de 1883
Cuenta Adicional (Continuación)
Relación Nº 14. Resultas de presupuestos anteriores
Relación de cargos de las cantidades ingresadas en esta Diputación en el referido periodo de ampliación por el concepto expresado a saber.
Fecha y Nº de los Cargaremes
12 de septiembre Nº 593. Recibido del Ayuntamiento de Villa del Campo por contingente provincial correspondiente al ejercicio económico de 1879-80. 649,98pts.

8 de Abril 1884: (1) Alcaldías Constitucionales.
Campo (Villa)
Vacante de Secretaria
Por renuncia del que la desempeñaba, se halla vacante la Secretaría del Ayuntamiento de este pueblo.
Los aspirantes á ella dirigirán las solicitudes á la Alcaldía del mismo, debidamente documentadas, en el plazo de 30 días, á contar desde la fecha. Campo (villa) 2 de Abril de 1884, —El Alcalde, Juan Gil.

22 de Abril 1884: (1) Administración de Propiedades e Impuestos de la provincia de Cáceres.
Relación nominal de los cupos que por el impuesto de consumos, corresponde abonar á la Hacienda los Ayuntamientos de esta provincia' en el año económico de 1884 á 1885, señalados por Real orden del mes actual:
Partido de Plasencia: Campo (Villa) 6.263,18pts.

26 de Abril 1884: (1) Banco de España Delegación de Cáceres.
Anuncio
La Recaudación de Contribuciones correspondiente al cuarto trimestre del actual año económico, y por los conceptos de territorial, industrial, sal, atrasos de los mismos y empréstito de 175 millones de pesetas, estará abierta en los distritos municipales que se expresan á continuación, en los días que á cada uno se les señala; advirtiendo al contribuyente que trascurridos que sean sin verificar el pago, se procederá en su contra por la vía de apremio, debiendo exigir y conservar en todo caso el recibo impreso y sellado con el de la Administración de Contribuciones y Rentas, único documento que justificará la solvencia.
Partido de Coria: Campo (Villa) del 6 al 8 de Mayo.

30 de Mayo 1884: (1) Administración de Contribución y Rentas de la provincia de Cáceres. Contribución Territorial. Año Económico 1884-85
Repartimiento de la riqueza y cupos que deben satisfacer los pueblos de esta provincia al 16% de los resultados de las cédulas recaudatorias en el expresado año económico.
Riqueza imponible, Villa del Campo en Pesetas y Céntimos
Rustica………………………………….........54.522
Urbana………………………………………...4.507
Pecuaria………………………………………15.381
Total………………………………………….74.410
Cupo para el tesoro, al 15 %...........................11.161,50
1% para gastos de cobranza y comprobación..…744,10
Total………………………………………….11.905,60
Importe de las partidas fallidas aprobadas…………0
Total………………………………………….11.905,60.

4 de Junio 1884: (1) Villa del Campo, Vacante de secretaria
Habiendo expirado el plazo de 30 días por los que se  anunció la vacante de la secretaría de este Ayuntamiento, sin que se haya presentado solicitud alguna para su provisión en propiedad, so reproduce por el presente para que, los aspirantes dicha plaza dirijan las solicitudes al presidente del Ayuntamiento en el término de 30 días, contados desde el en que se hallé él, presente inserto en el Boletín oficial de esta provincia. -Villa del Campo 30 de Mayo de 1884 —El Alcalde, Esteban Domínguez.

Recogida de un semoviente
En poder de un vecino de esta villa y por orden; de mí autoridad se halla depositada; en concepto de extraviada, la caballería de las señas que á continuación se expresan.
Una jaca capona, de tres á cuatro' años, pelo castaño oscuros, de seis cuartas y media de alzada próximamente, con lunares  blancos en los costillares; desherrada las patas y con, una jarrapea de grillos.
Lo que se, hace público en este periódico oficial, con el fin de que llegando á noticia de su verdadero dueño; se presente á recogerlo provisto de los documentos que acrediten su pertenencia previo pago de daños y demás costos originados por aquella.
Villa del Campo 30 de Mayo de 1884, -El Alcalde, Esteban Domínguez.

12 de Julio 1884: (1) Villa del Campo, Exposición del reparto de contribución y padrón de sal.
Terminados por la Junta pericial los que han de regir en el corriente arlo económico de 1884 á 85, se hallan expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por el término de ocho días, desde el en que aparezca este anuncio en el Boletín oficial de la provincia, para que los contribuyentes en ellos comprendidos puedan examinarle y aducir las reclamaciones legales que crean convenirles.
Villa del Campo 6 de Julio de 1884. —El Alcalde, Esteban Domínguez.

15 de Julio 1884: (1) Provincia de Cáceres.
Ministerio de la Gobernación.
Dirección General de Beneficencia y Sanidad.
Estado demostrativo de los cementerios enclavados en los términos municipales de la misma que carecen de condiciones higiénicas, formado con arreglo á los datos remitidos por el Gobernador de la provincia en cumplimiento de lo ordenado en Real orden circular fecha 20 de Febrero del año próximo pasado, con expresión de las reformas que en ellos deben hacerse.
Pueblo: Villa del Campo
Condiciones que en la actualidad reúnen los cementerios. Está Muy próximo.
Reformas que en ellos deben hacerse. Procede su clausura.

18 de Julio 1884: Boletín Oficial de la provincia de Soria: Número 86 Ministerio de la Gobernación
Reales Órdenes
Pasado á informe de la Sección de Gobernación del Consejo de Estado el expediente de suspensión del Ayuntamiento de Villa del Campo, con fecha 22 del, mes anterior lo evacuó en los términos siguientes: 
Excmo. Sr. Esta Sección ha examinado él expediente de suspensión del Ayuntamiento de Villa del Campo, decretada por el Gobernador de Cáceres.
De la visita de inspección girada á las oficinas, municipales de la expresada localidad resultó qué no e acordaba mensualmente la distribución de fondos; que algunas actas no se hallaban extendidas en él papel sellado correspondiente; que practicado por el Delegado del Gobernador un arqueo de fondos se advirtió un déficit de 320 pesetas; qué tampoco aparecía rectificado el padrón vecinal ni existe inventario de los bienes del pueblo, ni hay libros de actas de arqueo, ni de registros de multas, y por último, se hizo constar que varios cargaremes estaban sin autorizar.
El Gobernador, en vista de todo ello, decretó la, suspensión del Ayuntamiento, medida que considera procedente la Sección, conforme á la jurisprudencia sentada en las Reales órdenes de 22 de Noviembre y 22 de Diciembre de 1877; pues las faltas denunciadas por el Delegado acusan la inobservancia dé diversas prescripciones legales; y aun cuando esto por sí sólo fuera ya bastante motivo de responsabilidad, el haber dejado de rectificar el padrón vecinal, que es la base de los derechos y obligaciones de los vecinos en el orden político y administrativo, y la falta de fondos al practicarse el arqueo, son hechos que revisten mayor gravedad. Para atenuar este último cargo alegaron las Concejales que era debido á haberse duplicado una partida en el arqueo anterior de 6 de Febrero pero aun admitida tal explicación, no justificada de modo alguno, siempre quedaría demostrada la escasa formalidad con que se ejecutan actos tan importantes: Entiende, por lo tanto, la Sección que estuvo en su lugar la providencia del Gobernador, y que en tal concepto procede confirmar la suspensión del Ayuntamiento de Villa del Campo.
Y conformándose S. M. el Rey (Q. D. G.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.
De Real orden, con inclusión del expediente, lo digo á Y. S. para su conocimiento y demás efectos
Dios guardé á V. S. muchos años. Madrid 26 de Abril de 1884.
Romero y Robledo. Sr. Gobernador de la provincia de Cáceres.
(Gaceta del día 17 de Mayo de 1881.)

30 de Julio 1884: (1) Delegación del Banco de España.
Recaudación de contribuciones. Provincia de Cáceres.
Anuncio
La recaudación de contribuciones por el primer trimestre de 1884 á 85 y conceptos de territorial, subsidio y sal, atrasos de los mismos y Empréstito de 175 millones de pesetas, estará abierta en los distritos municipales que se expresan á continuación, en los días que á cada uno se le señala, sin recargo alguno; advirtiendo al contribuyente que trascurridos que sean sin verificar el pago, se procederá en su contra por la vía de apremio, debiendo exigir y conservar en todo caso el recibo impreso y sellado con el de la Administración de Contribuciones y Rentas, único documento que justificará la solvencia.
Al Campo por territorial y subsidio se le asignaron los días 23 y 24.

