Villa del Campo
Don Evaristo Paramio Prieto, Juez
municipal, Presidente de la Junta municipal del Censo Electoral de esta villa.
Hago saber:
Que en cumplimiento del
artículo 22 de la Ley Electoral, tengo el honor de participar a V. E. que la
Junta de mi Presidencia y en sesión del día 1 del actual, acordó designar para
Colegios electoral de este pueblo de Villa del Campo, durante próximo año 1935,
así como la Estafeta donde se han de depositar los pliegos electorales, son los
siguientes:
Sección primera, Antigua Escuela
de niñas, sita en la planta alta de este Ayuntamiento, en la Plaza de la
Constitución.
Sección segunda, Posito, sito
en la calle Cárcel Vieja. Cartería de este pueblo sita en la calle de travesía
Plaza Hernán Cortés a López Hidalgo. Dado en Villa del Campo a 15 de Diciembre
de 1934. —Evaristo Paramio. —El Secretario, Francisco Botejara.
7 de Enero 1935: (1)
Alcaldías
Villa del Campo / Anuncio
Estando servida esta Secretaría
por persona no perteneciente al Cuerpo, se anuncia la misma para su provisión
interina, por el plazo de quince días, contados desde su publicación en el Boletín
oficial de la provincia, pudiendo los aspirantes dirigir sus instancias a esta Alcaldía,
con los documentos que acrediten pertenecer al Cuerpo de Secretarios.
Se hace constar que el sueldo
asignado es de 3.000 pesetas.
Villa del Campo a 29 de Diciembre
de 1934. El Alcalde, Pablo Martín.
14 de Enero 1935: (1) Tesorería de Hacienda
Anuncio
El señor Arrendatario de las Contribuciones de
esta provincia me participa haber tenido a bien nombrar Auxiliar recaudador de
este Arriendo, a don Evaristo Paramio Prieto, vecino de Villa del Campo, para
la zona de Hoyos tercera.
Aceptado el expresado
nombramiento, se hace público en este periódico oficial para conocimiento de
las Autoridades y contribuyentes en general, rogándole a la primera preste el auxilio
que dicho funcionario reclame en beneficio de los intereses del Tesoro,
debiendo advertir a los segundos que la capitalidad de la zona estará en la
plaza de los Hermanos López Hidalgo, número 1, de Villa del Campo.
Cáceres, 11 de Enero de 1935.
-El Tesorero de Hacienda, Arturo
Matos.
1 de Febrero 1935: (1) Juzgados
Coria
Don José Teruel Crespo,
Secretario del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia de la ciudad de Coria
y su partido.
Doy fe: Que en los autos de
juicio de desahucio que se siguieron en este Juzgado, a instancia del
Procurador don Modesto Albalá García, en representación de don Evaristo
Paramio, contra Dionisio Alcón Corchero y otros, sobre desahucio de la dehesa
denominada «Granja», sita en el término municipal de Villa del Campo, de donde
son vecinos todos; se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte
dispositiva dice:
Sentencia
En la ciudad de
Coria a catorce de Enero de mil novecientos treinta y cinco.
El señor don Benedicto
Hernández Herrero, Juez de Primera Instancia de la misma y su partido, en los
autos de juicio verbal que penden en este Juzgado, promovidos por don Evaristo
Paramio Prieto y don Gregorio Pablo Gutiérrez, vecinos de Villa del Campo y de
Calzadilla, sin que consten las demás circunstancias, litigando unidos bajo la
defensa y representación del Letrado don Vicente Lomo Hidalgo y del Procurador
don Modesto Albalá, contra don. Dionisio Alcón Corchero, Cecilio Alcón Gómez, Maximiano Alcón Gómez, Tomás Alcón Manzano, Pedro Alcón Gil, Marcial Alonso Pascual, Pedro Bonilla Corchero, Emiliano Canuto Gutiérrez, Gregorio Castellano Pascual, Manuel Clemente Clemente, Martín Corchero Castillo, Justa Corchero González, Pascasio Felipe Paule, Miguel Felipe Lorenzo, Leandro García Moreno, Dámaso García Gordo, Julián Gil Martín, Raimundo Gil Martín, Feliciano Gil Hernández, Clemencio Gil Guardado, Sinforiano Gil Prieto, Gregorio Gordo Pérez, Manuel Hernández Mirón, Francisco Hernández Gil, Marcos Hernández Fuentes, Primitivo Hernández Corchero, Hilario Iglesias Clemente, Andrés López Fuentes, Ángel López Corchero, Julián Lorenzo Moreno, Wenceslao Lucas Moreno, Mateos Lucas Castillo, Justo Lucas Sánchez, Eusebio Manzano Castillo, Pedro Manzano Martín, Marceliano Manzano Iglesias, Andrés Manzano Martín, Valentín Martín Clemente, Pablo Martín Gil, Juan Martín Sánchez, Emeterio Martín Gordo, Sandalio Miguel Iglesias, Demetrio Mirón Martín, Felipe Morcillo Martín,
Manuel Morcillo Martín, Emiliano Sánchez Manzano, Nicasio Naveira Gutiérrez, Donato Naveira Felipe, Victoriano Novoa Felipe, Marcelino Pariente Sánchez, Elías Parra Gil, Leonardo Pascual Martín, Felipe Pascual Serrano, Francisco Paule Amores, Nicolás Paule, Máximo Castillo Alcón, Florencio Pérez Paule, Antonio Pérez Paule, Jesús Sánchez Pariente, Gregorio Serradilla Gordo,
Fructuoso Serradilla Castillo, Donato Alcalá Serradilla, Eusebio Alcón Miguel, Felipe Alcón Corchero, Teodoro Alcón Gil, Fidel Alcón Gil, Federico Arias Espada , Eduardo Bonilla Gil, Paulino Bonilla Corchero, Manuel Bonilla Corchero, Elías Cardito Neila, Anacleto Castellano Pascual, Luciliano Castillo Gil, Joaquín Castillo Hernández, Benigno Castillo Bonilla, Gregorio Castillo Domínguez, Juan Clemente Antón, Victoriano Clemente
Hernández, Serafina Domínguez Tobal, Juan Felipe Gordo, Rafael Fuentes Corchero, Ignacio Fuentes Corchero, Pablo Pascual Martín, Eusebio Paule Martín, Inocencio Pérez Hernández, Toribio Pérez Gil, Pablo Prieto Gordo, Román Prieto Rodrigo, Román Hernández Naveira, Esteban Simón Barros, Juan Tobal Domínguez, Valentín VenturaGonzález, Gonzalo Tobal Domínguez, Bernardo García Lorenzo, Marcelino García Moreno, Mauricia Gil Corchero, Maximino Gil Blasco, Lope Gordo Gómez, Leoncio Gordo Martín, Tomás Gutiérrez Gil, Maximiano Jiménez Hernández, Celedonio López Gordo, Antonio Martín Mirón, Demetrio Lucas Hernández; Pablo Lucas Simón, Santos Lucas Pérez, Gerardo Manzano Sánchez, Pablo Martín Gutiérrez, Abdón Martín Fuentes, Tomás Martín Hernández, Agustín Martín García, Benito Miguel Castillo, Victoriano Mirón Alonso, Esteban Nevado Fuentes, Emiliano Nevado Fuentes y Andrés López Alcón, todos mayores de edad y
vecinos de Villa del Campo, y a quienes defiende y representa el Letrado don Antonio
Fernández Serrano y el Procurador don Cándido Simón Cantero, sobre desahucio de
la dehesa «Granja», sita en término municipal de Villa del Campo, que ha decir
de los actores, llevan en renta los demandados.
Fallo
Que debo declarar y declaro
haber lugar al desahucio intentado por don Evaristo Paramio Prieto y don
Gregorio Pablo Gutiérrez, contra Dionisio Alcón Corchero, Cecilio Alcón Gómez, Máximo Alcón Manzano, Tomás Alcón Manzano, Pedro Alcón Gil, Marcial Alonso Pascual, Pedro Bonilla Corchero, Emiliano Canuto Gutiérrez, Gregorio Castellano Pascual, Manuel Clemente Clemente,
Martín Corchero Castillo, Justa Corchero González,
Pascasio Felipe Paule, Miguel Felipe Lorenzo, Leandro García Moreno, Dámaso García Gordo,
Julián Gil Martín, Raimundo Gil Martín, Feliciano Gil Hernández, Clemencio Gil Guardado, Sinforiano Gil Prieto, Gregorio Gordo Pérez, Manuel Hernández Mirón, Francisco Hernández Gil,
Marcos Hernández Fuentes, Primitivo Hernández Corchero, Hilarlo Iglesias Clemente, Andrés López Fuentes, Ángel López Corchero, Julián Lorenzo Moreno, Wenceslao Lucas Moreno, Mateos Lucas Castillo, Justo Lucas Sánchez, Eusebio Manzano Castillo, Pedro Manzano Martín, Marcelíano Manzano Iglesias, Andrés Manzano Martín, Valentín Martín Clemente, Pablo Martín Gil, Juan Martín Sánchez, Emeterio Martín Gordo, Sandalio Miguel Iglesias, Demetrio Mirón Martín, Felipe Morcillo Martín, Manuel Morcillo Martín, Emiliano Sánchez Manzano, Nicasio Neveira Gutiérrez,
Donato Naveira Felipe, Victoriano Novoa Felipe, Marceliano Pariente Sánchez, Elías Parra Gil, Leonardo Pascual Martín, Felipe Pascual Serrano, Francisco Paule Amores, Nicolás Paule, Máximo Castillo Alcón, Florencio Pérez Paule, Antonio Pérez Paule, Jesús Sánchez Pariente, Gregorio Serradilla Gordo, Fructuoso Serradilla
Castillo, Donato Alcalá Serradilla, Eusebio Alcon Miguel, Felipe Alcón Corchero, Teodoro Alcón Gil, Fidel Alcón Gil, Federico Arias Espada, Eduardo Bonilla Gil, Paulino Bonilla Corchero, Manuel Bonilla Corchero, Elías Cardito Neila, Anacleto Castellano Pascual, Luciliano Castillo Gil, Joaquín Castillo Hernández, Benigno Castillo Bonilla, Gregorio Castillo Bonilla, Juan Clemente Antón, Victoriano Clemente
Hernández, Serafina Domínguez Tobal, Julián Felipe Gordo, Rafael Fuentes Corchero, Ignacio Fuentes Corchero, Pablo Pascual Martín, Eusebio Paule Martín, Inocencio Pérez Hernández, Toribio Pérez Gil, Pablo Prieto Gordo, Román Prieto Rodríguez, Román Hernández Naveira, Esteban Simón Barros, Juan Tobal Domínguez,
Valentín Ventura González, Gonzalo Tobal Domínguez, Bernardo García Lorenzo, Marcelino García Moreno, Mauricia Gil Corchero, Maximino Gil Blasco, Lópe Gordo Gómez, Leoncio Gordo Martín,
Tomás Gutiérrez Gil, Maximiano Jiménez Hernández, Celedonio López Gordo, Antonio Martín Mirón, Demetrio Lucas Hernández, Pablo Lucas Simón, Santos Lucas Pérez, Gerardo Manzano Sánchez, Pablo Martín Gutiérrez, Abdón Martín Fuentes, Tomás Martín Hernández, Agustín Martín
García, Benito Miguel castillo, Victoriano Mirón Alonso, Esteban Nevado Fuentes, y Emiliano Nevado Fuentes,a quienes condeno a que
desalojen la finca «La Granja», sita en término municipal de Villa del campo, en
el acto, con apercibimiento de que de no verificarlo se procederá a su
lanzamiento, imponiéndole también las costas del pleito, dedúzcase por el
Fedatario testimonio del particular denunciado, respecto de las citaciones para
cabecera del oportuno expediente, que se ha de instruir contra el Secretario
del Juzgado municipal de Villa del campo, en depuración de los hechos de que se
le acusa, dando cuenta tan pronto lo tenga deducido y si lo necesitare a los
efectos de la notificación de la sentencia, hágase uso por el Secretario del
beneficio que le concede el artículo doscientos setenta y uno de tan mentada
Ley Procesal.
Así por esta mi sentencia definitivamente
juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. —Benedicto Hernández. Rubricado.
Concuerda a la letra con su
original a que me refiero y para que conste y su publicación en el Boletín
oficial de la provincia, con el fin de que sirva de notificación en forma a los
demandados rebeldes.
García Gordo, Feliciano Gil Hernández, Sinforiano Gil Prieto, Gregorio Gordo Pérez, Manuel Hernández Mirón, Hilario Iglesias Clemente, Ángel López Corchero, Mateo Lucas Castillo, Valentín Martín Clemente, Pablo Martín Gil, Juan Martín Sánchez, Nicasio Naveira Gutiérrez, Donato Naveira Felipe, Victoriano Novoa Felipe, Marceliano Pariente Sánchez, Jesús Sánchez Pariente,
Fructuoso Serradilla Castillo, Eusebio Alcón Miguel, Teodoro Mirón Gil, Fidel Alcón Gil, Anacleto Castellano Pascual, Joaquín Castillo Hernández, Gregorio Castillo Domínguez, Victoriano Clemente
Hernández, Serafina Dominguez Tobal, Juan Felipe Gordo, Ignacio Fuentes Corchero, Eusebio Paule Martín, Inocencio Pérez Hernández, Toribio Pérez Gil, Pablo Prieto Gordo, Esteban Simon Barros, Juan Tobal Domínguez, Gonzalo Tobal Domínguez, Bernardo García Lorenzo, Marcelino García Moreno, Tomás Gutiérrez Gil, Celedonio López Gordo, Demetrio Lucas Hernández, Pablo LucasSimón, Pablo Martín Gutiérrez, y Andrés López Alcón.
15 de Febrero 1935: La Libertad
Intereses Extremeños
Se encuentra en Madrid una Comisión
de Castuera, presidida por el abogado y vocal del Consejo provincial de Unión Republicana
de la provincia de Badajoz, don Juan Ortiz Riero, integrada por pequeños
propietarios, los que representan a más de 400 cultivadores de la tierra, que
han venido a visitar al ministro de Agricultura para pedirle terrenos donde
trabajar con sus yuntas, sin que precisen ni aperos, ni semillas, ni auxilios
económicos, siendo trágica la situación de estos cultivadores a causa de haber
sido despedidos injustamente, con subterfugios, de las parcelas que venían labrando,
por los dueños y grandes arrendatarios de las dehesas de Castuera, no obstante
haber cumplido siempre con todas las obligaciones que dimanaron de los
contratos de aparcería, en cuya virtud cultivaban, a pesar de ser ventajosísima
para los propietarios la participación que éstos tomaban de los frutos
recolectados.
El Sr. Jiménez Fernández ha
recibido en el Congreso a la Comisión aludida, poniendo de manifiesto sus
buenos propósitos para atender sus justas peticiones, por considerarlas en
armonía con un proyecto de ley que hace tiempo tiene presentado a las Cortes
para resolver la aflictiva situación de los pequeños cultivadores de Extremadura,
proyecto que por causas ajenas a su voluntad no ha sido ya discutido y
aprobado, rogando a la Comisión que visite a los jefes de las minorías para que
con toda urgencia se resuelva el asunto.
También visitó al ministro de
Agricultura una Comisión de Cáceres del partido de Unión Republicana, presidida
por el abogado de aquella ciudad D. Antonio Fernández Serrano, quienes han pedido
al Sr. Jiménez Fernández la rápida terminación del expediente de la dehesa La
Granja, en término de Villa del Campo, ya que de su cultivo viven más de 200 familias
de pequeños yunteros, que están hoy en la miseria, habiendo prometido el
ministro que rápidamente se resolverá en justicia dicho expediente.
Estas dos Comisiones han sido
recibidas por el ex presidente del Consejo de ministros Sr. Martínez Barrio, y
les han acompañado a todos sitios los diputados del partido de Unión
Republicana D. Fulgencio Díez Pastor y D. Hermenegildo Casas, así como el vocal
del Consejo nacional de dicho partido D. José Majó Macias, que representa los intereses
de la provincia de Badajoz.
Las Comisiones han quedado
sumamente complacidas de las atenciones recibidas.