9 de Agosto 1884: (1) Depositaria de fondos del presupuesto de la provincia de Cáceres.
Ejercicio Económico de 1883 a 1884.
Relación Nº 2 Contingente de Positos
Relaciones de las cantidades recaudadas por expresado concepto en referido año.
Fecha y Nº de los Cargaremes
14 de Septiembre: Nº 23. Recibo del Posito de Villa del Campo, por el contingente que a dicho establecimiento corresponde satisfacer por ejercicio económico de 1881-82. 41,50pts.
2 de Enero: Nº 50 Recibo del Posito de Villa del Campo, por el contingente que a dicho establecimiento corresponde satisfacer por ejercicio económico de 1881-82. 13pts.

19 de Agosto 1884: (1) 
  El Campo             11.905,60   379,62     11.525,98   6.263,18     775         18.564,16   2.025,42.

22 de Agosto 1884: (1) Circular núm. 88. Agricultura.
Habiendo trascurrido el día 15, sin que los Alcaldes de los pueblos que á continuación se expresan, hayan cumplimentado el servicio que les encomendó el Consejo provincial de Agricultura Industria y Comercio, he dispuesto Prevenirles, que sin más demora devuelvan contestado el interrogatorio que la expresada Corporación les remitió en 1º del actual mes, relativo á datos y noticias sobre la producción vinícola, con lo que evitarán la adopción de ulteriores medidas para conseguir el cumplimiento de lo ordenado.
Cáceres 19 de Agosto de 1 S84. El Gobernador interino, Federico Belmonte.
Pueblos á que sé refiere la anterior circular, entre ellos estaba el Campo.

5 de septiembre 1884: (1) Sección de Fomento
Montes
Aprobado por Real orden de 15 de Julio próximo anterior el plan general do los aprovechamientos forestales en esta provincia, y formulados por el distrito los pliegos de condiciones para llevar a efecto las subastas, he dispuesto qua se anuncien en este periódico oficial, y quo tengan lugar en los pueblos y en los día hora, sitio Casas Consistoriales y tiro de tasación que aparecen en el cuadro que se inserta a continuación; y cuyas subastas, presididas por los Sres. Alcaldes, con asistencia del capataz de cultivos de la comarca y una pareja de la Guardia civil, se ajustaran estrictamente al reglamento de 17 de Mayo de 1865 y a los pliegos de condiciones que estarán de manifestó desde esta fecha en las Secretarias de los Ayuntamientos respectivos. Cáceres 2 de Septiembre de 1884.
El Gobernador interino, Federico Belmonte.
Pueblos, aprovechamientos y dehesas.                          Tasación. Pts.
Villa del Campo. Montanera dehesa Boyal.                               1.400

10 de Septiembre 1884: (1) Alcaldía Constitucional
Villa del Campo Vacante de Medico-Cirujano
Por renuncia espontánea del que la desempeñaba, se halla vacante la plaza de Medico Cirujano de esta villa, con el sueldo anual que el Ayuntamiento y Junta municipal tiene acordado en sesión del día 5 de Marzo ultimo, pagado de los fondos municipales por trimestres vencidos, con la obligación de la asistencia gratis a 70 familias pobres y demás obligaciones del contrato quo se haga con el profesor.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaria del Ayuntamiento en el término de quince días a contar desde la fecha del presente anuncio en el Boletín oficial de la provincia.
Villa del Campo 3 de Septiembre de 1884. El Alcalde, Esteban Domínguez.

31 de Octubre 1884: (1) Banco de España. Sucursal de Cáceres. Contribuciones.
Anuncio
La cobranza del segundo trimestre del actual año económico de las Contribuciones de territorial, industrial y de comercio impuesto equivalente á, los de sal, atrasos de los mismos y empréstito de 175 millones de pesetas, se verificará por los Recaudadores del Banco de España, en los pueblos que á continuación se expresan y en los días que á cada uno se les señala, con sujeción en un todo á lo dispuesto en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la nueva Instrucción de procedimientos de 20 de Mayo último.
La Recaudación invita á los contribuyentes á que satisfagan sus respectivas cuotas atrasadas y corrientes dentro de los días que se les señala si quieren evitarse las vejaciones del recargo, debiendo exigir el oportuno recibo de talón, sin enmienda que no esté salvada por nota de la Administración de Contribuciones y Rentas de esta provincia, único documento fehaciente para acreditar el pago, siendo imprescindible que el que tuviere atrasos por contribuciones, que sean satisfechos aquellos con anterioridad al trimestre que se anuncia, según determina y dispone el Art. 11 de expresada Instrucción.
Campo (Villa). Días 15 y 17 de Noviembre.

4 de Noviembre 1884: (1) Por el presente hago saber: Que en este Juzgado y por la escribanía del que refrenda pende demanda sobre inclusión en las listas electorales de la sección de Campo (villa) para Diputados á Cortes y en el concepto de contribuyentes, de D. Antonio Castillo Lucas, D. Pablo Pariente García, D. Francisco Felipe Sánchez, D. Ildefonso Martín Miguel, D. Agustín Corchero Hernández y D. Lorenzo Balbino Hernández, vecinos de ex-presado pueblo.
Y en cumplimiento de lo prevenido en el articulo 27 de la ley electoral vigente y á los efectos del 28 de la misma, se publica el presente.
Dado en Coria á 28 de Octubre de 1884.—Joaquín Montero.—E1 escribano, Benito López Mateos.

6  de Noviembre 1884: Gijón: Periódico Demócrata
La siguiente proclama, que no; hacemos mas que transcribir a las columnas de nuestra publicación, es una prueba fehaciente de lo que: venimos diciendo hice tiempo, demostrando dicho documento, como vulgarmente se dice que en todas partes cuecen habas, pues no es solo en esta localidad donde el partido republicano se encuentra dividido, si no que debido á la ilustración, siempre, creciente de la clase, obrera, ha llegado el momento de rechazar las imposiciones y amaños de ciertos jefes, los que si bien han tenido una época en que hicieron de sus correligionarios lo que han querido, al conocerlos el pueblo trabajador y sensato, los presenta ante el partido tal cual son.
He aquí el documento á que nos referimos, publicado en Marzo del presente.
(Debido a la trascendencia que más tarde pudo tener, en un curioso resultado electoral de Villa del Campo, se inserta en estas paginas un Fragmento de la citada proclama).