16 de Febrero 1935: (1) Junta
de Clasificación y Revisión de la Caja de Reclutas Número 49
Relación expresiva del jornal
medio de un bracero en el año 1935 y en la localidad de los pueblos de esta
provincia, en armonía con lo dispuesto en la Circular del Ministerio de la
Guerra de 17 de Diciembre de 1925 (D. O. número 281).
En el Campo dicho jornal
estaba establecido en 2,50
Pts .
23 de Febrero 1935: (1)
Administración de Contribución Territorial y
Propiedades del Estado
Circular
Habiendo transcurrido con
exceso el plazo señalado para presentar en esta Administración las
certificaciones del 20 por 100 de Propios, del 10 por 100 de Pesas y Medidas y
del 10 por 100 de Forestales, correspondientes al año 1934, y siendo los Ayuntamientos
que se citan al final de esta Circular los que no han cumplimentado dicho
servicio, teniendo al descubierto los cuatro trimestres vencidos, se les previene
la necesidad de remitirlas en el improrrogable plazo de ocho días, a contar
desde la publicación de esta Circular en el Boletín oficial, significándole que
transcurrido dicho plazo sin haberlo verificado y sin nuevo aviso, se les
impondrán la sanción debida, con la que quedan desde luego apercibido.
Las certificaciones se expedirán
una por cada concepto y trimestre y vendrán reintegradas con un móvil de 0'25.
Ayuntamientos que no han rendido
el servicio que se reclama:
Entre ellos estaba El Campo.
27 de Febrero 1935: (1) Junta
de Clasificación y Revisión de la Caja de Reclutas Número 49
Próximas las fechas en que
han de dar comienzo en los Ayuntamientos y Juntas de esta Caja las operaciones
de clasificación…
… Los mozos que obtengan en los Ayuntamientos una talla
inferior a 1,570 metros ,
serán clasificados útiles exclusivamente para servicios auxiliares, según
reforma del cuadro de inutilidades.
Los mozos de revisión que estuvieran
declarados útiles exclusivamente para servicios auxiliares, por algunos de los
defectos incluidos en los números 9, 18, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 32, 34 y
38, Grupo III del Cuadro no revisarán, pues su clasificación es definitiva.
Cáceres, 21 de Febrero de
1935. -El Teniente Coronel Presidente, Federico Acosta.
7 de Marzo 1935: (1) Presidencia del Consejo de Ministros
Dirección General del
Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Censo de jurados correspondiente
al año 1934, cuya formación ha sido ordenada por Decreto del Gobierno
provisional de la República de 18 de Junio de 1931
Provincia de Cáceres. Partido
judicial de Coria
Lista de varones que, con
arreglo al artículo 2.° del expresado Decreto, tienen derecho a figurar en la
general de Jurados de dicho Juzgado.
Ayuntamiento de Villa del Campo
Nº 266 Alonso Pascual,
Eusebio, 35 años, 35 de residencia, Domicilio C/ Cristo, 12 Bracero. Cabeza de
familia.
Nº 267 Arias Espada,
Federico, 52 años 15 de residencia, Domicilio Plaza, 18. Bracero. Cabeza de
familia.
Nº 268 Domínguez Felipe,
Felipe, 32 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Iglesia, 5. Labrador. Cabeza de
familia.
Nº 269 Domínguez Felipe,
Tomás, 30 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ No consta. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 270 Domínguez Gordo,
Demetrio. 54 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Cristo 31. Propietario. Cabeza de familia.
Nº 271 Domínguez Miguel,
Maximiano, 69 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Cárcel Vieja, 11. Agricultor.
Cabeza de familia.
Nº 272 Domínguez Sánchez,
Juan, 32 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ G. y Galán 18. Bracero. Cabeza de familia.
Nº 273 Manzano Cañada, Juan,
66 años, 15 Residencia, Domicilio C/ Oscura, 12. Retirado. Capacidad.
Nº 274 Manzano Castillo,
Eusebio, 67 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Paloma, 22. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 275 Manzano Iglesia, Marcelino,
34 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Retina, 18. Jornalero. Cabeza de familia.
Nº 276 Manzano Martín,
Andrés, 59 años, ídem. Residencia, Domicilio C/
L. Hidalgo, 5. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 277 Manzano Martín, Pedro,
57 años, ídem. Residencia, Domicilio C/
P. de la Calle, 16
Industrial. Cabeza de familia.
Nº 278 Manzano Sánchez, Juan
Antonio, 35 años, 9 de Residencia, Domicilio C/ Oscura, 12. Propietario. Cabeza
de familia.
Nº 279 Martín Corchero, Bartolomé,
53 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Fuente, l2. Propietario. Cabeza de
familia.
Nº 280 Martín Corchero,
Toribio, 30 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ No consta. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 281 Martín Felipe, Matías,
54 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Laguna,
2. Jornalero. Cabeza de familia.
Nº 282 Martín Fuentes, Adán,
55 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ G.
y Galán 54. Jornalero. Cabeza de familia.
Nº 283 Martín Gil, Pablo, 31 años,
ídem. Residencia, Domicilio C/ Vieja.
Bracero. Cabeza de familia.
Cáceres 26 de Noviembre 1934.
El Jefe Provincial de Estadísticas. Tomás Martín Gil.
12 de Marzo 1935: (1) Diputación
Provincial
Sesión del día 29 de Enero de 1935
… Aprobar los Padrones de Cédulas personales, correspondientes
al año 1935, de los pueblos que a continuación se expresan: Entre ellos, Villa
del Campo.
12 de Marzo 1935: (1) Presidencia del Consejo de Ministros
Dirección General del
Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Censo de jurados correspondiente
al año 1934, cuya formación ha sido ordenada por Decreto del Gobierno
provisional de la República de 18 de Junio de 1931
Provincia de Cáceres. Partido
judicial de Coria
Lista de hembras que, con
arreglo al artículo 2.° del expresado Decreto, tienen derecho a figurar en la
general de Jurados de dicho Juzgado.
Ayuntamiento de Villa del Campo
Nº 135 Gordo Sánchez,-Felipa,
34 años, ídem. Residencia, Domicilio C/
Cristo 36 Sus labores.
Casada.
Nº 136 Gordo Tomé –Adelaida,
33 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Álamos,
35. Sus labores. Cabeza de familia.
Nº 137 Guardada Domínguez, -Marcelina.
32 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Pizarro, 3. Sus labores. Casada.
Nº 138 Gutiérrez Gordo, -Teodora,
33 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Retina,
18. Sus labores. Casada.
Nº 139 Gutiérrez López -Quíntina
41 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Pizarro; 18 Sus labores. Cabeza de familia.
Nº 140 Gutiérrez Martín,
-Cayetana. 66 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ G. y Galán, 28. Sus labores.
Casada.
Nº 141Gutiérrez Martín, -Rosa.
30 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ No consta. Sus labores. Casada.
Nº 142 Alcón Alcón, Emiliana,
31 años, ídem. Residencia, Domicilio C/ Laguna, 11. Sus labores. Casada.
Cáceres 28 de Noviembre 1934.
El Jefe Provincial de Estadísticas. Tomás Martín Gil.
27 de Marzo 1935: (1) Sección Provincial de Estadística
Rectificación del Padrón Municipal de
Habitantes
Circular
No habiendo enviado aún a
esta Oficina, los Ayuntamientos que al final se relacionan, los documentos de
la Rectificación anual del Padrón municipal de habitantes en 1934, se pone en
conocimiento de los respectivos Alcaldes que, según está dispuesto, dichos
documentos deben obrar en esta Oficina, antes del día 30 del mes de Abril, advirtiéndoles
que, de no hacerlo, se tomarán las medidas pertinentes para sancionar su falta
de cumplimiento, de conformidad con las órdenes recibidas de la Superioridad.
Cáceres, 23 de Marzo de 1935.
-El Jefe Provincial da Estadística, Tomás Martín Gil.
Relación que se cita: Entre
los citados pueblos estaba El Campo.
Jefatura de Industria
El excelentísimo señor Gobernador
civil de la provincia, de conformidad con el informe emitido por esta Jefatura
de Industria y de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento de
Verificaciones Eléctricas de cinco de Diciembre de mil novecientos treinta y
tres, ha tenido a bien autorizar la aplicación de las tarifas siguientes, a la
Fábrica de electricidad de don Alfonso Arroyo Santos, para sus suministros de fluido
en los pueblos de Torre de Don Miguel, Cadalso de Gata, Hernán Pérez, Villanueva
de la Sierra, Villa del Campo y Pozuelo de Zarzón.
Tarifa a base fija
Por una lámpara de filamento metálico
de diez vatios, una peseta y ochenta y ocho céntimos al mes.
Por una lámpara de filamento
metálico de quince vatios, dos pesetas y cuarenta y nueve céntimos al mes.
Por una lámpara de filamento
metálico de veinticinco vatios, tres pesetas y cuarenta y dos céntimos al mes.
Por una lámpara de filamento
metálico de cuarenta vatios, cinco pesetas y treinta céntimos al mes.
Por una lámpara de filamento
metálico de sesenta vatios, seis pesetas y ochenta y cuatro céntimos al mes.
Tarifa por contador
Por el primer kilovatio hora
de consumo mensual, tres pesetas y cuarenta y dos céntimos.
Por los restantes kilovatios
hora de consumo mensual, sesenta y cuatro céntimos el kilovatio hora.
Todos los impuestos del
Estado, Provincia y Municipio, creados y por crear, serán de cuenta de los
abonados.
Lo cual se hace público en
cumplimiento del artículo ochenta y tres antes citado.
Cáceres, veintidós de Marzo de
mil novecientos treinta y cinco. —El Ingeniero Jefe, José Castiñeyra.
29 de Marzo 1935: (1)
Alcaldías
Villa del Campo
Don Pedro Gil y Gil, Juez
municipal suplente en ejercicio y como tal encargado del Registro Civil de
Villa del Campo (Cáceres). Hago saber: Que hallándose vacantes las plazas de
Secretario y Suplente de este Juzgado municipal, se anuncia su provisión a
concurso de traslado por término de treinta días hábiles, a contar desde el
siguiente al en que aparezca este anuncio en la “Gaceta de Madrid” y Boletín
oficial de esta provincia, con arreglo al Decreto de 31 de Enero de 1934.
Se hace constar que este pueblo
pertenece a la última categoría y que los concursantes deberán dirigir sus
instancias debidamente reintegradas y documentadas a este Juzgado o al de
Instrucción de este partido de Coria y con la advertencia de que el número de
habitantes es el de 1.338 y el agraciado sólo percibirá los derechos de Arancel
cuando actúe.
Dado en Villa del Campo a 23
de Marzo de 1985. —Pedro Gil. Por su mandado, el Secretario habilitado,
Francisco Botejara.
17 de Abril 1935: (1) Caja de
Reclutas número 49
Junta de Clasificación y Revisión
Circular
No habiendo remitido los
Ayuntamientos que se relacionan a esta Junta la relación, padrón que determina
el artículo 206 del vigente Reglamento de Reclutamiento, se hace saber por
medio de la presente, que si en el término de ocho días no tiene entrada en
esta Oficina, se impondrá la sanción de multa que autoriza el vigente Reglamento
de reclutamiento.
Cáceres, 11 de Abril de 1935.
El Teniente Coronel Presidente, Federico Acosta.
Relación que se cita: Entre
los pueblos citados estaba El Campo.
20 de Abril 1935: (1) Junta Provincial del Censo Electoral
Relación de Presidentes y Suplentes
de Mesa electoral, designados por las Juntas municipales del Censo para el bienio
de 1935-1936.
(Conclusión)
Villa del Campo
Distrito único Sección 1ª —Presidente,
don Eusebio Manzano Castillo; Suplente, don Silvestre Felipe Gil.
Sección 2ª —Presidente, don
Anastasio Nevado Gago; Suplente, don Manuel Corchero Camisón.
22 de Abril 1935: (1)
Alcaldías
Villa del Campo
Anuncio
Verificada la rectificación
del Padrón municipal de habitantes, correspondiente al año último de 1934,
queda expuesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por el término
de quince días, para oír reclamaciones.
Villa del Campo a 3 de Abril
de 1935. —El Alcalde, J. Antonio Manzano.
2 de Mayo 1935: (1) Tesorería de Hacienda
Anuncio
Por el pesante se hace saber,
de conformidad con lo prevenido en el artículo 65 del Estatuto de Recaudación
do 18 de Diciembre de 1928, que desde el día 1.° de Mayo próximo, según marca
el itinerario de cobranza que se acompaña, queda abierta la recaudación
voluntaria por todos sus conceptos tributarios con cargo al 2.° trimestre del
año actual, la que además del presente será anunciada en cada pueblo por el
señor Arrendatario de las Contribuciones e Impuestos de la provincia mediante
fijación de edictos en las Casas Consistoriales, con anterioridad al día en que
haya de realizarse.
Lo que se hace público para
conocimiento de los contribuyentes. Cáceres, 27 de Abril de 1935. —El Tesorero
de Hacienda, Arturo Matos.
Itinerario que ha de servir
de base para la Recaudación voluntaria del trimestre del año 1935. Villa del
Campo del 15 al 17.
6 de Mayo 1935: (1) Junta provincial del Censo Electoral
Relación de los locales y
estafetas de correo designados por las Juntas municipales del Censo Electoral,
para el corriente año de 1935.
Villa del Campo
Distrito único Sección 1ª
Antigua Escuela de niñas, sita en la planta alta del Ayuntamiento. Sección 2ª
Posito, sito en la calle Cárcel Vieja. Cartería del pueblo.
Villa del Campo
Recuento General de Ganadería de 1935, el cual
servirá de base para la contribución de 1936.
El documento antes señalado,
se halla expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por término
de ocho días, para que durante los cuales se puedan formular contra el mismo
cuantas reclamaciones se crean convenientes, advirtiéndose que pasados los
mismos, no se admitirá ninguna por justa que sea.
Villa del Campo a 16 de Abril
de 1935. El Alcalde Telesforo Hernández.
9 de Mayo 1935: (1) Recaudación de Contribuciones de la 3ª Zona de Hoyos
Edicto
Don Evaristo Paramio Prieto,
Recaudador auxiliar de la 3ª Zona de Hoyos. Hago saber: Que en el expediente de
apremio individual que instruyo contra los deudores don Juan Batuecas Soto, don
Nicéforo Batuecas Soto, don Norberto Batuecas Soto, doña Leoncia Batuecas Soto
y doña Paula Batuecas Soto, por el concepto de Derechos reales, se ha dictado
en el día de ayer, la siguiente Providencia.
— Decretado en único grado de apremio en estos
expedientes y transcurrido el plazo que señala el artículo 80 del Estatuto de
Recaudación vigente, sin que los contribuyentes a que el mismo se refiere hayan
hecho efectivo sus débitos, y desconociéndose el domicilio de los mismos,
requiéranse por medio de edicto e insertado en el Boletín oficial de la
provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del Ayuntamiento de
Pozuelo de Zarzón, a cuyo término municipal pertenece el descubierto perseguido,
al objeto de que comparezcan en el expediente ejecutivo, señalen domicilio o
representante, advirtiéndoles que transcurrido ocho días desde la inserción de
referido edicto en el Boletín oficial sin haberlo verificado, se decretará la
prosecución en rebeldía y se procederá inmediatamente al embargo de los
inmuebles afectos a débito reclamado, continuándose el procedimiento ejecutivo
hasta su terminación.
Lo que se hace público en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 154 del Estatuto de Recaudación vigente.
Villa del Campo a 23 de Abril
da 1935. —El Auxiliar, Evaristo Paramio.
14 de Mayo 1935: (1) Tesorería de Hacienda
Relación de los Ayuntamientos
de la provincia, contra los cuales han sido expedidas certificaciones de descubierto
por los débitos que se expresan. Ayuntamiento, concepto del débito, periodo a
que se refiere, pesetas céntimos.
Derechos Reales
Villa del Campo, Derechos
Reales 1934, 9,94Pts.
Villa del Campo, Derechos
Reales 1935, 10,81Pts.
22 de Mayo 1935: (1) Audiencia Territorial
Don Germán Repetto y Rey,
Secretario de Sala de esta Audiencia Territorial.
Certifico: Que el acta
levantada el día 20 del actual por la Audiencia Provincial de esta capital para
el sorteo de Jurados, copiada literalmente dice así:...
Coria
… Felipe Domínguez Felipe,
Villa del Campo.
3 de Junio 1935: (1) Juzgados
Coria
Don Benedicto Hernández Herrero,
Juez de Instrucción de este partido.
Por el presente edicto y,
conforme a lo ordenado en el sumario que bajo la actuación del infrascrito
Secretario instruyo con el número 50 del año actual, sobre sustracción de
caballerías, de la propiedad de Ángel Felipe Gil y Juan Domínguez Sánchez,
vecinos de Villa del Campo.
Ruego a las Autoridades de
cualquier orden que sean y encargo a los individuos de la Policía juncial, procedan
con actividad y celo a averiguar el paradero de los efectos sustraídos que a
continuación se detallan, y de ser habidos, a su ocupación y reseña, poniéndoles
a disposición de este Juzgado, así como a las personas que pudieran haber
tenido alguna participación, por el concepto que fuere, en el aludido delito,
éstas en calidad de detenidas; en obsequio a la recta y pronta administración
de justicia.
Lo sustraído y reseña que
consta en autos, es así: Un mulo castrado, de ocho años, alzada 1'42 metro , negro, raza
española, bocirrojo, (-) en negro, y un remiendo blanco en cada lado de las
cincheras y la marca de la Compañía La Mundial Agraria.
Otro burro de doce años,
entero, da 1'10 metro
de alzada, castaño claro, raza española y manchado en blanco del cuarto
delantero, lleva la marca de La Mundial Agraria en el anca derecha.
Dado en Coria a 23 de Mayo de
1935. —Benedicto Hernández Herrero.-El Secretario, José Teruel.
11 de Junio 1935: (1) Gobierno
Civil de la Provincia de Cáceres
Secretaria Negociado 3°
Según participan a este
Gobierno los Alcaldes de los pueblos que se citan, se hallan depositados de su
orden, en poder de un vecino, los semovientes que a continuación se reseñan,
por haberse aparecido en aquellos términos municipales, sin dueño conocido.
Lo que se hace público en
este periódico oficial, en cumplimiento de lo que determina el art. 8° del
Reglamento de 24 de Abril de 1905, dictado para la Administración y régimen de
las reses mostrencas; advirtiendo que en caso de no presentarse sus dueños a
recogerlos, dentro del plazo señalado en el articulo 14, se venderán en pública
subasta, la cual ha de celebrarse en la Casa Ayuntamiento del pueblo donde los
animales se hallan depositados. Cáceres, 10 de Junio de 1935. -El Gobernador
civil, Miguel Ferrero Pardo.
Señas del semoviente
Villa del Campo Una jaca
capona, de dieciocho años, blanca, alzada un metro y treinta centímetros, sin
hierro, ni señas particulares, herrada de las cuatro extremidades.
13 de Junio 1935: El Radical,
Periódico Republicano
A los Comités Locales de Nuestra
Organización
Por acuerdo de nuestra última
Asamblea, se hace preciso y con carácter de urgencia la rápida renovación de
todos los Comités Locales, advirtiendo no dejar pasar el mes de Junio, toda vez
que ello causaría un gran perjuicio en la organización de nuestros ficheros.
Detallamos por partido judicial, los que están al corriente en este acuerdo y
también los que aún no han cumplido; al objeto de que los Delegados de
Distrito, reclamen a sus Comités respectivos.
Este Comité Ejecutivo envió a
su debido tiempo las actas por triplicado a todas las organizaciones.
Partido judicial de Coria
Comités que no han renovado
sus actas: Entre ellos El Campo.
26 de Junio 1935: (1)
Ministerio de Agricultura
Dirección General de
Ganadería e industrias Pecuarias
Sección de Higiene y Sanidad
Veterinarias
Proyecto de clasificación de
partidos veterinarios de la provincia de Cáceres, hecho con arreglo a lo
dispuesto en Orden del Ministerio de Agricultura de 15 de Enero de 1935
Conclusión
Nº 115, Capital o matriz del
partido: Villa del Campo.
Ayuntamientos que integran el
mismo: Villa del Campo y Pozuelo.
Número de habitantes: El
Campo, 1,263. Pozuelo, 1,151.
Total del partido: 2,414.
Número de Veterinarios. 1.
Denominación del partido:
Mancomunado.
Nota
Los pueblos que se citan a
continuación, todos ellos de menos de 2.000 habitantes y sin posible
mancomunidad con otros análogos, deben ser agregados, a juicio del que
suscribe, a los partidos que se indican, por tener con ellos mayor proximidad y
mejores vías de comunicación:
Entre otros al Guijo de
Coria, con 861 habitantes a Villa del Campo.
Guijo de Galisteo, con 779 habitantes
a Villa del Campo.
2 de Julio 1935: (1)
Administración de Rentas Públicas
Negociado de Pagos
Ayuntamientos que tienen que remitir le
certificación del primer trimestre de 1935
Entre otros El Campo.
3 de Julio 1935: (1) Sección Provincias de Administración Local
Circular
No habiéndose cumplido por
varios Ayuntamientos de la provincia lo que en la Circular inserta en el Boletín
oficial número 43, de fecha 21 de Febrero se ordenaba; y siendo imprescindible
la remisión de las liquidaciones de los presupuestos de 1934, a los efectos de
proceder la Sección provincial de Administra-ión Local a la formación de la
estadística que ordene la Orden circular de la Dirección general de
Administración de fecha 7 de Marzo del corriente año, (Boletín oficial número
61).
En su consecuencia, hago
saber a los señores Alcaldes de los Ayuntamientos de esta provincia, y que a
continuación se relacionan; que estando incumplido el servicio antes mencionado
quedan incursos en el máximun de la multa que establece el artículo 274 del
Estatuto municipal.
Relación que se cita. Entre
ellos El Campo.
Lo que se publica en este periódico
oficial, para conocimiento de los interesados cuyo servicio debe quedar
cumplido dentro del plazo citado sin excusa ni pretexto alguno.
Cáceres, 29 de Junio de 1935.
El Gobernador civil, Miguel Ferrero Pardo.
6 de Julio 1935: (1) Tesorería
de Hacienda
Anuncio
El señor Arrendatario de las Contribuciones
de esta provincia, me participa haber tenido a bien nombrar Auxiliares
recaudadores de este arriendo, a don Fernando y Francisco Paramio Felipe,
vecinos de Villa del Campo, para zona 3ª de Hoyos.
Aceptados los expresados
nombramientos, se hace público en este periódico oficial para conocimiento de
las Autoridades y contribuyentes en general, rogándole a la primera preste el
auxilio que dichos funcionarios reclamen en beneficio de los intereses del
Tesoro.
Cáceres, 3 de Julio de 1935.
— El Tesorero de Hacienda, Arturo Matos.
12 de Julio 1935: (1) Junta
de Clasificación y Revisión
Relación nominal de los mozos
del alistamiento de 1935, declarados prófugos con expresión de los datos que de
ellos se tienen, (articulo 1869
Villa del Campo, Feliciano
Sánchez Debia, hijo de Pedro y Eusebia, paradero desconocido.
15 de Julio 1935: (1) Audiencia Territorial
Secretaria de Gobierno
Para dar cumplimiento a lo
que preceptúa la vigente Ley de Justicia municipal, en armonía con el Decreto
de 27 de Junio de 1934, se hace saber por medio del presente que los pueblos
que comprende la renovación ordinaria de Fiscales municipales en el año actual,
son los siguientes: Partido judicial de Coria: Entre ellos El Campo.
16 de Julio 1935: (1) Recaudación de Contribuciones de la 3ª Zona de Hoyos
Edicto
Don Evaristo Paramio Prieto,
Recaudador Auxiliar do la 3ª Zona de Hoyos. Hago saber: Que en el expediente de
apremio individual que instruyo contra los deudores don Antonio Corchero Reyes,
doña Manuela Anave Cañada , doña Isabel Castillo Hernández, don Ildefonso Castillo
Terroso, don Justo Corchero Lucas, don Juan Corchero Morcillo, don Víctor
Clemente Miguel, don Victoriano Clemente (hermanos), don Lázaro Felipe Fuentes,
doña Vicenta Fuentes Miguel , don Antonio Gordo Lucas, don Carlos Gil
(hermanos), don Ignacio Gordo Martín, don Pedro Gutiérrez Hidalgo, don Felipe
Gil Lorenzo, doña María Gil Gordo, don Pedro Gil Corchero, don Felipe Martín Miguel
y doña Valentina Paule (hermanos) deudores a la Hacienda pública por el
concepto de Contribución rústica, se ha dictado con fecha de hoy la siguiente Providencia:
Decretado el único grado de
apremio en este expediente y transcurrido el plazo que señala el artículo 80
del Estatuto de Recaudación vigente, sin que los contribuyentes a que el mismo se
refiere hayan hecho efectivo sus débitos, y desconociéndose el domicilio de los
mismos, requiéranseles por medio de edicto e insertado en el Boletín oficial de
la provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del Ayuntamiento
de Villa del Campo, a cuyo término municipal pertenece el descubierto
perseguido, al objeto de que comparezcan en el expediente ejecutivo, señale
domicilio o representante; advirtiéndoles, que transcurridos ocho días desde la
inserción de referido edicto en el Boletín oficial sin haberlo verificado, se
decretará la prosecución en rebeldía y se procederá inmediatamente al embargo
de los inmuebles afectos al débito reclamado, continuándose el procedimiento
ejecutivo hasta su terminación.
Lo que se hace público en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 154 del Estatuto de Recaudación vigente.
Villa del Campo a 2 de Julio de
1935. — El Recaudador Auxiliar, Evaristo Paramio Prieto.
23 de Julio 1935: (1) Presupuesto
de Ingresos y Gastos de la
Mancomidad Sanitaria de
Municipios de la provincia de Cáceres para el Segundo semestre del año de 1935
Sección primera
Instituto Provincial de Higiene
Ingresos
Capítulo primero. —
Ayuntamientos:
Artículo único. — Por el 1
por 100 del Repartimiento girado entre los Ayuntamientos de la provincia, según
su Presupuesto de Ingresos de 1934 (Mitad para un semestre), según relación que
a continuación se indica:
Villa del Campo, 103,70Pts.
24 de Julio 1935: (1) Presupuesto
de Ingresos y Gastos de la
Mancomidad Sanitaria de
Municipios de la provincia de Cáceres para el Segundo semestre del año de 1935
Sección Segunda
Instituto Provincial de Higiene
Ingresos
Capítulo primero. —
Ayuntamientos:
Artículo único. — Por el 1
por 100 del Repartimiento girado entre los Ayuntamientos de la provincia, según
su Presupuesto de Ingresos de 1934 (Mitad para un semestre), según relación que
a continuación se indica:
Villa del Campo, 3.208,75Pts.
Cáceres a 9 de Julio de
1935.-El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de Hacienda-Presidente,
E. de Muslera. — Rubricado.
Capítulo segundo. —Atrasos
Artículo único. Para el pago
de atrasos a los funcionarios sanitarios con arreglo a los acuerdos que se estipula
en la Base 13 de la Ley…
(Este Capítulo queda en suspenso por dos meses según
Orden Ministerial de 25 de Junio de 1935).
Cáceres a 9 de Julio de 1935.
— El Secretario general, A. del Campo.
—Visto bueno, el Delegado de
Hacienda-Presidente, E. de Muslera. Rubricado.
Gastos
Capítulo primero.-Médicos de
Asistencia Pública domiciliaria
Artículo único.-Para pago de
los haberes de los Médicos de Asistencia Pública domiciliaria, así como también
las mejoras económicas que además de su sueldo disfrutan en la actualidad
(mitad para un semestre), según relación que a continuación se expresa:
Villa del Campo 1.250Pts.
Cáceres a 9 de Julio de 1935.
— El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de
Hacienda-Presidente, E. de Muslera. Rubricado.
25 de Julio 1935: (1)
Presupuesto de Ingresos y Gastos de la
Mancomidad Sanitaria de
Municipios de la provincia de Cáceres para el Segundo semestre del año de 1935
Sección Segunda
Servicios Sanitarios Benéficos
Municipales
Capítulo primero. —
Ayuntamientos:
Artículo único. — Por el 1
por 100 del Repartimiento girado entre los Ayuntamientos de la provincia, según
su Presupuesto de Ingresos de 1934 (Mitad para un semestre), según relación que
a continuación se indica:
Villa del Campo, 293,75Pts.
Cáceres a 9 de Julio de
1935.-El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de Hacienda-Presidente,
E. de Muslera. — Rubricado.
Capitulo 5º Haberes a los Participantes
Artículo único. —Para pago de
los haberes a los Practicantes (mitad para un semestre), según relación que a
continuación se expresa:
Villa del Campo, 390Pts.
Cáceres a 9 de Julio de 1935.
El Secretario general, A. del Campo. -Visto bueno, el Delegado de Hacienda Presidente,
E. de Maslera.- Rubricado.
Capítulo sexto. Comadronas
Artículo único.-Para pago de los
haberes de las Comadronas (mitad para un semestre), según relación que a
continuación se expresa:
Villa del Campo, 375Pts.
Cáceres a 9 de Julio de 1935.
El Secretario general, A. del Campo. -Visto bueno, el Delegado de Hacienda
Presidente, E. de Maslera.- Rubricado.
26 de Julio 1935: (1)
Presupuesto de Ingresos y Gastos de la
Mancomidad Sanitaria de
Municipios de la provincia de Cáceres para el Segundo semestre del año de 1935
Sección Segunda
Servicios Sanitarios Benéficos
Municipales
Capítulo primero. —
Ayuntamientos:
Artículo único. — Por el 1
por 100 del Repartimiento girado entre los Ayuntamientos de la provincia, según
su Presupuesto de Ingresos de 1934 (Mitad para un semestre), según relación que
a continuación se indica:
Villa del Campo, 900Pts.
Cáceres a 9 de Julio de
1935.-El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de Hacienda-Presidente,
E. de Muslera. — Rubricado
27 de Julio 1935: (1) Recaudación de Contribuciones de la 3ª Zona de Hoyos
Edicto
Don Francisco Paramio Felipe,
Recaudador Auxiliar de la 3ª Zona de Hoyos.
Hago saber: Que en el
expediente de apremio que instruyo contra los deudores don Tomás Alonso, don
Olegario Alonso, don José Barros, don Juan Cochero Gordo, doña Margarita
Corchero Gil, don Paulino Estevet, don Antonio Felipe Gordo, don Francisco
Felipe Corchero don Nicolás Felipe Felipe, don Vicente Fuentes Miguel, don Antonio
Gordo Gordo, don Antonio Gómez Corchero don Francisco Gordo Alcón, don Lorenzo
García Felipe, don Pedro Gutiérrez Felipe, don Tiburcio Gil Moreno, doña
Gabriela Gago Prieto, don Felipe Gil Montero, don Ángel Hernández Corchero, don
Celedonio Hernández Simón, doña Margarita Hernández Domínguez, doña María Lucas
Gutiérrez, don. Isaac Mirón Paule, don Jacinto Manzano, don Dámaso Martín
Corchero don Guillermo Naveira, doña. Rafeela Rebollo Corchero, don Alejo
Sánchez Serrano, don Antonio Tomé Miguel, don Francisco Corchero Martín y don
Loreto Gutiérrez, por el concepto de contribución Rústica, se ha dictado en el
día de hoy la siguiente « Providencia. —Decretado el único grado de apremio en
este expediente y transcurrido el plazo que señala el artículo 80 del Estatuto
de Recaudación vigente, sin que los contribuyentes a que el mismo se refiere
hayan hecho efectivo sus débitos y desconociéndose el domicilio de los mismos,
requiérasele por medio de edicto e insertado en el boletín oficial de la
provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del Ayuntamiento de
Villa del Campo, a cuyo término municipal pertenece el descubierto perseguido,
al objeto de que comparezcan en el expediente el cautivo, señalen domicilio o r-presentante,
advirtiéndoles que trascurrido ocho días desde la inserción de referido edicto
en el Boletín oficial Sin haberlo verificado, se decretará la prosecución en
rebeldía y se procederá inmediatamente al embargo de los inmuebles afectos al
débito reclamado, continuándose el procedimiento de ejecución hasta su
terminación». Lo que se hace público en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
154 del Estatuto de recaudación.