A los Republicanos Federales Españoles
Aquí, donde con; tanta justicia hemos alcanzado el titulo del, país de los vice-versas, suceden fenómenos incomprensibles.
Por eso no debéis extrañar que el último entre todos, vosotros, levante su voz por encima de tanta miseria, como, por, todas partes nos rodea.
Y ojala sea la campana que toque al Somatén de los pueblos libres.
Tales ideas me sugiere la criminal apatía en que se consume el Consejo de nuestro partido: Y para que cuanto voy á exponer no sea interpretado por nadie como inspirado por el móvil de alguna idea ruin ó mezquina, lo demostraré con datos irrecusables.
En 1º de Junio pasado se reunió la segunda Asamblea federal en Zaragoza. Durante el año anterior el Consejo, que estaba revestido de las más amplias facultades, faltó abiertamente, á sus deberes no cumplimentando los acuerdos del partido: sé reveló contra le soberanía, desconociendo, su legítima autoridad, desautorizó de una manera baja e indigna á personas respetabilísimas, que han consagrado su vida en servicio de nuestras ideas, hasta el punto de que su dignidad resentida, les obligó á retirarse avergonzados, de ver la tenaz intolerancia de los Miembros del Consejo. Allí sucedieron cosas estupendas, que hicieron comprender lo que podía dar de si aquella amalgama, mal llamada Consejo federal.
Desde el primer momento emplearon procedimientos antidemocráticos, y hasta hubo algún hombre que, merced a su carácter por demás bondadoso, toleró, en desdoro de su historia siempre brillante, que se faltase á compromisos sagrados, llegando á desengañarse cuando ya no cabra aplicar remedio; hubo un representante que se permitió exigir cuentas al Consejo por su conducta anómala y semidictatorial; pero allí que, salvo raras y honrosas excepciones, todos tenían, interés en que el embrolló continuara y todo quedase oculto, para en lo venidero presentarse ostentando títulos ante el país, ahogaron su justa queja y su voz honrada, imponiéndose la fuerza del numero á la fuerza incontrastable de la razón:
¿Sabéis quién son? Pues son los mismos que hoy se os presentan proclamándose partidarios de los procedimientos más radicales con el solo fin de recabar vuestros sufragios: y erigirse en vuestros representantes, para lograr el objeto de miras interesadas.
Y de cuanto os digo, tened presente que fui testigo presencial. Allí se presentaron tal y cual son; despojados del tupid antifaz conque siempre: van encubiertos.
Ante aquel repugnante, pastel, dos hombres levantaron su voz y elevaron la enérgica protesta que, siente todo pecho honrado ante la, infamia y el crimen.
En la cuestión de actas, ¡cuánta indignidad y cuánta ignominia!
Todo se empleó; desde el engaño hasta la coacción.
Y citaré algún detalle como muestra. Tratábase del acta del Sr. Guerrero, la cual se ocultó maliciosamente, después de haber telegrafiado mandando suspender la aprobación de la del Sr. Sorni.
Este telegrama se habla recibido por la noche. Y al abrir la sesión á. las nueve del día siguiente, el Sr. Pí, en unión de la Comisión de actas, dijo al Presidente Sr. Blane, que debiendo procederse á la constitución definitiva de la Asamblea, y no habiendo más acta de Valencia que la del Sr. Sorni, debía aprobare sin demora, á lo cual accedió dicho Sr. Blane, á quien inicuamente se engañó, porque ignoraba la infame ocultación del acta del Sr. Guerrero.
Ya sospechaba algo, pero como no es honrado hacer la mas leve acusación tomando por base una sospecha….
…Sin embargo, no pude arrancar de mi alma la pertinaz idea de que el Sr. Pi, por conseguir que el Consejo se compusiera de los hombres que, para desgracia del partido federal le componen, había llevado á afecto una repugnante felonía.
Y mis presentimientos se vieron realizados. Y se vieron realizados con exceso.
Desde la elección del Sr. Pi, en la cual se abstuvieron, los distritos del Congreso y Buenavista, y el de la Audiencia votó en su Mayoría la candidatura de los ciudadanos. Salvoechea y Marti-Miquel, hasta la elección del Sr. Marqués de Santa Marta, todo fue anómalo; todo fue criminal…
… Y con respecto al Sr. Marqués, sólo diremos, que se necesitaba ante todo un hombre de dinero, y todo se sacrificó, en aras de esta valiosa adquisición. Pero su excelencia, que siempre fue muy económico, recoge, como intereses el capital de que se desprende, la garantía de ser miembro del Consejo y el mecenas de algunos despreocupados, satíricos y almibarados periodistas…
…Y ¿qué diremos del Sr. Valles y Ribot? Pues, nada. Sólo se sabe de él que perteneció al Consejo anterior, que se marchó á Barcelona al terminarse las sesiones de la primera Asamblea, y que ni una sosa vez ha representado al partido en el Consejo…
…De buen grado me extendería en consideraciones, sobre la historia política del nuevo Jehová, Sr. Francisco Pi y Margall; esa funesta sombra del manzanillo para el partido republicano federal. Pero como, no es él solo quien merece nuestra mas acerba censura por su desatentada conducta, y esto me obligaría á entrar en cierto género de extensas consideraciones…
…Hora es ya de desenmascarar y de que desaparezcan esas estúpidas idolatrías sobre que navega y se cierne el orgullo de ciertos seres, que al fin y al cabo, poco son y sólo perjuicios ocasionan.
El partido republicano federal no debe reconocer más caudillos que aquellos que sin subterfugios ni embolismos…
…El partido, republicano necesita hombres prácticos que atiendan a la realidad y en ella vivan; que luchen con las miserias humanas; que sientan el, rigor del infortunio sin descanso; que vivan con la solicitud, el vigor y la entereza de un Espartaco; que se agiten, que cual Moisés se levante sobré el Sinaí de la tribuna, y predicando la verdad, y practicando la justicia inocule en las entrañas de su generación, la sacrosanta idea del derecho, y sepa traspasar el Capitolio o sucumbir en el Calvario que los tiranos reservan á todos los; redentores…
Y hacemos por hoy punto aquí, dirigiendo al Sr. Pi una pregunta:
¿Cree acaso este señor que representa alguna institución dentro del partido federal? Pues se equivoca…
…En prueba de ello fijase en las adhesiones que á su actitud franca y decidida ha alcanzado el periódico La; Montaña en estos últimos meses, de los comités federales de San Fernando, Manzanares, Cañaveral, Casas de Millán, Pedrosa, Acechuche, Cádiz, Villa del Campo, Noya, Toro, Montehermoso. Y un largo etc.

21 de Noviembre 1884: (1) Diputación Provincial de Cáceres
Extracto de la sesión celebrada el día 8 Noviembre de 1884 en la que entre otras cosas se aprobaron diversas cuestiones entre ellas los acuerdos interinos tomados en los expedientes de apremios expedidos a Ayuntamientos entre los que se encontraba el Campo.

26 de Noviembre 1884: (1) Zona Militar de Plasencia núm. 124.
Anunció
Los Sres. Alcaldes de los pueblos que pertenecen á los Juzgados de primera instancia de Plasencia. Garrovillas, Alcántara, Coria., Hoyos, Hervás, Jarandilla y Navalmoral de la Mata, de esta provincia, ordenarán á los individuos que figuran en la adjunta relación, ya licenciados por el batallón de Reserva de esta zona militar, cómo pertenecientes al primero y segundo reemplazo de 1874 y 1875, se presenten en el cuartel de infantería de esta; ciudad, donde tienen sus oficinas la precitada Reserva, con objeto de que reciban los abonares dé sus alcances los que no los tengan, provisionales, y los que tengan éstos canjearlos por los definitivos, y sin cuyo requisito no podrán percibir sus referidos alcances cuando por la superioridad se ordene su pago.
Plasencia 17 de Noviembre de 1884. —El Coronel, Francisco Amayas. Relación nominal de los individuos del mismo pertenecientes al primero y segundo reemplazo de 1874 y 1875, los cuales deben presentarse en las oficinas de este cuerpo á recoger los abonares de sus alcances.
Entre los cuales estaba el saldado Rufino Clemente Rodríguez de Villa del Campo.

26 de Noviembre 1884: (1) Por el presente hago saber: Que en este Juzgado y por la escribanía del que refrenda pende demanda sobre exclusión de las listas electorales de esta sección, por no pagar como contribuyentes la cuota que la ley exige, á los vecinos de esta ciudad D, Mercedes Bravo Luceñó,
D. Eustaquio Bravo Perianez,
D. Baltasar González Hernández,
D. Vicente .Iglesias García,
D. Bernabé Moreno Moreno,
D. Manuel Martín Rivero,
D Pedro Pulido Granado,
D. Eugenio Serrano Clemente,
D. Hermenegildo Serrano Montero,
D. Juan Miguel Téllez Gallego,
D. José Viera Martín,
y de los que son vecinos de Portaje
D. Bernardo Sánchez Martín,
D. Francisco Díaz Manibardo,
D. Joaquín Martín Corrales,
D. Nicasio Corrales Martín,
D. Romas Valle Santos y
D. Sandalio Chamorro Manibardo, figurando estos en las listas electorales de la sección de Villa del Campo.
Y en cumplimiento de lo que previene el art. 37 de la ley electoral vigente para Diputados á Cortes, y á los efectos del 28 de la misma, se publica el presente.
Dado en Coria á 20 de Noviembre de l884.--Joaquín Montero.—El Escribano, Benito López Mateos.