Villa del Campo a 13 de Julio
de 1935. —El Recaudador Auxiliar, Francisco Paramio.
Edicto
Don Francisco Parando Felipe,
Recaudador Auxiliar y Agente ejecutivo de la 3ª Zona de Hoyos, Hago saber: Qua
en el expediente de apremio que instruyo contra los deudores don Tiburcio Alcón
Roncero, don Lucio Clemente Miguel, don Lorenzo Corchero Morcillo don Antonio
Felipe Gordo, don Manuel Felipe Martín, doña Juana Gil Gutiérrez, don Juan Manuel
Gordo Herrara, don Pablo Hernández Gordo, don Juan Antonio Sánchez Alcón, doña
Simona Simón Castillo, don Norberto Gordo Corchero doña María Gómez Sánchez y
Socios, don Pedro Hernández Moreno, don Estaban Alcón Moreno, don Agustín
Escudero Hernández, don Tiburcio Gil Moreno, don Francisco Gómez Retortillo,
don José Hernández Mirón, doña Margarita Hernández Domínguez y Socios, don José
Hernández Martín, don Dámaso Martín Corchero, don Gregorio Manzano Gil, don
Manuel Martín Rodríguez, don Ricardo Miró Martínez, don Ulpiano Martín Alcón,
don Venancio Pérez Sánchez, don Alejo Sánchez Serrano y don Nicolás Sánchez
Moreno, por el concepto de contribución Urbana, se ha dictado en el día de hoy
la siguiente «Providencia. —Decretado al único grado de apremio en este
expediente y transcurrido el plazo que señala el articulo 80 del Estatuto da
recaudación vigente, sin que los contribuyentes a que el mismo se refiere hayan
hecho efectivo sus débitos y desconociéndose el domicilio de los mismos,
requiéransele por medio de edicto e insertado en el Boletín oficial de la
provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del Ayuntamiento da
Villa del Campo, a cuyo término municipal pertenece el descubierto perseguido,
al objeto de que comparezcan en el expediente ejecutivo, señalen domicilio o
representante, advirtiéndoles que transcurrido ocho días desde la inserción de
referido edicto en el Boletín oficial sin haberlo verificado, se decretará la
prosecución en rebeldía y se procederá inmediatamente al embargo de los
inmuebles afectos al debito reclamado, continuándose el procedimiento de
ejecución hasta su terminación».
Lo que se hace público en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 154 del Estatuto de recaudación. Villa del Campo
a 9 de Julio de 1935. —El Agente Auxiliar Francisco Paramio.
Edicto
Don Evaristo Paramio Prieto,
Recaudador de la 3ª Zona de Hoyos.
Hago saber: Que en el expediente
de apremio individual que instruyo contra los deudores don Antonio Castillo
Felpe, don Agustín Ecudero, don Antonio Felipe Jaén, do Francisco Felipe Hernández,
doña Maria Felipe (herederos), don Simón Fuentes (herederos), doña Dionisia Gil
Terroso, don Francisco Gil Simón, don Vicente Gutiérrez, don Pedro Gordo
Corchero, don Eugenio Martín Corchero, don Gregorio Manzano Gil, doña Isabel
Martín (herederos), don Valentín Manzano Corchero, doña Rufina Morcillo Martín,
don Eusebio Paule Alcón y don Eugenio Paule Alcón, por el concepto de contribución
Rustica, se ha dictado en el día de hoy la siguiente «Providencia.—Decretado el
único grado de apremio en este expediente y transcurrido el plazo que señala el
artículo 80 del Estatuto de recaudación vigente, sin que los contribuyentes a
que el mismo se refiere hayan hecho efectivo sus débitos y desconociéndose el
domicilio de los mismos, requiéraseles por medio de edicto insertado en el Boletín
oficial de la provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del
Ayuntamiento de Villa del Campo, a cuyo término municipal pertenece el
descubierto perseguido, al objeto de que comparezcan en el expediente ejecutivo,
señalen domicilio o representante, advirtiéndoles que transcurrido ocho días
desde la inserción de referido edicto en el Boletín oficial sin haberlo
verificado, se decretará la prosecución en rebeldía y se procederá
inmediatamente al embargo de los inmuebles afectos al débito reclamado,
continuándose el procedimiento de ejecución hasta su terminación».
Lo que se hace público en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 154 del Estatuto de recaudación vigente. Villa
del Campo a 12 de Julio de 1935. —Evaristo Paramio.
Presupuesto de Ingresos y Gastos
de la Mancomunidad Sanitaria de Municipios de la Provincia de Cáceres Para el Segundo
Semestre del año 1935
Sección Cuarta
Medicamentos y Estancias
Ingresos Capítulo primero. -Medicamentos
Articulo único.—Por el suministro de medicamentos a las Beneficencias
municipales y Quinina del Estado, según Orden de 16 de Julio 1931, que
establece la dispensación de Quinina en régimen especial para esta provincia
(mitad para un semestre), según relación que a continuación se expresa:
(Continuación)
Medicamentos, 375.
Quininas, 100.
Cáceres a 9 de Julio de
1935.-El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de Hacienda-Presidente,
E. de Muslera. — Rubricado
29 de Julio 1935: (1)
Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Mancomunidad Sanitaria de Municipios de
la Provincia de Cáceres
Para el Segundo Semestre del
año 1935
Sección Quinta
Memoria Sanatorio de Cáceres
Ingresos
Capítulo primero. —Ayuntamientos
Artículo único. —Por el medio
por 100 del Repartimiento girado entre los Ayuntamientos de la provincia, según
sus Presupuestos de ingresos de 1934 (mitad para un semestre), según relación
que a continuación se indica:
Villa del Campo, 51,85Pts.
Cáceres a 9 de Julio de
1935.-El Secretario general, A. del Campo. —Visto bueno, el Delegado de Hacienda-Presidente,
E. de Muslera. — Rubricado
30 de Julio 1935: (1) Diputación
Provincial
Itinerario que ha de servir
de base para la recaudación voluntaria del tercer trimestre del año 1935.
3ª zona de Hoyos
Villa del Campo, del 12 al 14
de Agosto.
8 de Agosto 1935: (1)
Administración de Rentas Públicas
Utilidades
Circular
Por medio de la presente se
requiere a los señores Alcaldes y Secretarios de los Ayuntamientos que luego se
dirán, para que en el plazo de cinco días, remitan a esta oficina copia
certificada del Presupuesto de Gastos del año en curso, en la parte referente a
sueldos, dietas y gratificaciones y haberes de toda clase de personal, tanto activo
como pasivo, al objeto de poder liquidar el impuesto de Utilidades correspondientes.
De no hacerlo así, se le impondrán las sanciones a que haya lugar con quedan
Cominados.
Cáceres 6 de Agosto de 1935.
El Administrador de Rentas Públicas. P. S. Tomás Gertrudis.
14 de Agosto 1935: Boletín Oficial de Zamora
(«Gaceta» del 9 de Agostó de
1935);
Ministerio de la Gobernación
Orden
Ilmo. Sr.; Terminadas las
oposiciones a Secretarios de Ayuntamientos de segunda categoría convocadas por
Orden de 24 de Septiembre de 1934 con el propósito de normalizar la situación
de centenares de Secretarías de Ayuntamiento servidas por funcionarios
interinos la mayoría de los cuales no pertenecen al Cuerpo de Secretarios: por
haberse agotado el número de los individuos del Cuerpo en expectación de
destino y capacitados legalmente para ocupar tales plazas los opositores
declarados aptos por el Tribunal, debe procederse a anunciar a concurso para su
provisión en propiedad todas las Secretarías de segunda categoría vacantes que figuran
en la relación adjunta, a cuyo efecto este Ministerio acuerda:
1º…
Relación que se cita. Dentro
de la provincia de Cáceres se cita la secretaria de Villa del Campo 3.000 Pts anuales.
Idénticos datos aparecen en
el boletín Oficial de Soria y Santander los días 16 y 19 respectivamente.
23 de Agosto 1935 El Radical,
Periódico Republicano
Trayectoria Política
En la Secretaría de nuestro
Comité Provincial, se encuentra de venta la importante obra política de los
Sres. Salazar Alonso, Carmona y Arrazga, Queremos nuevamente recordar a
nuestros Comités Locales y afiliados de la provincia la importan que su lectura
lleva consigo.
El medio más verídico para
documentarse en la vida del más grande hombre de la República Española, es la
lectura Trayectoria Política.
Todos los correligionarios
deben apresurarse a hace sus encargos a la Secretaría del Partido Radical. Avenida
de Cervantes, núm. 26,
El precio de cada tomo es de 6 Pts .
Villa del Campo
Juan Antonio Manzano, dos
ejemplares.
Evaristo Paramio dos ejemplares.
3 de Octubre 1935: (1)
Gobierno Civil
Secretaria
Circular
No habiendo dado cumplimiento
a lo interesado por este Gobierno los Ayuntamientos que al final se relacionan,
con respecto al servicio relativo a remitir a este Centro, cumplimentada la
relación de Sociedades inscritas en el mismo con sujeción a la Ley de 30 de
Junio de 1887, que a tales efectos les fue enviada; espero de los señores
Alcaldes y Secretarios de referidos Ayuntamientos, que en plazo de cinco días,
a partir de la fecha de publicación de la presente, se servirán enviar a este
Gobierno cumplimentando dicho servicio, pues en caso contrario, por negligencia
en el cumplimiento del deber, me veré obligado a imponer a cada uno de dichos
señores, la muta de 25 pesetas.
Lo que se hace público en
este periódico oficial para general conocimiento de los Ayuntamientos, a
quienes afecta esta Circular. Cáceres, 2 de Octubre 1935. —El Gobernador civil,
Miguel Ferrero Pardo.
Relación que se cita. En ella
estaba villa del Campo.
3 de Octubre 1935: Cáceres
Homenaje popular al
Gobernador Civil Don Miguel Ferrero Pardo
Suscripción para adquirir un
bastón de mando.
(Conclusión)
Villa del Campo
Juan Antonio Manzano, dos
Pts.
Evaristo Paramio dos Pts.
8 de Octubre 1935: (1)
Mancomunidad Sanitaria de Municipios
Fórmulas de pago de los
atrasos de 109 sanitarios de la provincia de Cáceres, acordadas por ambas
partes y archivadas en la Secretaría de la Mancomunidad. Villa del Campo en
Septiembre.
8 de Octubre 1935: (1)
Expropiaciones
Edicto
Fincas afectadas en el
término municipal de Villa del Campo por la construcción del trozo tercero de
la primera Sección de la carretera de Coria a Granadilla.
Haciendo uso de las
facultades que me concede la Ley de 20 de Mayo de 1932, por Decreto de esta
fecha he tenido a bien declarar necesaria y consentida la ocupación de las
fincas afectadas en el término municipal que arriba se cita, por la construcción
de la obra que igualmente se menciona, declaración hecha con vista de los
informes de los señores Ingeniero encargado de la obra y Jefe de la Abogacía
del Estado de la provincia. Contra esta resolución pueden alzarse los
interesados en el plazo de ocho ellas hábiles, comenzando a contarse desde el
siguiente día al de la notificación administrativa que se les hace, procediendo
la alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Obras Públicas.
Lo que se inserta, en este periódico
oficial en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley, y
25 y 26 del Reglamento vigente sobre expropiaciones.
Cáceres, 2 de Octubre do
1935. —El Ingeniero Jefe José Maria Jefe, Nocetti.
17 de Octubre 1935: (1)
Presupuestos de Atrasos de la Mancomunidad sanitaria de Municipios de la Provincia de Cáceres en el 1º de Julio de 1935.
Sección Segunda
Servicios Benéficos Sanitarios
Municipales
Ingresos
(Continuación)
Villa del Campo, 220,05Pts.
Cáceres a 9 de Septiembre de
1935. —El Secretario General, A. del Campo. —V.° B.°, el Delegado de
Hacienda-Presidente, P. O. Juan Martín.
19 de Octubre 1935: (1)
Presupuesto de Atrasos de la
Mancomunidad Sanitaria de
Municipios de la provincia de Cáceres
1º de Julio de 1935
Sección segunda.
Servicios Benéficos Sanitarios
Municipales
G a s t o s
(Continuación)
Villa del Campo, Don Domingo
Rufo, 220,05Pts.
Cáceres a 9 de Septiembre de
1935. —El Secretario General, A. del Campo. —V.° B.°, el Delegado de
Hacienda-Presidente, P. S. Juan Rubio.
25 de Octubre 1935: (1)
Alcaldías
Coria
Repartimiento general para 1935
Confeccionado el
Repartimiento general de Utilidades, correspondiente al presente año, se
encuentra expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por
término de quince días hábiles. Durante dicho plazo y. tres días más, se
admitirán las reclamaciones que se produzcan; por las personas o entidades
comprendidas o por quien las represente con poder bastante.
Las reclamaciones serán presentadas
en la Secretaría del Ayuntamiento y versarán sobre la estimación de las
utilidades, tanto del reclamante como de cualquier otra persona o entidad
comprendida en referido reparto.
Toda reclamación habrá de
fundarse en hechos concretes, precisados y determinados y contener las pruebas
necesarias para la justificación de lo reclamado.
Por lo que se refiere a hacendados
forasteros a los efectos de notificación, a continuación se consignan los
nombres y cuotas asignadas en el repartimiento según sus utilidades estimadas.
Coria a 22 de Octubre de 1935.
—El Presidente de la Junta general, Manuel Clemente.
Relación que se cita. Calle
Gil de Rodas, Josefina y Elisa, Villa del Campo, 36,37 Pts .
Manzano Juan Antonio, Villa
del Campo, 17,27Pts.
30 De Octubre 1935: (1)
Tesorería de Hacienda
Anuncio
Por el presente hago saber,
da conformidad con lo prevenido en el articulo 65 del Estatuto de Recaudación
de 18 de Diciembre de 1918, que desde el día 1.° de Noviembre próximo, según
marca el itinerario de cobranza que se acompaña, queda abierta la recaudación
voluntaria por todos sus conceptos tributarios con cargo al 4.° trimestre del
año actual, la que además del presente será anunciada en cada pueblo por el señor
Arrendatario de las Contribuciones e impuestos de la provincia, mediante
fijación de edictos en las Casas Consistoriales, con anterioridad al día en que
haya de realizarse.
Lo que se publico, pala conocimiento
de los contribuyentes.
Cáceres, 26 de Octubre de
1935. El Tesorero de Hacienda Arturo Matos. Itinerario que ha de servir de base
para la Recaudación voluntaria del 44° trimestre del año 1935.
3ª Zona de Hoyos, Villa del
Campo, días 15 y 16 de Noviembre.
Jefatura de Obras Públicas
Permisos de conducción de
Automóviles expedidos por la Jefatura de Obras públicas de Cáceres, durante el
mes de Mayo de 1935
Número 1687 Clase 1ª
Apellidos y Nombre, Gómez
Mirón, Benedicto.
Nombres del padre, Teodoro, de
la madre, Alberta.
Nacimiento, día 7 m e s Mayo.
Año, 1911.
Lugar, Villa del Campo.
Provincia, Cáceres.
Cáceres 5 de junio 1935. El
Ingeniero José Maria Nocetti.
14 de Noviembre 1935: (1)
Alcaldías
Para los efectos de las
reclamaciones a que hubiere lugar, se hace saber que quedan expuestos al
público en la Secretaria de los Ayuntamientos que abajo se citan, los
siguientes documentos para el próximo año de 1936.
Villa Del Campo.
Repartimiento de Rustica, Urbana o Industrial, plazo ocho días.
14 de Noviembre 1935: (1)
Delegación Provincial de Trabajo
Asociaciones Inscritas
Villa del Campo
376, Sociedad La
Campovillense.
21 de Noviembre 1935: (1)
Audiencia Territorial
Secretaria de Gobierno
Relación de Fiscales municipales
y suplentes nombrados por la Sala de Gobierno de esta Audiencia en sesión de
once del actual, de los pueblos de esta provincia, que comprende la renovación
ordinaria en el año actual. Partido judicial de Coria.