27 de Diciembre 1884: (19D. Gregorio Escribano y Canal, Juez de primera instancia de Coria y su partido.
Por el presente encargo á todas las autoridades dependientes de la mía, y ruego á las que no sean , procuren por cuantos medios les sugiera su celo, la busca de las alhajas y dinero que por nota se reseñan al final, y caso de ser habidas las pongan á disposición de este Juzgado con la persona ó personas en cuyo poder se hallasen, si no justifican su legitima procedencia; pues así lo tengo acordado en la causa que se instruye por robo de dichas alhajas y dinero en la casa de María Lucas Gutiérrez, vecina de Villa del Campo, ocurrido en la noche del 25 de Noviembre último. Dado en Coria, á 23 de Diciembre de 1834 —Gregorio Escribano y Canal. El Escribano, Benito López Mateos.
Nota de las alhajas y dinero robado
Una caja pequeña de madera en forma de baúl, forrada con tela ó papel colorado por dentro, y por fuera con pajas de color haciendo varias figuras, como cuadros y corazones.
Una cadena de oro para el cuello, como de dos varas de larga.
Una gargantilla de oro con sartas gordas, afiligranadas, y pendiente de ella una venera de nácar y una sarta rota, suelta, del mismo.
Otra gargantilla gorda, de oro, calada y afiligranada, con una cruz también de oro con un dije suelto.
Otra gargantilla más pequeña y delgada.
Unos pendientes de cruz con tres dijes.
Unas argollas también de oro, grandes, afiligranadas, formando ondas alrededor.
Otras argollas grandes, también de oro, hechura común.
Un galápago, también de oro.
Dos ó tres botones de plata, blancos, afiligranados.
Tres botones pequeños, de metal blanco.
Un corazón, de quincalla.
Un revólver de reglamento.
Seiscientos cuarenta reales en plata; en diferentes clases, de monedas, contenidas en una bolsa de lienzo crudo con una lista azul, que también desapareció.
Quince mil reales en oro, en diferentes clases de monedas.
Otra bolsa con una lista azul, de lienzo crudo, que contenía 13.000 reales en oro, en diferentes monedas.
Otra, también de lienzo crudo, con 1.520 rs. en oro y en diferentes monedas.


martes, 17 de abril de 2018

Publicaciones Aparecidas entre 1870-1879 Séptima Entrega


Publicaciones Aparecidas entre 1870-1879 Séptima Entrega

15 de Enero 1870: La Discusión. Diario Democrático, Edición Madrid
Nº 393.
        Nuestro estimado correligionario D. José Maria Gil de Roda, nos dirige la siguiente carta, en que nos anuncia el triunfo alcanzado por los republicanos, en las elecciones municipales de la Villa del Campo y otros puntos y el que probablemente conseguirán en las próximas elecciones de un Diputado a Cortes.
Villa del Campo 8 de Enero de 1870.
Sr. D. Bernardo García.
        Mi apreciable correligionario en Montehermoso, Guijo de Galisteo y aquí, hemos vencido en las elecciones por gran mayoría. No se si en Hoyos y Aceituna habrá sucedido lo mismo. En el primero de estos pueblos había temores de ser muy reñida la lucha.
Estamos activando los preliminares para trabajar en las que tiene que haber para candidato a Cortes, por incompatibilidad de Montemar, sí nos unimos y se dirigen bien las elecciones contamos con probabilidades de triunfo, por estar fraccionado el partido realista entre un tal La Calle de Plasencia, el Gobernador de Toledo Sagasti, que es unionista y tiene su familia en Coria y un abogado de la Sierra de Gata llamado Bacas.
Sé de buena tinta que algunos de nuestros adversarios políticos, piensan dar su voto al candidato republicano que se designe por todo el partido.
Queda suyo. S. S. Q. S. M. B. José Maria Gil de Roda.


       No dudamos en manera alguna que nuestros correligionarios se pondrán de acuerdo para la elección de candidato después de disentir ampliamente las condiciones de cuantos aspiren a obtener sus votos. Nunca como en estos casos son necesarias la unión y armonía en los partidos.

26 de Mayo 1872: La Discusión. Diario Democrático, Edición Madrid Nº1.100
—Nuestros apreciables correligionarios de Villa del Campo (Cáceres), nos remiten la siguiente protesta que insertamos con gusto, porque ella es una prueba más de los innumerables y escandalosos abusos que el Gobierno ha cometido destituyendo corporaciones populares (se refiere a las corporaciones de Villa del Campo Cáceres, Cantillana, Sevilla, y  Constanti Tarragona,) cuyo poder es el poder legitimo de la democracia, sólo porque las ideas de estas corporaciones son distintas de las del Gobierno.
Esto es una arbitrariedad y una ignominia.
  He aquí el escrito á que nos referimos: «Este pueblo ha visto sucederse con universal asombro tres corporaciones municipales en el breve espacio de nueve días, hecho que no registrará ninguna provincia espiando en su azarosa historia constitucional.
El día 9 del actual se recibió una comunicación del gobernador civil de esta provincia de Cáceres en que se destituía al Ayuntamiento elegido por el pueblo, nombrando en su lugar otro. Este se constituyó anunciándolo al público, y el diputado ministerial de este distrito, D. Julián Zugasti, escribió al alcalde á los pocos ellas ofreciéndole su valimiento y protección , que sólo llegó hasta el 18 del mismo mes, en que fue depuesto por otra nueva Orden, así como los demás concejales excepto, dos.
Estos Cambios sin motivo ni causa alguna; estas órdenes y contraórdenes por puro capricho y lujo de mandar, menospreciando leyes y respetos que merecen todas las poblaciones, cualquiera que sea su importancia social, excede á todo lo que se ha hecho en los tiempos del moderantismo más feroz, y aun creen los firmantes que ni en los de Fernando VII se haría.
Los que esto manifiestan para que llegue á conocimiento de todos los pueblos del partido de Coria, provincia de Cáceres, y los demás de España, protestan del modo cómo se cumplen las leyes y se fuerza á obedecer sus trasgresiones, rogando á V Sr. Director, que lo inserte en las columnas de su distinguido periódico, por lo cual le anticipan las gracias sus afectísimos amigos y correligionarios que le desean salud y República federal.

Villa del Campo 20 de mayo de 1872.— Ramón Gutiérrez, Juan Gil,  Vicente Cunig, José Maria Gil de Roda, Sandalio Rodríguez Módenes, Enrique Alegre, José Prieto, Matías Barquero. Franfisco Clemente, Juan Alcon Gil, Agustín Escudero, Tomás Flores.»