Villa del Campo, Fiscal. Don
Antonio Castillo Gil.
Suplente, Don José Prieto
Felipe.
23 de Noviembre 1935: (1) Alcaldías
Para los efectos de las
reclamaciones a que hubiere lugar, se hace saber que quedan expuestos al
público en la Secretaria de los Ayuntamientos que abajo se citan, los
siguientes documentos para el próximo año de 1936.
Villa Del Campo. Proyecto de
Presupuesto Ordinario, plazo ocho días.
28 de Noviembre 1935: (1)
Jefatura de Obras Públicas
Expropiaciones
—Edicto Fincas afectadas en
el término municipal de Villa del Campo, por la construcción del trozo 3º de la
1ª Sección de la carretera de Coria a Granadilla.
En el expediente de expropiación
forzosa do las fincas a que se refiere el precedente epígrafe, he tenido a bien
disponer se invite a los propietarios de aludidas fincas, para que en el plazo
de ocho rifas a que se refiero el artículo 20 de la Ley sobre expropiaciones, designen,
si lo estiman conveniente, ante el señor Alcalde, del pueblo en que se hallan
enclavadas las fincas, el Perito que ha de representar a cada uno en las
operaciones de medición y justiprecio de sus fincas, bien entendido que, si
pasara dicho plazo sin hacer la designación, ni se hiciera el nombramiento por
persona no autorizada o si recayera el nombramiento en quien no posea las
debidas condiciones legales, se entenderá que los propietarios se conforman con
la actuación del Perito que represente a la Administración, todo ello de
acuerdo con lo dispuesto en ti citado artículo 20 de la Ley.
Lo que, a los anteriores efectos,
se publica en este periódico.
Cáceres, 20 de Noviembre de
1935. —El Ingeniero Jefe, José María Nocetti.
12 de Diciembre 1935: (1)
Alcaldías
Hernán Pérez
Edicto
Don Argel Mangas Salceda, Alcalde
de esta villa de Hernán Pérez.
Hago saber: Que formado por
la Junta general el correspondiente Repartimiento general sobre utilidades para
el año 1935, queda expuesto al público en la Secretaria de este Ayuntamiento,
durante el plazo de quince días hábiles, para que los contribuyentes en él
comprendidos puedan examinarlos y producir las reclamaciones que estimen oportunas,
durante dicho plazo y los tres días siguientes, advirtiéndoles que las
reclamaciones se han de fundar en hechos concretos, precisos y determinados y
contener las pruebas necesarias para su justificación.
En dicho repartimiento se hallan
incluidos los hacendados forasteros, cuya relación a continuación se publica
para que les sirva de notificación en forma.
Villa del Campo
Número de orden, 53,
Margarita, Hernández, 2,25Pts.
Número de orden, 54, Martín,
Gil Miguel, 12,71Pts.
12 de Diciembre 1935: (1)
En la «Gaceta do Madrid», número 331,
correspondiente al día 27 de Noviembre de 1935, se halla inserto lo siguiente:
Ministerio de la Gobernación
Según comunican los
respectivos Ayuntamientos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 26
del Reglamento de 23 de Agosto de 1924, han sido designados, previo concurso,
los individuos que figuran en la adjunta relación.
Madrid, 26 de Noviembre de
1935. —El Subsecretario, Carlos Echeguren. Relación que se cita: Villa del
Campo, Don Alejandro Castro Andrés, opositor numero 707.
28 de Diciembre 1935: (1) El
Radical, Periódico Republicano
Audiencia Territorial
Por considerarla de gran interés
publicamos a continuación la lista de los nombramientos de justicia Municipal
llevados a cabo por la Sala de Gobierno de esta Audiencia, y que a continuación
se detalla.
Villa del Campo, Fiscal Don
Antonio Castillo Gil, Suplente, don José Prieto Felipe.
1936
Enero 1936. Clínica
Extremeña: Revista mensual de Medicina y Cirugía
Lista de los señores colegiados por
orden de incorporación a este colegio en 1º de Enero de 1936.
Nº 185 Don Felipe Gordo
Rodríguez, Villa del Campo.
6 de Enero 1936: (1) Servicio
de Higiene y Sanidad Pecuarias Mes de Noviembre
Estado demostrativo de las
enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias que han atacado a los animales
domésticos en esta provincia durante el mes expresado.
Enfermedad. Cisticercosis.
Partido. Coria
Municipio. Villa del Campo.
Animales
Especie. Porcina.
Enfermos del mes anterior. 0.
Invasiones. 2
Curados. 0
Muertos o sacrificados. 2
Quedan enfermos. 0
9 de Enero 1936: (1) Gobierno Civil
Secretaria / Negociado 3º
Relación de las licencias de
uso de armas corta, de caza y para cazar, expedidas durante el mes de Mayo de
1935.
Número de orden 1.219
Día, 9.
Nombres y apellidos, Leoncio
Simón Barros
Vecindad, Villa del Campo
Licencias 1 de Caza.
11 de Enero 1936: (1) Audiencia
Territorial
Secretaria de Gobierno
Se halla vacante el cargo de
Juez municipal de Villa del Campo.
Los que deseen desempeñar
dicho cargo, presentarán sus solicitudes en la Secretaría de Gobierno de esta
Audiencia, dirigidas al Excmo. Sr. Presidente, extendidas en papel de 3 pesetas
y reintegradas con una póliza de 3 pesetas, de la Asociación de Funcionarios de
la Administración de Justicia, acompañando certificación de la partida de nacimiento
y otra de residencia, expedida por la Alcaldía, pudiendo además, acompañar
cuantos documentos o títulos acrediten mayor preferencia o aptitud, siendo el
plazo de presentación de dichas solicitudes el de treinta días, a contar desde
el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial.
Cáceres, 9 de Enero de 1936.
El Secretario de Gobierno, Galo M. Barca.
20 de Enero 1936: (1) Ministerio de Hacienda
Servicio Facultativo de Catastro
Partido judicial de Coria Término
municipal de Villa del Campo
Resumen calificativo y clasificativo
formado en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de 23
de Octubre de 1913 y aprobado por este Servicio de Valoración Agrícola.
Superficies
Cultivos o aprovechamientos. Cereal Anual
Clases 1ª. Hectáreas 24.
Áreas 62. Centiáreas 37.
Clases 2ª Hectáreas 5. Áreas 21.
Centiáreas 32.
Clases 3ª Hectáreas 1. Áreas
44. Centiáreas 00.
Cultivos o aprovechamientos. Cereal Año
y vez
Clases 1ª. Hectáreas 47.
Áreas 47. Centiáreas 10.
Clases 2ª Hectáreas 25. Áreas
77. Centiáreas 15.
Clases 3ª Hectáreas 20. Áreas
21. Centiáreas 20.
Cultivos o aprovechamientos. Cereal
Clases 1ª. Hectáreas 42.
Áreas 05. Centiáreas 37.
Clases 2ª Hectáreas 650.
Áreas 12. Centiáreas 25.
Clases 3ª Hectáreas 1.613.
Áreas 14. Centiáreas 36.
Clases 4ª Hectáreas 1.124.
Áreas 21. Centiáreas 76.
Clases 5ª Hectáreas 539.
Áreas 99. Centiáreas 70.
Olivar
Clases 1ª Hectáreas 22. Áreas
80. Centiáreas 43.
Clases 2ª Hectáreas 82. Áreas
27. Centiáreas 11.
Clases 3ª Hectáreas 57. Áreas
34. Centiáreas 98.
Clases 4ª Hectáreas 4. Áreas
6. Centiáreas 50.
Viña
Clases 1ª Hectáreas 13. Áreas
13. Centiáreas 10.
Clases 2ª Hectáreas 27. Áreas
58. Centiáreas 50.
Clases 3ª Hectáreas 3. Áreas
13. Centiáreas 85.
Pinar
Clase Única. Hectáreas 2.
Áreas 23. Centiáreas 60.
Encinar
Clases 1ª Hectáreas 355.
Áreas 96. Centiáreas 01.
Clases 2ª Hectáreas 267.
Áreas 02. Centiáreas 70.
Clases 3ª Hectáreas 86. Áreas
68. Centiáreas 10.
Pastos
Clases 1ª Hectáreas 87. Áreas
74. Centiáreas 32.
Clases 2ª Hectáreas 78. Áreas
82. Centiáreas 06.
Clases 3ª Hectáreas 50. Áreas
31. Centiáreas 75.
Clases 4ª Hectáreas 14. Áreas
06. Centiáreas 65.
Clases 5ª Hectáreas 9. Áreas
23. Centiáreas 20.
Cereal con encinas
Clases 1ª Hectáreas 48. Áreas
99. Centiáreas 15.
Clases 2ª Hectáreas 283.
Áreas 81. Centiáreas 65.
Encinas y alcornoques
Clases Única Hectáreas 4.
Áreas 52. Centiáreas 70.
Total superficie imponible. Hectáreas
5.594. Áreas 02. Centiáreas 95.
Superficie improductiva por construcciones,
vías terrestres y fluviales
Hectáreas 5. Áreas 28. Centiáreas
87.
Superficie total del término.
Hectáreas 5.599. Áreas 31. Centiáreas 82.
Contra las características
que preceden pueden los contribuyentes en general interponer las reclamaciones
que estimen oportunas ante el ilustrísimo señor Director general de Propiedades
y Contribución territorial, en el plazo do quince días, a contar desde la fecha
de su publicación en el Boletín oficial.
Cáceres, 11 de Enero de 1936.
—El Ingeniero Jefe de Valoración Agrícola, Joaquín Zaldívar. —V.° B.°, el
Delegado de Hacienda, Enrique de Muslera.
27 de Enero 1936: (1)
Alcaldías
Villa del Campo
Repartimiento General de utilidades para
1935
Formado por la Junta General
de Repartimiento sobre las utilidades de este pueblo para el pasado año de
1935, queda expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por el
plazo de quince días hábiles, para que los contribuyentes en él comprendidos
puedan examinarlo y producir las reclamaciones que estimen oportunas durante
dicho plazo y los tres días siguientes; advirtiéndoles que las reclamaciones
han de fundarse en hechos concretos, precisos y determinados y contener las
pruebas necesarias para su justificación.
En dicho Repartimiento se
encuentran incluidos los hacendados forasteros, cuya relación a continuación se
publica, expresiva del líquido imponible o renta con que aparecen en el documento
de referencia, la cual les servirá de notificación en forma.
Nombres y apellidos y líquido imponible
o renta
Alfredo Pérez Camisón, 3.183
pesetas.
Alfonso Arroyo Santos, 4.500 pesetas.
Angel Fuentes Simón, 876 pesetas.
Antonio Prieto Botejara, 550 pesetas.
Benigna Santibáñez Gutiérrez,
1.483 pesetas.
Benigno Pablo Gutiérrez (viuda),
1.483 pesetas.
Cesáreo García, 1.700 pesetas.
Cipriano Simón Barros, 8 pesetas.
Diego Marcos, 713 pesetas.
Demetrio Hernández Cordero,
52 pesetas.
Emilia Sánchez Alcón, 400 pesetas.
Emiliana Cueco Sánchez, 69 pesetas.
Elías Gutiérrez Cordero (viuda),
150 pesetas.
Carmen Martín. Batuecas, 50 pesetas.
Fructuoso Rubio, 300 pesetas.
Florencio Rodríguez, 85 pesetas.
Felisa Sánchez, 1.000 pesetas.
Félix Martín, 500 pesetas.
Florencio Simón, 700 pesetas.
Felisa Castillo Gil, 236 pesetas.
Florencio Durán. Martín, 13.000
pesetas.
Francisco Sánchez Vicioso,
900 pesetas.
Saustiano Rodríguez del Castillo,
1.902 pesetas.
Felipe Manzano Sánchez, 366 pesetas.
Francisco Iglesias Domínguez,
846 pesetas.
Gregorio Pablo Gutiérrez,
1.483 pesetas.
Gregorio Felipe Martín, 186 pesetas.
Julián Núñez da Sande, 5,078 pesetas.
Joaquín Gallego, 63 pesetas.
Juan Manuel Paramio (viuda),
300 pesetas.
José Felipe Fabra, 354 pesetas.
Luis Gundín, 400 pesetas.
Lorenzo Segundo, 800 pesetas.
Manuela Felipe Gil, 332 pesetas.
Pedro Moreno Barbero, 200 pesetas.
Pedro Domínguez Miguel
(herederos), 1.186 pesetas.
Petra Batuecas, 500 pesetas.
Romualdo Mateos, 1.000 pesetas.
Servet de la Calle, 270 pesetas.
Teodoro Asensio (herederos),
400 pesetas.
Tomás Rodríguez Alcón, 61 pesetas.
Valentín Martín Gata
(herederos), 8.410 pesetas.
Venancio Cordero, 2.400 pesetas.
Alfonso Guerrero, 1.200 pesetas.
Eliseo Sánchez Lorenzo, 3.920
pesetas.
Villa del Campo a 16 de Enero
de 1936. —El Alcalde, Juan Antonio Manzano. —El Secretario, Alejandro Castro.
28 de Enero 1936: (1) Alcaldías
Villa del Campo
Edicto citando mozos de ignorado
paradero
Ignorándose el paradero de
los mozos que a continuación se relacionan, comprendidos en el alistamiento de
esta villa para el reemplazo del año actual, y no habiendo podido ser
notificado personalmente, se advierte al mismo, sus padres, tutores, parientes,
amos o personas do quien dependan, cuyos nombres y actuales domicilios o
residencia se ignora, que por el presento edicto se les cita para que comparezca
en esta Casa Consistorial, por si o por medio de legítimo representante ante el
Ayuntamiento, en los actos de rectificación del alistamiento, lectura y cierre
del mismo y clasificación y declaración de soldados, que respectivamente tendrá
lugar los días 26 del mes actual, 9 y 23 do Febrero y hora de las diez, con
excepción del último, que será a las ocho, para que puedan aducir cuantas
reclamaciones o excepciones estimen pertinentes, quedando para el caso de que
no comparezcan, apercibidos con la declaración de prófugo y demás responsabilidades
legales. Villa del Campo a 25 de Enero de 1936. —El Alcalde, J. Antonio
Manzano.
Mozos que se citan Emeterio
Valencia Diez, nacido en 1º de Marzo de 1915; hijo de padres desconocidos.
Cristino Benjamín Felipe
Lucas, nacido en 3 de Junio de 1915; hijo de Raimundo y Jacinta.
4 de Febrero 1936: (1) Junta
provincial del Censo Electoral
Relación de los Adjuntos y
Suplentes de mesa electoral, que en unión de los Presidentes ya nombrados, han
de actuar en las elecciones de Diputados a Corte, convocadas para el día 16 de
Febrero de 1936.
Villa del Campo Distrito
único. —Sección primera Adjuntos: Eulogio Manzano Martín y Pedro Manzano
Martín. Suplentes: Ángel López Corchero y Martín Lorenzo Manzano.
Sección segunda Adjuntos:
Pablo Martín Gutiérrez y Abdón Martín Fuentes.
Suplentes: José Lucas Moreno
y Celedonio López Gordo.
5 de Febrero 1936: (1)
Junto provincial del Censo Electoral
Relación do locales designados
por las Juntas municipales del Censo Electoral, para el año do 1936, donde han
de celebrarse las elecciones que tengan lugar en dicho año, y Estafetas de
Correos para depositar los pliegos electorales.
Villa del Campo Distrito
único Sección 1ª —Antiguo local Escuela de niños.
Sección 2ª —Antiguo local del
Posito, calle Cárcel vieja. Estafeta del pueblo.
7 de Febrero 1936: El
Radical, Periódico Republicano
De Interés para los Pueblos
Relacionamos a continuación
los precios de las Listas Electorales a cada una de las localidades de la
provincia, por creerlas de interés para los pueblos: Villa del Campo, 8 Pts .
12 de Febrero 1936: (1)
Alcaldías
Villa del Campo
Anuncio
Formados los Escalafones do
los diferentes Funcionarios municipales de este Ayuntamiento, según previene la
Orden de 9 de Diciembre último, se hallan expuestos al público en esta Secretaría
por el término de quince días, para formular reclamaciones sobre los mismos.
Villa del Campo, 30 de Enero
de 1936. —El Alcalde, J. Antonio Manzano.
13 de Febrero 1936: (1) Servicio
de Higiene y Sanidad Pecuarias Mes de Diciembre
Estado demostrativo de las
enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias que han atacado a los animales
domésticos en esta provincia durante el mes expresado.
Enfermedad. Cisticercosis.
Partido.
Coria
Municipio. Villa del Campo.
Animales
Especie. Porcina.
Enfermos del mes anterior. 0.
Invasiones en el mes de la
fecha. 1.
Curados. 0
Muertos o sacrificados. 1.
Quedan enfermos. 0
Enfermedad. Triquinosis.
Partido. Coria
Municipio. Villa del Campo.
Especie. Porcina.
Enfermos del mes anterior. 0.
Invasiones en el mes de la
fecha. 1.
Curados. 0
Muertos o sacrificados. 1.
Quedan enfermos. 0
Cáceres a 6 de Enero 1936. El
Inspector Provincial Veterinario, Mariano Benegasi.
15 de febrero 1936: (1)
Junta de clasifican y revisión de la Caja de
Recluta núm. 49
Relación expresiva del jornal
medio de un bracero en el año 1936 y en la localidad de los pueblos de esta
provincia, en armonía con lo dispuesto en la Circular del Ministerio de la
Guerra de 17 de Diciembre de 1925 (Decreto Orden número 281). Villa del Campo,
2,50pts.
18 de Febrero 1936: (1) Caja
de Recluta nº 49
Junta de Clasificación y Revisión
Circular
Relación de los pueblos de la
provincia con expresión de la fecha que les corresponde revisar.
Villa del Campo día 7 de
Abril.
19 de Febrero 1936: (1) Servicio
de Higiene y Sanidad Pecuarias Mes de Enero
Estado demostrativo de las
enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias que han atacado a los animales
domésticos en esta provincia durante el mes expresado.
Enfermedad. Triquinosis.
Partido. Coria
Municipio. Villa del Campo.
Animales
Especie. Porcina.
Enfermos del mes anterior. 0.
Invasiones en el mes de la
fecha. 2.
Curados. 0
Muertos o sacrificados. 2.
Quedan enfermos. 0
Cáceres a 5 de Febrero 1936.
El Inspector Provincial Veterinario, Mariano Benegasi.
25 de Febrero 1936: (1)
Audiencia Territorial
Secretaria de Gobierno
El cargo vacante de Juez municipal
de Villa del Campo, ha sido solicitado por don Telesforo Hernández Rodrigo.
Lo que se hace público por medio
del presente para general conocimiento a los efectos de las reclamaciones que
contra el mimo puedan formularse en el término do quince días, a contar desde
el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de esta
provincia.
Cáceres, 22 de Febrero de 1936.
Secretario de Gobierno, Germán Repetto.
9 de Marzo 1936: (1) Junta de Clasificación y Revisión de la Caja de
Recluta núm. 49
Circular
Por los Ayuntamientos que se
expresan en la unida relación, no se ha dado aun cumplimiento a lo dispuesto en
la circular inserta en el Boletín oficial de la provincia, número 30, de fecha
5 de Febrero anterior, sobre remisión a esta Junta por duplicado, ejemplar de
la lista rectificada del alistamiento del año actual.
Lo que se publica por la
presente a fin de que con toda urgencia por los Municipios que se citan, se
remita dicha lista, por duplicada.
Pueblos: El Campo estaba
entre ellos.
19 de Marzo 1936: (1) Delación Provincial de Trabajo
Circular
Colocación Obrera. —Por los
Municipios de la relación adjunta no se han devuelto a la Oficina Central del
Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión, la Hoja Estadística de paro obrero,
Correspondiente al pasado mes de Enero, por lo que se advierte a los señoras
Alcaldes presidentes de los Municipios a qua se hace referencia que el
incumplimiento del servicio motivará en lo sucesivo la imposición de las sanciones
que se determinan en el artículo 143 del Reglamento de 6 de Agosto de 1932,
para aplicación de la Ley de Colocación Obrera de 27 de Noviembre de 1931.
Lo que se advierte para conocimiento
general.
Cáceres a 17 de Marzo de
1936. -El Delegado accidental, Leopoldo S. Galindo,
Relación de los pueblos
pertenecientes a esta provincia quo no han devuelto a la Oficina Central la
Hoja Estadística de paro correspondiente al mes de Enero pasado.
22 de Marzo 1936: (1)
Circular convocando elecciones municipales para el día 12 de Abril próximo
La «Gaceta de Madrid» del día 18 del
actual, en sus páginas 2.166 y 2,167, publica el Decreto para las elecciones
municipales del día 12 de Abril.
Ministerio de la gobernación
La notoria anormalidad en que
se encuentran los Municipios españoles, debida a múltiples causas que han dado
por resultado la falta de renovación normal, correspondiente a los meses de
Noviembre de 1933 y 1935; la larga suspensión de funciones que ha pesado sobre
los Ayuntamientos elegidos el 12 de Abril de 1931 y la necesidad de acudir ya
con urgencia a remediar los males que todo ello supone, de una parte, y de otra
el debido cumplimiento de las disposiciones de la ley Municipal vigente que,
mientras otra cosa no acuerden las Cortes en cuanto a su posible reforma, es necesario
entren en vigor, imponen al Gobierno la obligación de convocar, por modo
excepcional y extraordinario, a elecciones para Concejales, con el fin de
renovar, en su totalidad, los actuales Ayuntamientos y proceder a la
constitución de éstos y de los Concejos abiertos, con la máxima urgencia que
permite la legislación aplicable…
…Grupo 3º. —De 1.001 a 2.500 habitantes. A
estos Ayuntamiento les corresponde elegir 7 Concejales, 5 para las mayorías y 2
para las minorías
Villa del Campo 1.263
Habitantes.
26 de Marzo 1936: (1) Presidencia del Consejo de Ministros
Dirección General del
Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Censo de jurados correspondiente
al año 1935, cuya formación ha sido ordenada por Decreto del Gobierno
provisional de la República de 18 de Junio de 1931
Provincia de Cáceres. Partido
judicial de Coria
Lista de varones que, con
arreglo al artículo 2.° del expresado Decreto, tienen derecho a figurar en la
general de Jurados de dicho Juzgado.
Ayuntamiento de Villa del Campo
Nº 266 Gómez Martín,
Pantaleón. 30 años 30 de residencia, Domicilio C/ T. Pozo calle. Labrador.
Capacidad.
Nº 267 Alcón Gil, Teodoro. 49
años 49 de residencia, Domicilio C/ B. del Oro. Labrador. Capacidad.
Nº 268 Martín Gutiérrez,
Pablo. 53 años 53 de residencia, Domicilio C/ Iglesia, 33. Bracero. Capacidad.
Nº 269 Martín Calvo, Manuel. 66
años 15 de residencia, Domicilio C/ H. Cortés, 5 Labrador. Capacidad
Nº 270 Naveira Felipe,
Donato. 33 años 33 de residencia, Domicilio C/ G. y Galán. Bracero. Capacidad.
Nº 271 Gil Cordero, Juan. 30
años 30 de residencia, Domicilio C/ Paloma. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 272 Gordo Gómez, Lope. 30 años
30 de residencia, Domicilio C/ Álamos. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 273 Gutiérrez Martín,
Domingo. 30 años 30 de residencia, Domicilio C/ Laguna. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 274 Alonso Pascual,
Marcial. 30 años 30 de residencia, Domicilio C/ Oscura. Jornalero. Cabeza de
familia.
Nº 275 Manzano Sánchez, Gerardo.
30 años 30 de residencia, Domicilio C/ Oscura.
Labrador. Cabeza de familia.
Nº 276Martín Gordo, Elías. 32
años 32 de residencia, Domicilio C/ Laguna, 11. No Consta profesión. Cabeza de
familia
Nº 277 Martín Mirón, Antonio.
48 años 43 de residencia, Domicilio C/ Álamos, 19. Bracero. Cabeza de familia.
Nº 278 Martín Montero, Elías.
31 años 5 de residencia, Domicilio C/ No Consta. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 279 Martín Sánchez, Hermenegildo.
41 años 41 de residencia, Domicilio C/ Cárcel Vieja, 2. Bracero. Cabeza de
familia.
Nº 280 Martín Sánchez, Teodoro.
60 años 54 de residencia, Domicilio C/ Arrabal, 20. Jornalero. Cabeza de
familia.
Nº 281 Miguel Castillo, Benito.
31 años 5 de residencia, Domicilio C/ No Consta. Labrador. Cabeza de familia.
Nº 282 Miguel Castillo, Florentino
33 años 33 de residencia, Domicilio C/ G. y Galán, 33. Bracero. Cabeza de
familia.
Cáceres 20 de Diciembre de
1935. El jefe provincial de Estadísticas, Tomás Martín Gil.
30 de Marzo 1936: (1) Presidencia del Consejo de Ministros
Dirección General del
Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Censo de jurados correspondiente
al año 1935, cuya formación ha sido ordenada por Decreto del Gobierno
provisional de la República de 18 de Junio de 1931
Provincia de Cáceres. Partido
judicial de Coria
Lista de hembras que, con
arreglo al artículo 2.° del expresado Decreto, tienen derecho a figurar en la
general de Jurados de dicho Juzgado.
Ayuntamiento de Villa del Campo
Nº 135 Alcón Felipe, María.
44 años 44 de residencia, Domicilio C/ Viñas, 2 Sus labores, Casada.
Nº 136 Alcón Gil, Delfina. 44
años 44 de residencia, Domicilio C/ V.
del Oro, 5. Sus labores, Casada.
Nº 137 Alcón Hernández,
Regina. 79 años 79 de residencia, Domicilio C/
Plaza, 15. Sus labores. Cabeza de familia.
Nº 138 Alcón Manzano,
Magdalena. 65 años 65 de residencia, Domicilio C/ Fuente, 10. Sus Labores. Casada.
Nº 139 Alonso Gil, Regina. 75
años 75 de residencia, Domicilio C/ Cárcel Vieja, 14. Sus labores. Casada.
Nº 140 Amores Nieto, Felisa.
60 años 60 de residencia, Domicilio C/ Iglesia l0. Sus labores. Casada.
Nº 141 Domínguez Gordo,
Venancia. 59 años 59 de residencia, Domicilio C/ Álamos, 11. Sus labores. Casada.
Nº 142 Manzano Cantillo,
Venancia. 63 años de residencia, Domicilio C/ Cárcel vieja, 7. Sus Labores. Cabeza
de familia.
Cáceres 20 de Diciembre de
1935. El jefe provincial de Estadísticas, Tomás Martín Gil.
3 de Abril 1936: (1) Juntas Municipales del Censo Electoral
Adjuntos y Suplentes, que en
unión de los Presidentes, han de formar las Mesas en las elecciones municipales
convocadas para el día 12 de Abril de 1936.
Villa del Campo.
Distrito único, sección primera.
Adjuntos. Dionisio Alcón Corchero
y Francisco Botejara Hernández.
Suplentes: Leoncio Simón Barras y Vicente Simón Fatela.
Sección segunda
Adjuntos: Teodoro Alción Gil
y Felipe Alcón Corchero.
Suplentes: Fermín Ventura Alcón
y Esteban Simón Barras.
30 de Abril 1936: (1)
Tesorería de Hacienda
Itinerario que ha de servir
de base para la recaudación voluntaria del segundo semestre de 1936.
Tercera zona de Hoyos
Villa del Campo, del 7 al 9
de Mayo.
2 de Mayo 1936: (1) Alcaldías
Para los efectos de las
reclamaciones a que hubiere lugar, se hace saber que quedan expuestos al
público en la Secretaría de los Ayuntamientos que abajo se citan, los
siguientes documentos para el año de 1936.
Villa del Campo: Recuento de
Ganadería, plazo 15 días.
Padrón Municipal de
habitantes, plazo 15 días.
19 de Mayo 1936: (1) Servicio
de Higiene y Sanidad Pecuarias Mes de Abril
Estado demostrativo de las
enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias que han atacado a los animales
domésticos en esta provincia durante el mes expresado.
Enfermedad. Triquinosis.
Partido.
Coria
Municipio. Villa del Campo.
Animales
Especie. Porcina.
Enfermos del mes anterior. 0.
Invasiones en el mes de la
fecha. 1.
Curados. 0
Muertos o sacrificados. 1.
Quedan enfermos. 0
Cáceres a 5 de Mayo 1936. El
Inspector Provincial Veterinario, Mariano Benegasi.
19 de Mayo 1936: (1) Ministerio
de Hacienda
Servicio Facultativo de Catastro
Partido judicial de Hoyos / Término
municipal de Villa del Campo
Relación de tipos
evaluatorios acordados por la Junta técnica provincial
Cultivos o aprovechamientos. Cereal
Anual
Clases. Local 1ª. De zona 5ª.
Valor, Hectáreas en venta. 1.800pts. En renta. 90pts. Liquido 157pts.
Clases. Local 2ª. De zona 9ª.
Valor, Hectáreas en venta. 1.400pts. En renta. 70pts. Liquido 122pts.
Clases. Local 3ª. De zona 13.
Valor, Hectáreas en venta. 1.000pts. En renta. 50pts. Liquido 87pts.
Cereal año y vez
Clases. Local 1ª. De zona 3ª.
Valor, Hectáreas en venta. 800pts. En renta. 40pts. Liquido 60pts.
Clases. Local 2ª. De zona 4ª.
Valor, Hectáreas en venta. 700pts. En renta. 35pts. Liquido 53pts.
Clases. Local 3ª. De zona 5ª.
Valor, Hectáreas en venta. 600pts. En renta. 30pts. Liquido 47pts.
Cereal
Clases. Local 1ª. De zona 4ª.
Valor, Hectáreas en venta. 500pts. En renta. 25pts. Liquido 37pts.
Clases. Local 2ª. De zona 5ª.
Valor, Hectáreas en venta. 400pts. En renta. 20pts. Liquido 30pts.
Clases. Local 3ª. De zona 6ª.
Valor, Hectáreas en venta. 300pts. En renta. 15pts. Liquido 23pts.
Clases. Local 4ª. De zona 7ª.
Valor, Hectáreas en venta. 200pts. En renta. 10pts. Liquido 16pts.
Clases. Local 5ª. De zona 8ª.
Valor, Hectáreas en venta. 100pts. En renta. 5pts. Liquido 7pts.
Olivar
Clases. Local 1ª. De zona 6ª.
Valor, Hectáreas en venta. 2.000pts. En renta. 100pts. Liquido 140pts.
Clases. Local 2ª. De zona 10.
Valor, Hectáreas en venta. 1.600pts. En renta. 80pts. Liquido 114pts.
Clases. Local 3ª. De zona 14.
Valor, Hectáreas en venta. 1.200pts. En renta. 60pts. Liquido 87pts.
Clases. Local 4ª. De zona 18.
Valor, Hectáreas en venta. 800pts. En renta. 40pts. Liquido 60pts.
Viña
Clases. Local 1ª. De zona 8ª.
Valor, Hectáreas en venta. 1.500pts. En renta. 75pts. Liquido 102pts.
Clases. Local 2ª. De zona 11.
Valor, Hectáreas en venta. 1.200pts. En renta. 60pts. Liquido 82pts.
Clases. Local 3ª. De zona 13.
Valor, Hectáreas en venta. 1.000pts. En renta. 50pts. Liquido 69pts.
Pinar
Clases. Local U. De zona 1ª.
Valor, Hectáreas en venta. 800pts. En renta. 40pts. Liquido 40pts.
Encinar
Clases. Local 1ª. De zona 6ª.
Valor, Hectáreas en venta. 600pts. En renta. 30pts. Liquido 41pts.
Clases. Local 2ª. De zona 7ª.
Valor, Hectáreas en venta. 500pts. En renta. 25pts. Liquido 34pts.
Clases. Local 3ª. De zona 8ª.
Valor, Hectáreas en venta. 400pts. En renta. 20pts. Liquido 27pts.