17 de Junio 1871: La Humanidad, Periódico Semanal.
Eco de la Asociación Libre-Pensadora de Barcelona: Año II Número 24
EL TEATRO CRISTIANO
Uno de los ensueños de mi vida cuando abrí los ojos de la razón ante el espectáculo indescriptible que ofrecen las maravillas del universo y las instituciones político-religiosas, fue el de que llegase un día en que se descorriese el lúgubre y degradante antifaz con que cubre el clero su abominable farsa, y apareciera completamente desnudo á las asustadizas imaginaciones de los devotos que pasan el tiempo entre rezos, salmodias, mortificaciones y otras prácticas impropias de la gravedad y circunspección que deben presidir los actos humanos.
Viendo correr el tiempo inútilmente; víctimas el pensamiento y la palabra de ominosas tiranías que cayeron á impulsos del vendaval revolucionario, dudé ansiosamente muchas veces de ver llegar el día en que saludara gozoso la aurora de nuestra resurrección social.
Afortunadamente ese día ha llegado...
Es cierto que no aparece diáfano y transparente, que oscuros y densos nubarrones dejan escapar de sus medrosas profundidades frecuentes llamaradas eléctricas, signos infalibles de próximas y seguras tempestades, porque han salido fallidas las mas nobles y legítimas esperanzas; pero estamos en el principio de ese día grande, magnífico y salvador, y podemos gritar ebrios de placer: ¡Abajo la repugnante comedia religiosa! ¡Abajo el tráfico vil é ignominioso de la razón y de la conciencia! ¡Guerra á muerte á todo culto!
¡Ah! ¡Escribo esto y la pluma se estremece de gozo entre mis dedos! ¡Dudo que mis ojos, que mi corazón, que mi ser todo, haya visto y tocado este inesperado día, porque mil veces creí morir antes de llegar á verlo!
Y lo veo, lo toco y lo siento: y dominado por su poderoso y vivificante influjo, cojo enajenado la pluma y grito inundado de júbilo: ¡Guerra á muerte á todas las religiones! ¡Guerra á muerte á esa humillante y oprobiosa farsa que hace del hombre una bestia, y lo convierte en ridículo juguete de los embaucadores por excelencia, de los alquimistas clericales que han sabido sacar de algunos cuentos monstruosos inagotables tesoros, remontándose á los espacios de lo sorprendente y desconocido, con mengua de la dignidad humana.
¡Y qué medios han excogitado para llegar á tan asombrosos fines!
Su esfera de acción, su teatro ha sido igual en todos los climas, en todas las naciones, en todas las razas.
El Bonzo, el Imán, el Rabino, el Eclesiástico y todos los que dirigen ó enserian cualquiera religión ó culto, todos han recurrido á las mismas ó análogas engañifas y ardides para esclavizar á los tontos.
Hay diferencia, es cierto, entre una pagoda, una, catedral, una sinagoga y una mezquita; entre un altar druídico y un adoratorio mejicano; pero dada la abdicación de las facultades mentales en servicio de una secta; encadenando la razón y la conciencia al poste afrentoso de la fe, no se ve, no se oye, ni se entiende más que lo que los intérpretes sibilíticos de Dios quieren hacernos oír y entender.
Quizás no se cuente ninguna secta que haya sabido preparar y construir su escenario con más habilidad y destreza que la cristiana; pues desde la solitaria y agrieteada capilla de aldea hasta la soberbia y fastuosa basílica que descuella en medio de rica y poblada ciudad, en todas se ve dominar la astucia y el profundo conocimiento que han hecho del corazón humano los mimados sucesores de Moisés, del varón insigne que hacia brotar relámpagos de las alturas del Sinaí, y tuvo el raro y estupendo privilegió de seguir hablando después de muerto. (1)
Ved esos magníficos y costosos monumentos, obras laboriosas de siglos, en que se necesitaron el concurso de pueblos y generaciones para darles cumplido remate. Paraos ante sus delicados dibujos, vastas y espléndidas bóvedas, altas agujas y gigantescas torres embellecidas con los primores que crearon los mas superiores ingenios y dotadas de medios poderosos de comunicación que con vibrante tono hacen llevar á las muchedumbres sus dolores, sus alegrías, sus congojas y la alarma y el sobresalto que precede á las sangrientas conmociones que barren y cambian la faz de los pueblos: penetrad en su anchuroso recinto decorado con pinturas, mármoles, jaspes, bronces y los metales mas preciosos bellamente dispuestos y combinados: ved brillar en ricos altares á los ídolos, ataviados con las galas que más inquietan y seducen á los que se prosternan ante ellos, y ved una porción de hombres que se dicen sagrados vestidos con lujosos trajes de hilo y seda, bordados de plata y oro que se muestran al público haciendo visajes y contorsiones con gravedad forzada, envolviéndose entre nubes de odorífero incienso que embalsaman la atmósfera: Oíd los acordes acentos de numerosas y escogidas voces, y las notas que débiles ó suaves, lentas ó pausadas, rápidas ó vigorosas, lanza al aire el ostentoso órgano: reparad como pasado algún tiempo, callan de repente los sonidos todos„ apagándose los últimos ecos en los apartados ángulos del espacioso templo, para dejar oír la palabra de un ministro del culto que se dirige con reposado continente á la tribuna religiosa profusamente engalanada: reparadlo bien: examinad aquellos ojos fijos en tierra; aquella boca que apenas se atreve á murmurar algunas ininteligibles frases y sus brazos descansando sobre el duro y fuerte remate del círculo, que le rodea cuál si necesitase aquel sólido apoyo para sostener los profundos y difíciles pensamientos que gravitan penosamente sobré su inspirada cabeza: ved como cambia y se trasforma á medida que adelanta en su peroración: ya el acento es más seguro y los movimientos pierden el embarazo que al principio tenían: su cara se anima, sus brazos se mueven, sus ojos brillan; y arrogante, altivo y ufano del alto puesto que ocupa; viendo mudos y sumisos á sus pies á innumerables creyentes; se apodera del fuego divino que cree arde en su calenturiento cerebro, y arrogándose el poder de un Dios, fulmina los rayos de su cólera sobre la espantada multitud que gime y suspira aterrada, creyendo ver abrirse la tierra y precipitarse en las horrorosas llamas del infierno, ó que ruge pavoroso el trueno encima de sus execrables cabezas, dignas en aquel instante de los mas terribles castigos; en tanto que allá en sombrío y retirado confesionario abre el tímido penitente su corazón á hipócrita y astuto sacerdote que le hace escuchar con pérfida malicia los furibundos anatemas que arrancan del púlpito, para sumirle en el desolador sendero del fanatismo y la superstición.
Impresionados los fieles con la variedad de sensaciones que experimentan; arrobados en la contemplación de sus propias ideas, modificadas por las arrebatadoras armonías de la música y del canto; por el centelleo de las luces que hacen brillar mil objetos bruñidos por la mano del genio y las caprichosas y perfumadas espirales de incienso que se elevan y extienden por todas partes; subyugados los sentidos, voluptuosamente adormecida la razón y excitadas hasta el éxtasis las facultades todas, se figuran ver en ese conjunto bello y delicioso, la majestad del Dios que allí se muestra grande, terrible y misterioso, y ofrece á sus atónitas miradas otras grandezas, portentos y maravillas en las inmensas y dilatadas regiones celestiales que él llena con refulgente gloria, y disfrutan millones y millones de espíritus bienaventurados.
La función religiosa termina, y atravesando calles y plazas los espectadores, se dirigen á sus descuidados hogares donde resumen y comentan calurosos la comedia que acaban de ver, escuchándolos sus familias con devoción y recogimiento sin atreverse al disentir de las apreciaciones piadosas que les han imbuido los cómicos sagrados, fieles guardianes de la palabra y secretos que alberga el omnipotente.
He aquí el espectáculo que se viene repitiendo por millares de años en todos los ámbitos de la tierra con variantes en la forma, aunque no en el fondo: he ahí la magia, el secreto y el encanto de esa institución avasalladora, cuyo fin es enriquecerse á costa de la más repugnante servidumbre, embruteciendo la razón y pisoteando la conciencia.
Villa del Campo 12 de Mayo de 1871. J. M. Gil de Roda.
Deuteronomio, Cap. XXXIV, versículos desde el 5, hasta el 12.

Es más que probable, que alguno haya caído en la cuenta que este José Maria Gil de Roda, es el que con anterioridad que con anterioridad habíamos visto en el blogs y sí quienes compraron el libro lo ha leído, habrán comprobado que se trata del farmacéutico de los famosos Vejigatorios que presentó en la revista el Restaurador Farmacéutico, sección Varia Nº 26 de dicha revista, año 1867.
Dicho farmacéutico era un enfervorizado Republicano Federalista, fue Alcalde de Villa del Campo, al menos, en 1869.
En la legislatura 1873-74 fue Diputado a Cortes por la Circunscripción de Cáceres, distrito de Coria, en las Elecciones celebradas el 10 de Mayo de 1873, con un total de 2.980 votos de los 5,178 posibles, su Nº de credencial fue 307 y ejerció desde el 6 de Junio de 1873 al 8 de Enero de 1874 y alcanzo gran fama en la comarca, sobre su muerte oficialmente producida el 13 de Febrero de 1895, corrió una leyenda urbana que dada su ideología Republicana y anticlerical bien pudo ser verdad, unos diez-doce años de su muerte, una ley obligo a los Ayuntamientos a disponer de un recinto cerrado y decente para aquellos que de algún modo no murieran en gracia de Dios, es decir lo que se conoció como Cementerio Civil, como parece obvio por este manifiesto y el posterior Soneto, este señor ni podía ni querría ser enterrado en un cementerio Católico, dada su acaudalada condición (son notables las posesiones que se le conocían) es lógico que la familia lo enterrara en un panteón, y es aquí donde arranca su leyenda.
El o la familia, encargo en panteón en el cementerio civil, a unos albañiles de Pozuelo, debido a las condiciones metereológicas, el panteón no se terminaba, y en aquel Febrero de 1895 la familia iba y venia a Pozuelo con excesiva frecuencia metiendo prisa a los albañiles para que terminasen el panteón, dichos albañiles no entendían que con la que caía, un panteón corriera tanta prisa, el problema esta en que el señor Gil de Roda ya había fallecido y su cuerpo olía cada vez más.

26 de agosto 1871: La Humanidad, Periódico Semanal.
Eco de la Asociación Libre-Pensadora de Barcelona: Año II Número 34

SONETO.
La religión cristiana es grande y santa:
siglos y siglos cuenta de existencia,
y armada de ostentosa omnipotencia,
en todas partes su estandarte planta.
Su gloria, al pavoroso Infierno espanta
y legiones de santos su asistencia
la prestan con amable complacencia,
y el cielo su poder, su fuerza canta.
A sus decretos el mar tempestuoso,
que ronco y fiero se agita horripilante,
acata y obedece en cualquier hora.
Y al mismo Dios, al Todo-Poderoso,
Hace bajar de lo alto en un instante
y le PARTE, le MASCA y le devora.

  Villa del Campo Agosto 1871
J. M. Gil de Roda.

26 de Mayo 1872: La Discusión. Diario Democrático, Edición Madrid Nº 1.100
—Nuestros apreciables correligionarios de Villa del Campo (Cáceres), nos remiten la siguiente protesta que insertamos con gusto, porque ella es una prueba más de los innumerables y escandalosos abusos que el Gobierno ha cometido destituyendo corporaciones populares (se refiere a las corporaciones de Villa del Campo Cáceres, Cantillana, Sevilla, Constanti Tarragona,) cuyo poder es el poder legitimo de la democracia, sólo porque las ideas de estas corporaciones son distintas de las del Gobierno.
Esto es una arbitrariedad y una ignominia.
  He aquí el escrito á que nos referimos: «Este pueblo ha visto sucederse con universal asombro tres corporaciones municipales en el breve espacio de nueve días, hecho que no registrará ninguna provincia espiando en su azarosa historia constitucional.
El día 9 del actual se recibió una comunicación del gobernador civil de esta provincia de Cáceres en que se destituía al ayuntamiento elidido por el pueblo, nombrando en su lugar otro. Este se constituyó anunciándolo al público, y el diputado ministerial de este distrito, D. Julián Zugasti, escribió al alcalde á los pocos ellas ofreciéndole su valimiento y protección , que sólo llegó hasta el 18 del mismo mes, en que fue depuesto por otra nueva Orden, así como los demás concejales excepto, dos.
Estos Cambios sin motivo ni causa alguna; estas órdenes y contraórdenes por puro capricho y lujo de mandar, menospreciando leyes y respetos que merecen todas las poblaciones, cualquiera que sea su importancia social, excede á todo lo que se ha hecho en los tiempos del moderantismo más feroz, y aun creen los firmantes que ni en los de Fernando VII se haría.
Los que esto manifiestan para que llegue á conocimiento de todos los pueblos del partido de Coria, provincia de Cáceres, y los demás de España, protestan del modo cómo se cumplen las leyes y se fuerza á obedecer sus trasgresiones, rogando á V Sr. Director, que lo inserte en las columnas de su distinguido periódico, por lo cual le anticipan las gracias sus afectísimos amigos y correligionarios que le desean salud y República federal.

Villa del Campo 20 de mayo de 1872.— Ramón Gutiérrez, Juan Gil,  Vicente Cunig, José Maria Gil de Roda, Sandalio Rodríguez Módenes, Enrique Alegre, José Prieto, Matías Barquero. Franfisco Clemente, Juan Alcon Gil, Agustín Escudero, Tomás Flores.»

2 de Julio de 1872: La Discusión, Diario Demócrata
Correo de Provincias
Extremadura. Sobre un suceso de que ya hace tiempo tienen noticia nuestros lectores, se nos dan curiosos detalles en la siguiente carta:
Sr. D. Bernardo García.
Villa del Campo 28 junio de 1872.
Mi estimado correligionario, lo que aquí sucede con los carlistas es digno de que se sepa, para que se aprecie la actitud que toman ciertos hombres en el desempeño de sus obligaciones.
A poco de haberse internado en Portugal la partida de carabineros y paisanos mandada por el teniente Naranjo, aparece otra en las inmediaciones de Granadilla y la Zarza, dirigiéndose hacia este pueblo de Villa del Campo, donde cuenta con al apoyo del ayuntamiento, que es carlista, y cuantas personas le rodean, al fin, sin duda, de reclutar alguna gente o de cometer algún atentado poco religioso y moral con ayuda de los curas y sacristanes que cooperan en honra y gloria de Dios á hacernos atravesar el dintel de las puertas celestiales.
Viendo que este alcalde no tomaba disposiciones ningunas para proteger las vidas é intereses de estos vecinos, los republicanos que aquí somos, nos dispusimos á la defensa y el ataque, participando nuestra decisión á algunas autoridades para que adoptasen las medidas oportunas. Tiene conocimiento la guardia civil de esta segunda facción; y se dirige con fuerzas bastantes á los puntos donde parecía hallarse el foco de ella; y pernoctando unos siete guardias en el pueblo de Santibáñez el Bajo, del que es cara párroco D. José Hernández, oficial que fue en la pasada guerra civil a las órdenes de Cabrera, son insultados y amenazados por los vecinos de dicho pueblo, que se arrojan sobre ellos a gritos, con piedras, palos e instrumentos cortantes; viéndose en la necesidad de herir á varios á la bayoneta, y disparando sus armas.
Inútil fue a los bravos guardias pedir auxilio al alcalde, cuando temieron que aquel populacho feroz llevase adelante sus caritativas y piadosas intenciones. Todo estaba en reposo y silencio y todos se excusaban contribuir a sofocar un  motín que nada bueno prometía: Solo el maestro de niños, don Valentín Barros, trató de amparar en su casa á los valientes guardias que, delicados y pundonorosos, no quisieron parapetarse en ella por las consecuencias que pudieran sobrevenirle, saliéndose denodados al campo.
Con tan grave suceso, se aproximaron á Santibáñez destacamentos de más guardias, y nosotros que veíamos aquí otro centro de insurrección por las noticias que se nos daban continuamente de seguir vagando la partida carlista en las cercanías y hallarse en casa de una hermana suya en este punto, el cura del referido pueblo, de quien se tenían vehementes sospechas de su connivencia con los facciosos y hasta de haberles acompañado por indicios y pruebas que se habían sorprendido, advirtiendo la creciente agitación, frecuentes reuniones, idas y venidas de curas y afiliados en el carlismo; intentamos dar publicidad á tales hechos, para que las autoridades civiles y militares vieran de poner coto á cualquier proyecto subversivo que indudablemente se elaboraba por mediar muchas personas en su confección y existir las causas ligeramente reseñadas.
Pero el señor juez de primera instancia interino, criatura hecha y modelada bajo el benéfico soplo del diputado Sr. Zugasti, á quien se le comunicó todo lo que ocurría; calló primero, y después, cuando se le hizo conocer lo urgente de la cosa, se contentó con dar excelentes consejos, muy buenos cuando no existen los motivos que aquí hay para emplearlos tal como se previene.
Los jefes de unos treinta guardias civiles que aquí se dirigieron, entraron en dos o tres casas, cogieron una o dos escopetas, tomaron chocolate en amor y compañía del señor cura y otras personas enjusdem furfuris, lleváronse algunos bagajes de republicanos en su mayor parte, cuando los señores carlista estaban más al alcance de la mano del alcalde por desempeñar este servicio, y sin despedirse del juez municipal, sin hacerle el más pequeño ofrecimiento ni dirigirle la más mínima pregunta que oliese á celo y deseo de cazar á los verdaderos creyentes, se fueron con su gente otra vez de donde habían venido, enviando á los bagajeros á sus casas sin retribuirles por estar en función de guerra según estos han dicho, y aquí paz y después cualquier cosa.
Esta manera de perseguir a los que se levantan en armas contra el gobierno, esta sorprendente actividad y desusada energía que no permite á los jefes de la guardia civil destacar unos cuantos hombres para apoyar á los que militan en las avanzadas de las ideas protectoras del pueblo; ese calenturiento ardor que demuestran les autoridades encargadas de sostener las instituciones vigentes abandonándolas á los esfuerzos aislados de los buenos patricios, son digno, Señor director, de tributarles las alabanzas merecidas y hacerlo saber al mayor numero posible de ciudadanos, para que cada cual se eche sus cuentas en tales casos y defienda, decidido como nosotros, los derechos individuales con la boca de excelentes escopetas y seguros revolvers para no verse expuesto a que los manchen y huellen oscuras y ominosas plantas.
Es de V. suyo S. S. Q .S .M .B. José Maria Gil de Roda.

5 de Marzo 1873: El Gobierno (El Gobierno Diario Político de la Mañana) Año II Número 77 
Sr. ZUGASTI: ¿Sabe el señor ministro dé la Gobernación que en la provincia de Cáceres han sido destituidos algunos Ayuntamientos en el momento en que se proclamó la república, y a pesar de lo dispuesto en contrario por el Gobierno, continuar los nuevos Ayuntamientos negándose á obedecer al Poder Ejecutivo, dándose el ejemplo de que los, que han cometido esos actos son los que se llaman republicanos? En Galisteo el Ayuntamiento ha sido también destituido por la fuerza y separado el juez, municipal dé Villa del Campo y Pozuelo. ¿Está dispuesto el señor ministro de la Gobernación á telegrafiar al gobernador para: que haga cumplir la ley?