Pastos
Clases. Local 1ª. De zona 13.
Valor, Hectáreas en venta. 1.000pts. En renta. 50pts. Liquido 68pts.
Clases. Local 2ª. De zona 15.
Valor, Hectáreas en venta. 800pts. En renta. 40pts. Liquido 54pts.
Clases. Local 3ª. De zona 19.
Valor, Hectáreas en venta. 400pts. En renta. 20pts. Liquido 27pts.
Clases. Local 4ª. De zona 21.
Valor, Hectáreas en venta. 200pts. En renta. 10pts. Liquido 14pts.
Clases. Local 5ª. De zona 22.
Valor, Hectáreas en venta. 100pts. En renta. 5pts. Liquido 7pts.
Cereal con encinas
Clases. Local 1ª. De zona 6ª.
Valor, Hectáreas en venta. 700pts. En renta. 35pts. Liquido 51pts.
Clases. Local 2ª. De zona 7ª.
Valor, Hectáreas en venta. 600pts. En renta. 30pts. Liquido 43pts.
Encinas y Alcornoques
Clases. Local U. De zona 4ª.
Valor, Hectáreas en venta. 600pts. En renta. 30pts. Liquido 39pts.
Superficie imponible. Hectáreas
5.594. Áreas 02. Centiáreas 95.
Superficie improductiva. Hectáreas
5. Áreas 28. Centiáreas 87.
Superficie total del término.
Hectáreas 5.599. Áreas 31. Centiáreas 82.
Lo que se publica en
cumplimiento del artículo 30 del reglamento de 23 de Octubre de 1913 para
conocimiento de los contribuyentes que pueden recurrir ante la Jefatura
provincial, durante un plazo de quince días, a partir de la publicación de este
anuncio.
Cáceres, 16 de Mayo de 1936. —El
Ingeniero Jefe de Valoración Agrícola, Joaquín Zaldivar. —V.° B.°, el Delegado
de Hacienda, Enrique de Muslera.
Renovación del Padrón Municipal de Habitantes
Circular
A los señores Alcaldes de los Ayuntamientos
que se citan.
Habiendo finalizado el día 30
de Abril último el plazo para que los Ayuntamientos remitieran a esta Oficina
el Padrón de habitantes renovado en 31 de Diciembre de 1935, juntamente con el
Resumen numérico, por triplicado, de la población resultante do referida
renovación, se encuentran aún en descubierto, por no haber remitido la citada
documentación, las Alcaldías de los Ayuntamientos que al final se expresan, a
las cuales me dirijo por la presente Circular, haciéndoles saber que necesariamente
han de remitir dichos documentos a esta Sección provincial, dentro del plazo
máximo de ocho días, a partir de la publicación de esta Circular en el Boletín
oficial de la provincia, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo, se
adoptarán medidas respecto de aquellos Municipios que no hubieren cumplido el
servicio, en cumplimiento de las órdenes recibidas de la Superioridad. Cáceres,
8 de Mayo de 1936. El Jefe Provincial de Estadística, Tomás Martín Gil.
Villa del Campo
Edicto
A tenor de lo preceptuado en el artículo 489
del Estatuto municipal vigente, el Ayuntamiento de mi presidencia, en sesión
del día 30 de Abril del año en curso, ha procedido a la designación de los
Vocales natos de las Comisiones de Evaluación del repartimiento general de utilidades
para el año de 1936, resultando corresponder a los señores siguientes:
Parte real Don Mauricio Gil
Fuentes, don Raimundo Prieto Gordo, don Florencio Durán Martín y don Evaristo
Paramio Prieto.
Parte personal Don Anastasio
Nevado Gago, don Ulpiano Alcón Gordo y don Felipe Gordo Rodríguez.
Lo que se hace público para
conocimiento general, advirtiéndose que durante el plazo de siete días hábiles
se admitirán por el Ayuntamiento las reclamaciones que contra dichas
designaciones se presenten por los interesados.
Villa del Campo a 5 de Mayo
de 1936. -El Alcalde, Fernando Sánchez. — Por su mandado, el Secretario,
Alejandro Castro.
22 de Mayo 1936: (1)
Audiencia Territorial
La Sala de Gobierno de esta
Audiencia, en sesión celebrada en el día de hoy, acordó los siguientes nombramientos.
Entre otros. Juez municipal
de Villa del Campo, a don Telesforo Hernández Rodrigo.
15 de Junio 1936: (1) Junta de clasificación y revisión de la Caja de
Recluta Nº. 49
Relación nominal de los mozos
de la provincia del reemplazo actual y anteriores, declarados prófugos, con expresión
de datos sobre su paradero, que se publica en armonía con lo dispuesto en el
artículo 186 del vigente Reglamento de reclutamiento.
Nombres y apellidos. Nombres:
Del padre y de la madre. Datos sobre su paradero.
Reemplazo de 1936
Villa del Campo
Cristino Benjamín Felipe
Lucas, de Raimundo y Jacinta, se ignora su paradero.
Emeterio Valencia Jerez,
desconocido. Idem.
21 de Junio 1936: La Libertad
Izquierda Republicana
La Comisión ejecutiva se reúne
Se ha reunido la Comisión ejecutiva
de Izquierda Republicana, en su domicilio social.
La presidió D. Marcelino Domingo,
y asistieron los Sres. Salvador, Quemades, Viguri, Sevilla y García Becerra,
que actuó de secretario. Después de aprobada el acta de la sesión anterior, se
procedió al examen y aprobación definitiva de los siguientes organismos locales:
Cáceres.—Monroy, Eljas, Villamiel,
Aceituna, Jerte, Cabezabellosa, Peraleda, de San Román, Perales del Puerto,
Oliva de Plasencia, Casas del Monte, Villa del Campo, Salvatierra de Santiago,
Tornavacas y Casas de Miravete.
22 de Junio 1936: (1) Administración de Rentas Públicas
Don Cándido Cantón Morenos Jefe
de Negociado de segunda clase y encargado del despacho de los expedientes de
fallidos.
Certifico: Que según aparece
de los expedientes respectivos de la Tesorería de Hacienda de esta provincia,
declaro fallidos a los industriales que a continuación se expresan, habiendo
acordado la Delegación de Hacienda, privarles del ejercicio de sus industrias
por que procede el débito y publicarse en el Boletín de esta provincia,
conforme determinan los artículos 150 y 180 del vigente Reglamento de la Contribución
industrial y los artículos 201 y siguientes de la Instrucción de Recaudación,
lo que tendrán en cuenta los señores Alcaldes de las respectivas localidades,
dándoles de baja en las Matrículas y a los Agentes de la Hacienda pública, a
los efectos procedentes.
Nombras y apellidos, pueblos,
años y cantidad
Villa del Campo
Francisco Botejara Hernandez,
1934, 19,33
Teodoro Alcón Gil, 1934,
71,57
Cáceres a 17 de junio 1936.
Candido Cantón.
24 de Junio 1936: (1) Sección Provincial de Estadística
Renovación del Padrón municipal de
habitantes
Circular
Han sido aprobados los
Padrones municipales de habitantes (Renovación de 31 de Diciembre de 1935) de
los siguientes Ayuntamientos: Acebo, Ahigal, Alcuéscar, Aliseda…
…Valencia de Alcántara, Villa
del Campo, Villanueva de a Vera y Zorita. Lo que se pone en conocimiento de las
respectivas Alcaldías, a fin de que, a la mayor brevedad, autoricen a persona
competente para que, personándose en esta Oficina, recoja en ella mediante el
oportuno recibo la documentación aprobada.
Cáceres, 19 de Junio da 1936.
Jefe provincia! de Estadística, Tomás Martín Gil.
30 de Junio 1936: (1)
Alcaldías
Casillas de Coria
Edicto
Formado por la Junta general del
repartimiento de utilidades, el correspondiente al año último de 1935, con
arreglo a las normas establecidas por el Estatuto municipal, queda el mismo
expuesto al público en la Casa Consistorial de este Ayuntamiento, por un plazo
de quince días, a fin de que durante éste y tres días más, pueda ser examinado por
los contribuyentes en él incluidos y aducir reclamaciones que se basen en
hechos concretos, precisos y determinados y contener las pruebas para la
justificación de lo reclamado.
Nombre de los contribuyentes
como hacendados forasteros, cuota señalada y vecindad de los mismos
Villa del Campo
Francisca Lorenzo López
106,86Pts.
2 de Julio 1936: (1) Gobierno
Civil
Inspección Provincial Veterinaria
Circular número 6
Aprobada por los ilustrísimos
señores Director General de Agricultura, Montes y Ganadería y Subsecretario do
Agricultura, el Presupuesto de Haberes de los Inspectores Municipales de la
provincia formado con arreglo lo dispuesto en los artículos 31 y 33 del vigente
Reglamento de Inspectores Municipales Veterinarios, fecha 14 de Junio de .1935
(Gaceta del 30) y cuyo Presupuesto debió regir a partir de 1.° de Julio de 1935,
teniendo por tanto derecho los Inspectores Municipales Veterinarios al percibo
de dichos haberes desde la fecha mencionada.
He resuelto, que por los Señores
Alcaldes de todos los pueblos de esta provincia se ordene extender en los
títulos Administrativos o credenciales de los respectivos inspectores
municipales veterinarios, diligencia en que se haga constar que el respectivo
Inspector devenga a partir del 1.° de Julio de 1935, el sueldo que para cada
caso se consigna en la relación qua se publica a continuación, y por el concepto
que en la misma se indica.
Lo que hago público para
exacto cumplimiento por los Señores Alcaldes y conocimiento de los Inspectores
interesados, debiendo advertir que los que hubieren ingresado al servicio del
Ayuntamiento respectivo con posterioridad a 1.° de Julio de 1935, no tendrán
derecho al nuevo sueldo más que a partir de la fecha de su ingreso, cuya fecha
se hará constar en la correspondiente diligencia.
Cáceres, 22 de Junio de 1936.
El Gobernador civil, M. Cantiles.
Relación que se cita Nombre
del pueblo. Número de Inspectores. Sueldo por Clasificación. Cerdos. Mejoras.
Total.
Villa del Campo, 1, 1.263,
600, 1.863.
27 de Agosto 1936: (1) Gobierno
Civil
Secretaria / Negociado 3º
Relación de las licencias de
uso de armas corta, de caza y para cazar, expedidas durante el mes de Octubre
de 1935.
Número de orden 3.703
Día, 3.
Nombres y apellidos, Leoncio
Simón Barros
Vecindad, Villa del Campo
Licencias 1 de Caza.
25 de Septiembre 1936: (1)
Administración de Propiedades y Contribución
Territorial Provincia de Cáceres
Urbana fiscal año de 1937
Registros Fiscales Aprobados y no
Comprobados
Riqueza imponible y cuotas
para dicho año de los pueblos de esta provincia que tributan por dicho
concepto.
Villa del Campo
Nº 150. Riqueza imponible
5.855,63pts.
Total contribución,
Coeficiente 22'23 por 100: 1.301,70pts.
Recargo Transitorio.
Coeficiente 0'45 por 100: 26,36pts.
Suma de las dos casillas
anteriores. 1.328,06pts.
Cáceres a 17 de Septiembre de
1936, El Administración de Propiedades y Contribuciones Territorial. Juan
Rubio. Vº. Bº. El Delegado de Hacienda. Enrique de Muslera.
Octubre 1936, Cáceres
Pecuario, Boletín Oficial de Veterinarios de la Provincia de Cáceres
Gobierno Civil
Numero de cerdos sacrificados
en casas particulares, en los pueblos que se indican a continuación:
Abadia 25, Abertura225, Acebo
300….
…Villa del Campo 300.
Mancomunidad Sanitaria de Municipios
Sobre pagos directos a sanitarios
En los primeros días del
Glorioso Movimiento Nacional y ante las dificultades existentes para trasladarse
a esta capital a fin de hacer los ingresos en esta Mancomunidad Sanitaria, fue
concedida por esta Presidencia a ciertos Ayuntamientos, el pago directo a sus
sanitarios en la propia localidad, pero una vez normalizados todos los
servicios, la Junta Administrativa en sesión celebrada el día 7 del actual,
acordó anular las autorizaciones concedidas así como el negar a los Municipios
el pago directo, viniendo por tanto todos ellos obligados a ingresar
directamente en las oficinas administrativas de la Mancomunidad las consignaciones
correspondientes al pago de su personal sanitario.
Lo que se hace público en
este periódico oficial para cono cimiento de los señores Alcaldes de esta
provincia.
Cáceres a 9 de, Diciembre de
1936. —El Delegado de Hacienda Presidente, A. Matos.
Pago de atrasos / Circular
En 1º de Octubre se requirió
a los Ayuntamientos; que después se citan, para que se pusiesen al corriente en
sus descubiertos con las clases Sanitarias, Instituto de Higiene y Enfermería
Antituberculosa, alegando muchos de ellos, que no poseían numerario para
satisfacerlos de momento pero que en plazo breve los procurarían para abonarlos
en totalidad o en parte….
…Relación que se cita: Entre
ellos El Campo.
13 de Octubre 1936: (1) Clasificación
de partidos a que hace referencia la precedente Circular
Clasificación de Partidos
Veterinarios de la Provincia de Cáceres
Nº 114. Capitalidad del partido, Villa del Campo.
Ayuntamientos del mismo, Villa
del Campo. 1263 Habitantes.
Pozuelo de Zarzón.
1.151habitantes.
Guijo de Coria. 861habitantes.
Total del partido del partido:
3.275 Habitantes.
Veterinarios, 1,
Denominación del partido.
Mancomunado.
21 de Octubre 1936: (1)
Administración de Rentas Públicas
Negociado de Pagos
Habiendo observado esta Administración
que los Ayuntamientos que se relacionan a continuación, así corno la Diputación
Provincial, han dejado de remitir dentro del plazo que determina el art. 17 del
vigente Reglamento sobre pagos, las certificaciones trimestrales de todos los
pagos efectuados durante el trimestre, con expresión de los sujetos al impuesto
del 120 por 100, debidamente sumados y a continuación los exceptuados del
mismo; deberán dentro del plazo máximo de cinco días y de conformidad con lo que
preceptúa el art. 19 del mismo Reglamento, remitirlas a esta oficina, quedando
conminados des de luego con la multa que señala el párrafo 21 del art. 6.° del
Reglamento de 13 de Octubre de 1903, de no cumplimentar en el plazo señalado,
el servicio que se les interesa.
Cáceres, 17 de Octubre de
1936. —El Administrador de Rentas Públicas, Enrique de la Monja.
Relación que se cita Año 1936:
Villa del Campo, 1º. 2º y tercer trimestre.
21 de Octubre 1936: La
Falange, Diario de la Tarde
Gobierno Civil
Relación de las prendas de
abrigo donadas por los Señores que se expresan y con destino al Ejército que
lucha en los frentes…
…Donativo de los vecinos de
Villa del Campo, cincuenta y una camisetas de punto, diez camisetas de felpa,
seis calzoncillos de punto, cuatro calzoncillos de felpa, dos calzoncillos de
lienzo, seis camisas de felpa, una camisa de lienzo, cuarenta almohadones,
treinta y dos sábanas, veintiuna toallas, seis colchas, cuatro chalecos de
paño, tapabocas, diecisiete pañuelos de la mano, ciento dieciséis pares de
calcetines, veintinueve mantas y once jerseys.
24 de octubre 1936: (1)
Recaudación de Contribuciones e Impuestos del Estado
Edicto Don Evaristo Paramio
Prieto, recaudador de Contribuciones e Impuestos del Estado de la 3ª Zona de
Hoyos.
Hago saber: Que en el
expediente de apremio que me hallo instruyendo contra los deudores a la Hacienda
pública doña Manuela Anave Cañada,
Don Justo Corchero Lucas,
Don Juan Corchero Felipe,
Don Juan Corcino Morcillo,
Don Víctor Clemente Mi-guel,
Don Paulino Estévez Gordillo,
Don Vicente Fuentes Miguel,
Don Manuel Felipe Martín,
Don Antonio Gordo Gil,
Don Antonio Gordo Felipe,
Don Antonio Gordo Lucas,
Don Ignacio Gordo Martín,
Doña Gabriela Gago Prieto,
Doña María Gil Gordo,
Don Pedro Gordo Corchero,
Don Mateo Hernández Corchero,
Doña Rufina Morcillo Martín,
Don Manuel Martín Simón,
Don Eusebio Paule Alcón,
Doña Rafaela Rebollo Corchero,
Doña Ciriaca Rodrigo Hernández,
Don Francisco Corchero Martín,
Don Santiago Corchero Simón,
Don Mateo Corchero,
Don Ciriaco Martín,
Don Ricardo Miró Martínez,
Doña Valentina Paule,
Don Francisco Sánchez
Vicioso,
Don José Rubio Gordo,
Don Juan Rubio Gordo,
Don Eugenio Simón Martín.
Por el concepto de
contribución rústica, se ha dictado con fecha de hoy, la siguiente
Providencia
Decretado el único grado de
apremio en este expediente y transcurrido el plazo que señala el artículo 80
del vigente Estatuto de Recaudación, sin que los contribuyentes a que el mismo
se refiere hayan hecho efectivos sus débitos, y desconociéndose el domicilio de
los mismos; requiéransele por medio de Edicto e insertado en el Boletín oficial
de la provincia y fijado un ejemplar en la tablilla de anuncios del
Ayuntamiento de este pueblo, a cuyo término municipal pertenece el descubierto
perseguido, al objeto de que comparezcan en el expediente ejecutivo, señalen
domicilio o representante, advirtiéndoles que transcurridos ocho días desde la
inserción de referido edicto en el Boletín oficial sin haberlo verificado, se
decretará la prosecución en rebeldía y se procederá inmediatamente al embargo
de los inmuebles afectos al débito reclamado, continuándose el procedimiento
ejecutivo hasta su terminación.
Lo que se hace público en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 154 del Estatuto de Recaudación vigente.
En Villa del Campo, a 30 de
Septiembre de 1936. — El Recaudador, Evaristo Paramio.
29 de Octubre 1936: (1)
Junta de Clasificación de la Caja de Recluta
número 49
Circular
Por los señores Jueces
municipales encargados de los registros civiles que se expresan a continuación,
no se ha cumplimentado aún cuanto previene el artículo 90 del vigente
Reglamento de Reclutamiento sobre remisión a esta Oficina de relaciones de los
varones nacidos en el año de 1915, que les corresponde ser alistados en el año
próximo, con expresión de los fallecidos con posterioridad; para cuyo servicio
ha transcurrido con exceso el plazo que determina citado Reglamento.
Lo que se publica por la
presente para urgente cumplimiento.
Cáceres, 26 de Octubre de
1936. — El Teniente Coronel, Federico Acosta. Relación de los pueblos cuyos
Juzgados municipales no han remitido hasta la fecha a la Junta de Clasificación
de la Caja de Recluta de Cáceres, la relación de mozos nacidos en el año de
1916, con expresión de los fallecidos con posterioridad.
Entre los pueblos citados
estaba El Campo.
31 de Octubre 1936: (1) Tesorería
de Hacienda
Itinerario que ha de servir
de base para la recaudación voluntaria del cuarto trimestre de 1936.
3ª Zona de Hoyos: Villa del
Campo días 1 y 2 de Noviembre.
Nota. -Los Contribuyentes que
no hicieren efectivos sus descubiertos los días que el Recaudador se persone en
los respectivos municipios, podrán efectuarlo sin recargo alguno en las
capitales de Zona, si lo hace antes del día 10 de Diciembre próximo,
advirtiéndoles. que después de esa fecha no tendrán derecho a que se les
faciliten los recibos sin apremios, que consistirán en el 10 o el 20 por 100 ,
según los satisfagan antes o después de terminar el precitado mes de Noviembre.
Otra.—Las capitales de Zonas,
son las siguientes: Alcántara, Brozas, Cáceres, Coria, Torrejoncillo, Garrovillas,
Hervás, Casar de Palomero, Hoyos, Hernán Pérez, Villa del Campo, Jarandila,
Logrosán, Cañamero, Montánchez, Navalmoral de la Mata, Plasencia, Trujillo,
Miajadas y Valencia de Alcántara.
10 de Noviembre 1936: (1) Tesorería
de Hacienda
Anuncio
El señor arrendatario de las
contribuciones de esta provincia, me participa haber tenido a bien nombrar
Auxiliar Recaudador de Contribuciones para que preste sus servicios en la
segunda Zona de Hoyos, a don Evaristo Paramio, vecino de Villa del Campo.
Aceptado el expresado nombramiento
se hace público en este periódico oficial, para conocimiento de las Autoridades
y contribuyentes en general, rogándole a la primera preste el auxilio que dicho
funcionario reclame en beneficio de los intereses del Tesoro.
Cáceres a 6 de Noviembre de
1936.-El Tesorero de Hacienda, Paulino de Sande.
12 de Noviembre 1936: (1)
Administración de Propiedades y Contribución
Territorial
Documentos Cobratorios (urbana)
Circular
Siendo varios los
Ayuntamientos que, no obstante lo indicado en la Circular de esta
Administración de fecha 23 del pasado, no han remitido para su aprobación, los
documentos cobratorios de Urbana, y habiendo transcurrido ya con exceso el plazo
en que reglamentariamente debieran estar aprobados dichos documentos, esta
Administración, dispuesta a conseguir que dichos documentos se encuentren
aprobados a la mayor brevedad, advierte, por la presente, a aquellos
Ayuntamientos que aún no los hayan remitido, que de no recibirse en esta
Administración dentro del plazo de cinco días, a partir de la publicación de la
presente en el Boletín oficial, se procederá, sin dilación de ninguna clase, al
nombramiento de un comisionado que acosta del Ayuntamiento proceda a su
inmediata confección.
En contestación a las
numerosas consultas, que por los respectivos Alcaldes se formulan sobre la manera
de confeccionar los documentos cobratorios aquellos municipios que, por las
actuales y extraordinarias circunstancias, se encuentran sin documentación que
les sirva de base, esta Administración advierte que, podrán nombrar a quien
obtenga, en estas Oficinas, los datos que crea necesarios para su formación,
siempre, a costa del Ayuntamiento. Esta Administración, espera de los señores
Alcaldes y Secretarios, el exacto cumplimiento de cuanto en ésta se ordena.
Cáceres a cinco de Noviembre
de mil novecientos treinta y seis. —El Administrador, Arturo Matos.
Ayuntamientos que se
encuentran sin cumplimentar el servicio de referencia. Entre ellos El Campo.
Villa del campo
Anuncio
Padrón de edificios y solares
y matrícula de la contribución industrial y de comercio para el año 1937
Confeccionados los documentos antes expresados, se anuncia la exposición al
público de los mismos en la Secretaría del Ayuntamiento, por el plazo de ocho
días el primero y quince el segundo, durante cuyo plazo pueden ser examinados
por los contribuyentes comprendidos en los mismos y por cuantas personas estén
interesadas en ellos, advirtiendo que durante dicho plazo podrán los interesados
presentar las reclamaciones que crean pertinentes, y pasado el mismo no se
admitirá ninguna.
Villa del Campo a 31 de
Octubre de 1936. — El Alcalde Presidente, Francisco Botejara.
14 de Noviembre 1936: (1)
Diputación Provincial
Intervención
Rendición de cuentas
Circular
Terminado en 15 de Agosto
último, el plazo que para la rendición de cuentas de Cédulas personales correspondientes
al período voluntario del corriente año, tenían los Ayuntamientos, y como a pesar
del tiempo transcurrido no lo han verificado los que al final se expresan, se
publicó una Circular en el Boletín oficial de 19 de Octubre, para que sin
excusa ni pretexto alguno procedieran a su rendición con toda urgencia,
conminándolos en la misma con la imposición de la multa que señala el Estatuto
de Recaudación en su artículo 240, en relación con el 230, y que si no lo
hicieran se enviaría un funcionario que las formalizase, siendo las dietas y
gastos de locomoción de cuenta de los Ayuntamientos, por todo lo cual, la
Comisión Gestora, en sesión celebrada el día 3 del actual, acordó imponer a los
mismos la multa de diez pesetas con que se les conminó, manifestando a las
respectivas Alcaldías que la expresada multa ha de ser satisfecha en papel de
pagos al Estado, el 10 por 100 y el resto lo ingresarán en metálico,
advirtiéndoles igualmente que si a pesar de ello no rindieran las cuentas,
transcurridos ocho días, se enviará un funcionario que por cuenta de los
Ayuntamiento las formalice.
Ayuntamientos que se citan:
Entre ellos El Campo.
Lo que se hace público en
este periódico oficial, para general conocimiento de los Ayuntamientos interesados.
Cáceres, 7 de Noviembre de
1936. El Coronel-Presidente, Carlos Montemayor. —El Secretario accidental, Juan
Antonio Montánchez.
21 de Noviembre 1936: (1)
Delegación de Hacienda
Mancomunidad Sanitaria de Municipios
Pago de atrasos
Circular
En 1º de Octubre se requirió
a los Ayuntamiento; que después se citan, para que se pusiesen al corriente en
sus descubiertos con las clases Sanitarias, Instituto de Higiene y Enfermería
Antituberculosa, alegando muchos de ellos, que no poseían numerario para
satisfacerlos de momento pero que en plazo breve los procurarían para abonarlos
en totalidad o en parte. Transcurrido un lapso prudencial de tiempo para que
cumplieran lo prometido es el caso que continúan adeudándolos, invirtiendo la
recaudación que obtienen en otros pagos, olvidando que las atenciones sanitarias
y los haberes de los funcionarios administrativos municipales, son atenciones
preferentes ante las demás, por ministerio de la Ley y que incurren en
responsabilidad el Alcalde Ordenador de Pagos que deja incumplido dicho
mandato, satisfaciendo en cambio otros descubiertos.
Es obligación del que suscribe
el velar porque la Ley municipal y Sanitaria se cumplan y se apliquen los
medios coercitivos y reglamentarios para ello, por lo que en esta fecha se
requiere directa y nuevamente a cada uno de los aludidos Ayuntamientos deudores
con detalle de sus descubiertos, para que los satisfagan sin demora y por medio
de esta Circular que les sirva de notificación a los efectos consiguientes,
advirtiéndoles que pasado el plazo legal, se aplicará con todo rigor las sanciones
establecidas en el artículo 64 del Reglamento de 14 de Junio de 1935, sin
perjuicio de las demás medidas que correspondan.
Cáceres, 17 de Noviembre de
1936. -El Delegado de Hacienda Presidente, E. de Muslera.
Relación que se cita. Entre
ellos el Campo.
28 de Noviembre 1936: (1) Administración
de Rentas Públicas
Negociado de Patentes de Automóviles
Circular
Se recuerda a todos los
Ayuntamientos el cumplimiento de la circular de esta oficina de 24 de Agosto
último Boletín oficial de la provincia de 28 de igual mes, sobre formación del
Padrón de la Patente Nacional de Circulación de Automóviles, y se ordena que
este servicio esté ultimado por las Corporaciones Municipales que aún no lo han
efectuado dentro del plazo legal en el término de cinco días, a contar desde el
siguiente a la publicación de esta Circular en el Boletín oficial, Si
transcurrido dicho plazo, algún Ayuntamiento no hubiera remitido el Padrón o la
certificación negativa correspondiente, se elevará propuesta al Ilustrísimo
Señor Delegado de Hacienda, sobre imposición de sanciones y nombramiento de
comisionados que cumplimenten dicho servicio.
Lo que se publica en este
periódico oficial para conocimiento de los Municipios a quienes afecta. Cáceres
a 25 de Noviembre de 1936. —El Administrador de Rentas Públicas, Enrique de la
Monja.
Ayuntamientos a los que se
refiere esta Circular Aceituna, Alcollarin…
… Villa del Campo.
1 de Diciembre 1936: (1)
1 Administración de Propiedades y Contribución
Territorial
Documentos Cobratorios de Urbana
Circular
Siendo varios los
Ayuntamientos que, no obstante las reiteradas advertencias hechas por esta
Administración, con fecha 16 de Septiembre, 20 de Octubre y 5 de Noviembre últimos,
Boletines oficiales número 217, 242 y 259 correspondientes a los días 22 de
Septiembre, 23 de Octubre y 12 de Noviembre del año en curso, no han remitido
los documentos cobratorios de urbana, y habiendo ya transcurrido con exceso el
plazo en que reglamentariamente debieran estar aprobados, se advierte a los
mismos que, de no recibirse dichos documentos en el plazo de diez días, se
procederá de conformidad con lo dispuesto en el articulo 27 del Real decreto de
10 de Agosto de 1923, a
la confección de los mismos de oficio y por esta Administración.
Al mismo tiempo se advierte
que, aquellos Ayuntamientos que al terminar este nuevo plazo se encuentren
confeccionando los documentos de referencia, sin tenerlos totalmente terminados
y en poder de esta administración, suspendan los trabajos de referencia, por
comenzar en esta fecha su confección de oficio y en esta Dependencia.
Sirviendo la presente de
notificación a los Ayuntamientos a quienes afecta, que son los que se expresan
seguidamente:
Ayuntamientos
Entre ellos el de El Campo.
1 de Diciembre 1936: Boletín oficial
Eclesiástico del Obispado de Coria
Prensa Católica
(Colecta 1936)
Villa del Campo 8,10 Pts .
16 de Diciembre 1936: (1) Gobierno
Civil
Circular
Faltando los Ayuntamientos
que al final se relacionan de enviar a la Sección Provincial de Administración
Local, los presupuestos municipales, para el próximo año de 1937, según se les
tiene ordenado por este Gobierno y por la oficina correspondiente, se advierte
a los señores Alcaldes y Secretarios que de no enviarlos antes de finalizar el
próximo año, se les impondrá el máximum de multa que me autoriza la Ley
Provincial, y se pasarán comisionados por los pueblos a recogerlos cuyos gastos
y dietas serán de cargo de los señores Alcaldes y Secretarios que no hubieran
cumplido tal servicio.
Lo que se hace público en
este periódico oficial para general conocimiento y efectos.
Cáceres, 14 de Diciembre de
1936. -El Gobernador Civil, F. Vázquez. Relación de los Ayuntamientos que no
han remitido hasta el día de la fecha los presupuestos ordinarios
correspondientes al ejercicio de 1937.
Entre ellos El Campo.
Cáceres 9 de Diciembre 1936.
El jefe de Sección, Diego Naranjo.
18 de Diciembre 1936: (1)
Alcaldías
Villa del Campo
Anuncio de formación de presupuesto
municipal ordinario para 1937
Aprobado por el Ayuntamiento
el correspondiente al ejercicio próximo de 1937, estará expuesto al público
durante el plazo de quince días hábiles, en la Secretaría municipal, en cumplimiento
a los efectos del artículo 300 del Estatuto y párrafo último del artículo 5.°
del Vigente Reglamento de Hacienda municipal.
Villa del Campo, 12 de
Diciembre de 1936.—E1 Alcalde, Manuel Pariente Gil.
29 de Diciembre 1936: (1)
Delegación de Hacienda
Edicto
Don Anastasio Moreno Maestre
y Don Emilio Bernáldez Suárez, Auxiliares pertenecientes al Cuerpo General de Administración
de la Hacienda pública, nombrado por el Iltmo. Sr. Delegado de Hacienda para la
confección del Repartimiento de Utilidades del pueblo de Perales del Puerto y
año de 1936.
Hacemos saber: Que terminada
la confección de dicho documento formado con arreglo a los preceptos del Estatuto
Municipal vigente, queda el mismo expuesto de manifiesto en las Casas Consistoriales
de dicho Ayuntamiento por término de
quince días hábiles, a los efectos que determina el artículo 510 del indicado
Estatuto.
Durante el plazo de
exposición y los tres días siguientes, se admitirán las reclamaciones que se
presenten por las personas o entidades comprendidas en el Reparto que sean de
aquella vecindad o hacendado forasteros a los que se hace saber que las cuotas
que les corresponde satisfacer son las siguientes, sirviéndoles el presente
edicto de notificación.
Entre otros Antonio Ramos
Rivas 0,21pts. Villa del Campo.