Mayo 1873 Acta de Diputado
Congreso de los Diputados - Histórico de Diputados 1810-1977

Elecciones: 31. Elecciones 10.5.1873
Legislatura: 1873-1874
Circunscripción: Cáceres
Distrito: Coria
Votantes: 5.178
Votos obtenidos: 2.980
Nº credencial: 307
Fecha de alta: 05/06/1873
Fecha de baja: 08/01/1874
Observaciones
Fecha de alta la de aprobación del acta. 
Signatura:
A.C.D. Serie documentación Electoral: 74 nº 10

5 de Junio 1873: La Discusión, Diario Democrático
Cortes Constituyentes
Extracto oficial de la sesión celebrada el día 4 de Junio de 1873
Presidencia Interina del Señor don José Maria Orense.
Abierta la sesión a las dos y cuarto, y leída el acta de la anterior, dijo:
«El Sr. González Cherma, deseo se  haga constar que ayer presente también cinco certificados referentes al acta de Nulos: y al mismo tiempo debo manifestar que en el Diario de las sesiones he advertido que al final de la sesión del día 1º se pone, que se dieron vivas á la República, Española y los vivas que se dieron yo creo que fueron a la Republica Federal, y así pido que conste.
El Sr. Secretario (López Vázquez): Constará.
Sin más, quedó aprobada el acta, previa la oportuna pregunta.
El Sr. Sánchez Villora. Por encargo de un amigo, tengo el honor de presentar varios documentos referentes al acta de Almansa.
El Sr. Tegerina: Presentó á la mesa dos documentos referentes á la elección do Peñaranda de Bracamonte, provincia de Salamanca.
El Sr. Riesco: Tengo el honor de presentar á las Cortes varios documentos que prueban las inexactitudes cometidas en la elección de Castropol, defectos que contiene el escrutinio general y mal sentido en las redacciones de los documentos que vienen á comprobar el acta presentada por el diputado electo, y ruego á la mesa los pase á la comisión para que los tenga presentes antes de dar dictamen.
El Sr. Casalduero: Tengo el honor de presentar algunos documentos relativos á la elección del distrito dé Sarria, provincia de Lugo; y suplico al mismo tiempo á la comisión de actas se sirva detener su dictamen respecto á este distrito hasta que lleguen otros documentos que no han podido hallarse aquí todavía por efecto de la dificultad de las comunicaciones en Galicia.
El Sr. Táillet: Tengo el honor de presentar á la mesa una exposición y varios documentos que se, refieren á las actas de Pontevedra, en los que constan los diversos abusos electorales cometidos á favor de don Indalecio Armesto, con objeto de que la comisión los tenga presentes al dar su dictamen.
El Sr., Pérez; Valeriano y Rubio: Debo presentar á las Cortes varios documentos que tienen relación con el acta del distrito do Almansa, de los cuales resulta que unos notarios que no veían ni oían, y á las veinticuatro horas ya oían y veían; y además una nota para forme parte de los documentos del  acta, de los cuales resulta que unos señores de Chinchilla han usurpado 61.000 fanegas de terreno, y esta es la causa de la influencia que tienen en, las elecciones.
El Sr. Secretario (López Vázquez): Todos estas documentos que se han presentado pasarán á la comisión de actas.»
Pasaron á la comisión de actas las credenciales presentadas por los señores don Tiroteo Alfaro, D. Raimundo Fernández Villaverde, D. Buenaventura Abarzuza y D. Serafín Arenzana Martínez.
A la misma comisión pasaron una solicitud de D. Antonio Villalonga, acompañando un documento referido a las actas de Ibiza; otra de D. Juan. Martínez, elector del distrito de Alharna, manifestando que el diputado electo por aquel distrito carece de actitud legal; y otra de D. Antonio Martín y Aguilar, entregada por el Sr. Villanueva, en solicitud de que se suspenda la aprobación del acta del distrito de Toledo.
Se dio cuenta, y las Cortes; quedaron enteradas, de que la comisión de Reglamento, se había constituido, nombrando presidente al Sr. Torres y Gómez y secretario al Sr. La Rosa (D. Adolfo).
El Sr. Pérez Valeriano y Rubio:
Desearía que se diera cuenta á la Asamblea de mi dimisión del cargo de secretario de la misma.
El Sr. Secretario (Soler y Plá): Debo decir que con acuerdo del mismo Sr. Pérez Rubio se ha suspendido el dar cuenta de la comunicación a que se ha referido S. S.
El Sr. Pérez Rubio: El Sr. Soler y Pla se equivoca. Se me exigía que así lo hiciera; pero he dicho que no podía permitirlo, y que la mesa obrara como correspondiese.
Esto es lo que yo he entendido, y lo cierto es que tengo gran interés en que la asamblea conozca los motivos que me han impulsado á presentar la dimisión del cargo con que el congreso me había favorecido.
El Sr. Presidente: Habíamos convenido en que no se tratara dé este asunto hasta enterarnos nosotros detenidamente de él; pero toda vez que ya se ha hablado, la mesa dará cuenta cuando lo crea oportuno.
Orden del Día
Discusión del dictamen de la comisión auxiliar y permanente de actas que quedaron sobre la mesa en la cesión de ayer.
Leído el de la comisión permanente, relativo a los individuos que componen la auxiliar, fue aprobado sin debate alguno, quedando admitidos y proclamados diputados los Señores D. Ángel Armentia, D. Eusebio Pascual y Casas, D. Salustio Víctor Alvarado y Somoza, D. Eustaquio Sontos Manso,  D. Juan Manuel dé Paz, D. Guillermo Soller. y D. Martín Barrera.
Asimismo fue aprobado sin debate alguno el dictamen de la comisión auxiliar, referente á las actas de los señores diputados que componen la comisión permanente y quedaron admitidos y proclamados diputa dos los Sres. D. Tomás de Andrés Montalvo. D. José Toribio Plaza Claramente. D. José Tomás Salvany. D. Tomas de la Calzada Rodríguez. D. Ramón Pérez Costales, D. Eleuterio Máisonnave Cutayár D. José González Alegre y Álvarez.
Acto continuo se leyeron, y quedaron sobre la mesa los dictámenes de la comisión auxiliar de actas que a continuación se expresan:
Dictado presentado por la comisión de actas
1 D. Francisco García López, Latina Madrid.
(Sucesivamente va apareciendo una lista de 346 diputados y en el numero 307 aparece José Maria Gil de Roda, Coria (Cáceres)…
Se levanta la sesión.

Eran las tres.

5 de Marzo 1874: El Magisterio Español: Revista General de la Enseñanza: Época 2ª Año VIII Número 377
Un colega de Cáceres amenaza al Ayuntamiento de Villa del Campo con denunciar un abuso, si no paga á los Maestros al corriente y si no los guarda las debidas consideraciones. Sentiríamos, dice, tener que poner de manifiesto todo lo que puedo hacerse y no se hace en este pueblo, según las noticias que so nos han comunicado. Parécenos quo no por eso cambiará la situación de los Maestros del citado pueblo, como cambiarla si hubiera suficiente energía en la autoridad.

17 julio 1874: La Correspondencia de España: Diario Universal de Noticias: Año XXV Número 6072
Villa del Campo (Cáceres) 15. En este pueblo se han celebrado con la mayor solemnidad unas honras fúnebres por el ilustre marqués del Duero, las cuales han sido costeadas por suscrición del ayuntamiento, juez y fiscal municipal.

1 de Mayo 1875: La Correspondencia de España: Diario Universal de Noticias: Año XXV Número 6360.
A CABA DE LLEGAR, A ESTA CAPITAL, Cava baja, posada del Dragón, cuarto núm. 35 un gran surtido de chorizos sin picante, morcillas y lomos Extrémenos de Villa del Campo, provincia de Cáceres.

25 de Septiembre 1876: El Magisterio Español: Revista General de la Enseñanza: Época 2ª Año X Número 561
Villa del Campo. J. B. Recibido su carta y libranza. Anotado el pago.
25 de Diciembre 1876: El Magisterio Español: Revista General de la Enseñanza: Época 2ª Año X Número 579.
Dentro de los años comprendidos entre 1876-1879 aparecen varias notificaciones de este tipo en la misma revista.


29 de Marzo 1879: El Pueblo Español: diario democrático de la tarde: Época Segunda Año IV Número 328
La reunión del Jueves
(El jueves 27 de marzo se produjo una reunión en casa del Sr. Laureano Figueroa de cuyos temas tratados se facilito un manifiesto a la prensa que decía).
A los lectores demócratas
Al convocarse nuevas Cortes suelen decir los ciudadanos lo que piensan y sienten acerca de los negocios de la patria. Lo diríamos nosotros si no viviéramos bajo leyes que respetan la manifestación de las ideas sólo en libros de doscientas páginas. A presentar embozadas nuestras opiniones, preferimos callarlas; nos limitaremos á examinar si los demócratas debernos o no acudir á las urnas.
Para luchar es indispensable que haya condiciones de lucha. Sería evidentemente insensato que hombres inermes se prestarán á combatir con ejércitos armados de todas armas; no podrían hacer más que gastar sus fuerzas y aumentar las del enemigo proporcionándole fáciles victorias.
Las armas de que aquí disponen los gobiernos para las contiendas electorales las conocemos todos. Se las puede contrarrestar sólo cuando libre la prensa, libres los partidos para reunirse y asociarse, libres los candidatos para airear á sus electores y hacerles tocar con el dedo los abusos del poder y los males de la patria, cabe mover la opinión y levantar á los pueblos de la postración en que los sumen tributos que todos los años aumentan, vejámenes que de día en día se agravan, y crisis interminables que van incesantemente disminuyendo el trabajo en las ciudades como en los campos. Aun así es insostenible la lucha, si á los muchos electores que viven á la sombra ó bajo la dependencia del gobierno no es posible oponer las masas de ciudadanos libres que tanto contribuyen á la vida y la riqueza de las naciones.
Hoy, lo sabe el país, no son electores sino ciertos contribuyentes. Los Jornaleros están por completo excluidos de los comicios. Lo están aún los pequeños proletarios que no paguen al año cien reales al Tesoro, y los industriales que no paguen doscientos. Son todos aptos para servir en los ejércitos y pagar tributos en lo que consuman; pero no digan á los ojos de los conservadores de intervenir en la elección de los hombres que hayan de representar lo mismo sus intereses que los de sus compatricios. Queda sin voto la inmensa mayoría de la nación, y con ella las clases más ávidas de libertad y reformas.
Está, por otra parte, la prensa bajo una ley tiránica. Se necesita de autorización para publicar periódicos, y no se la obtiene si no se satisfacen mil reales por contribución territorial ó dos mil por subsidio industrial ó de comercio. No se permite discutir ni la religión del Estado, ni la forma de gobierno, ni la actual organización de la propiedad y la familia, como si no enseñase la historia que todo ha sido objeto de eterna discusión y de frecuentes y saludables mudanzas. No se permite, y es más, decir nada qué á los ojos de las autoridades aliente esperanzas en los enemigos de la paz pública. Suponer imposible la continuación o el ejercicio del orden legal es ya un delito. Y caen los transgresores de la ley, no bajo el jurado, sino bajo un tribunal cuyos individuos elige á su voluntad el gobierno. Así vive la prensa estrecha y miserable vida.
En las luchas electorales es aún más necesaria que el periódico la hoja suelta. Por las hojas principalmente se despierta á los electores, se contesta á toda clase de cargos y se desconciertan las cábalas y las intrigas de los enemigos. Son una de las principales armas de combate. No se puede, sin embargo, publicarlas sin permiso del Gobernador o del Alcalde; y Alcalde y Gobernador pueden negarlo sin que les alcance responsabilidad de ningún género. De la negativa del alcalde cabe apelar al Gobernador y de  la del gobernador al ministro; pero, cuando se resuelva la alzada, ¿de qué habrá de servir las más de las veces el permiso?
No se hable de los derechos de reunirse y asociarse. Escritos están, pero sin las leyes que, según la Constitución, han de regular su ejercicio. Dependen del capricho del Gobierno, que puede autorizar á no las reuniones, presidirlas ó hacerlas presidir por sus agentes, respetarlas o disolverlas, obligadas á deliberar y resolver bajo su sombra y su amenaza.
¿Qué importa que en la ley electoral se haya aparentado hacer concesiones á las minorías? Universal el voto, podrían ser eficaces; restringido, son inútiles. Tanto más inútiles, cuanto que está todo combinado para hacerlas ilusorias.
Así las cosas, faltos completamente de garantías, nosotros todos les que este manifiesto suscribimos estamos por el más absoluto retraimiento: porque ningún demócrata vaya á las urnas ni para votar siquiera á los que como defensores de nuestros dogmas se presenten candidatos. Conviene que demos muestras de virilidad y de energía; que se nos sepa dispuestos á no transigir con situaciones que se atreven á proscribir, como ilegales, partidos que respetan las leyes, á mutilar derechos que, como inherentes á nuestra personalidad, no senos puede arrebatar sin amenguarnos, á encerrar dentro de doctrinas, formas y leyes qué no pueden ser eternas, el humano pensamiento. No es posible transigir sobre derechos, sin los que son imposibles así el pacifico progreso de los pueblos como la dignidad del hombre.
Se nos Cita por modelo la vecina Francia; pero allí tienen las oposiciones garantías de que aquí carecen, y allí el sufragio universal desde que se estableció, sobrevivido á todos los gobiernos. Devuélvansenos las garantías y los derechos consignados en el título 1º de la Constitución de 1869 y exímasenos del juramento como lo hizo la revolución de Septiembre, y concurriremos á los comicios. Mientras no hagamos en lo posible el vacío, alrededor de los hombres que nos mandan. Tal fue la conducta que contra nosotros siguieron los conservadores cuando todos los ciudadanos gozaban del derecho electoral y de la libertad más amplia: lo que ellos hicieron sin razón contra nosotros, hagámoslo nosotros contra ellos ya que nos lo exige el decoro y nos lo consiente la justicia.
Madrid 28 de Marzo 1879.
Le sigue una larga lista de ex-diputados que apoyan el manifiesto.
Entre los que estaba José Maria Gil de Roda.
Le sigue una nota de la editorial.
La reunión del partido progresista democrático, ó de lo que pudiéramos llamar centro democrático, reunión que ya conocen nuestros lectores en todos sus detalles, ha sido objeto de la atención de la prensa, que la juzga y examina según el criterio especial de cada periódico y las aspiraciones particulares de los distintos grupos políticos. Esta especie de juicio, este proceso de la prensa periódica es de suma importancia, porque, manifiesta, siquiera exteriormente y en sus efectos, las tendencias y el sentido que dominaron en aquella reunión, y aun lo que puede esperarse de aquel suceso…
Tres Días más tarde también aparecía en el diario La Unión Demócrata y otros medios.

6 de Mayo 1879: El Constitucional: diario liberal: Época Segunda Año XIV Número 3324
Nuevo Manifiesto, entre cuyos apoyos o firmantes se encontraba José Maria Gil de Roda.
A los Electores Moderados-Históricos
Señores del comité moderado de...
La coalición electoral del partido moderado, de legada de la junta directiva, ha de ser muy breve en la carta que dirige a sus correligionarios políticos, porque así lo exigen de consuno con los altos deberes que tiene que cumplir, la perentoriedad de las circunstancias y hasta el escaso resultado que desgraciadamente se promete de esta apresurada contienda, en que con más ventajas alguno, y muchas desventajas los otros, van á entrar en lid parlamentaria todos nuestros bandos políticos. El moderado se sacrifica hoy á sus deberes, porque partido de orden y de gobierno, no puede dejar de asistir á las urnas electorales, siquiera considere, cómo presente caso, que las armas  son completamente desiguales: La forzada situación que ha heredado este gobierno de su antecesor, preparado ya hace tiempo para el combate con sus Ayuntamientos sus Diputaciones Provinciales, censo Electoral  y cuantos más medios creía que eran menester para salir triunfante de las elecciones, hace imposible que haya hoy igualdad, equidad y justicia en la lucha de los partidos. No las hay ni aun para el mismo ministerio, que, proclamando franco, libre y leal el combate, se ha de encontrar desarmado ante las fuerzas organizadas del que le ha precedido. ¡Dios quiera que por este peligroso camino no lleguemos á resultados poco lisonjeros!

En tal estado de cosas, el partido moderado no lleva mas esperanzas que las que le inspiran el levantado carácter del actual presidente del Consejo de ministros, y la franca legalidad por éste tan noblemente proclamada. No en vano desde él principio del período más glorioso del general Martínez Campos, viene acompañándole nuestro partido, primero con su constante cooperación, sin vacilaciones ni dudas, y luego con su admiración y su entusiasmo. De aquí nuestra confianza en las generosas palabras del ilustre jefe del gabinete, que esperamos sean cumplimentadas por todos sus compañeros…